Comisión de Acusación abrió un nuevo proceso contra Gustavo Petro por participación indebida en política: de qué se trata esta vez

El primer mandatario publicó recientemente algunos trinos en los que hace referencia a la campaña electoral. La entidad también tendrá en cuenta publicaciones que ha realizado desde 2023

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Comisión de Investigación y Acusación abrió un nuevo proceso contra Gustavo Petro por presunta participación indebida en política - crédito Colprensa/Presidencia de Colombia
Comisión de Investigación y Acusación abrió un nuevo proceso contra Gustavo Petro por presunta participación indebida en política - crédito Colprensa/Presidencia de Colombia

El 9 de junio de 2026 fue revelado un documento en el que la Comisión de Acusación de la Cámara de Representantes ordenó la apertura de una investigación disciplinaria contra el presidente de la República, Gustavo Petro, por una presunta “falta gravísima” relacionada con “intervención indebida en política”, a partir de publicaciones en la red social X que serán sometidas a verificación técnica.

En la decisión, el despacho dispuso: “ORDENAR LA APERTURA DE INVESTIGACIÓN DISCIPLINARIA en contra del señor GUSTAVO FRANCISCO PETRO URREGO, identificado con cédula de ciudadanía No. 208.079 de Cogua - Cundinamarca, en su calidad de Presidente de la República de Colombia (período constitucional 2022-2026)”.

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El primer mandatario publicó recientemente algunos trinos en los que hace referencia a la campaña electoral. La entidad también tendrá en cuenta publicaciones que ha realizado desde 2023 - crédito  Comisión de Acusaciones
El primer mandatario publicó recientemente algunos trinos en los que hace referencia a la campaña electoral. La entidad también tendrá en cuenta publicaciones que ha realizado desde 2023 - crédito Comisión de Acusaciones

El acto administrativo precisó el alcance preliminar de la conducta investigada “por la presunta comisión de la falta gravísima calificada provisionalmente como intervención indebida en política, según el artículo 60 (numeral 1) de la Ley 1952 de 2019”.

Como parte de las pruebas decretadas, la Comisión ordenó incorporar documentos sobre su investidura y ejercicio del cargo: “INCORPORAR copia certificada de la Resolución 3235 de 2022 del Consejo Nacional Electoral, del acta de posesión del señor GUSTAVO FRANCISCO PETRO URREGO y certificación sobre el ejercicio del cargo de Presidente de la República durante las fechas correspondientes a las publicaciones investigadas”.

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El expediente también incluye un componente de evidencia digital. La resolución ordenó: “OFICIAR, a la Policía Judicial del Cuerpo Técnico de Investigación - CTI adscrita a la Comisión de Investigación y Acusación de la Cámara de Representantes, para que reciba el material digital recaudado por este Despacho, consistente en las publicaciones identificadas en la red social X, junto con las capturas de pantalla, enlaces electrónicos (URL) y demás soportes documentales obtenidos dentro de la presente actuación”.

Sobre el trabajo pericial, el documento detalló que la Policía Judicial deberá “verificar la existencia y disponibilidad de las publicaciones objeto de recaudo” y “validar técnicamente la correspondencia entre las capturas de pantalla incorporadas al expediente y el contenido efectivamente publicado en la plataforma digital”.

Comisión de Investigación y Acusación pidió a las autoridades incluir toda la información pertinente en el informe - crédito Comisión de Investigación y Acusación
Comisión de Investigación y Acusación pidió a las autoridades incluir toda la información pertinente en el informe - crédito Comisión de Investigación y Acusación

Además, la orden incluye la identificación de metadatos: “identificar y documentar los datos técnicos visibles asociados a las publicaciones, tales como fecha, hora, cuenta de origen, enlace electrónico y demás elementos relevantes para su individualización”.

La resolución instruyó asegurar la cadena de custodia de esa evidencia: “adoptar las medidas necesarias para garantizar la preservación, integridad, autenticidad y trazabilidad de la información digital recibida” y realizar el “registro de una función resumen o valor hash de los archivos obtenidos”.

La denuncia de Wilson Ruiz a Petro por participar en política

Wilson Ruiz Orejuela afirmó que Gustavo Petro no cumplió con lo establecido en la Ley de Garantias - crédito Colprensa
Wilson Ruiz Orejuela afirmó que Gustavo Petro no cumplió con lo establecido en la Ley de Garantias - crédito Colprensa

El exministro de Justicia Wilson Ruiz Orejuela denunció al presidente Gustavo Petro ante la Comisión Legal de Investigación y Acusación de la Cámara de Representantes por una presunta intervención en política durante la campaña para la segunda vuelta presidencial, una actuación que, según el escrito, habría ocurrido después de que el Consejo de Estado le ordenó abstenerse de difundir propaganda electoral.

La denuncia, presentada por Ruiz Orejuela, sostiene que la Sección Quinta del Consejo de Estado profirió esa decisión el 28 de mayo de 2026, al considerar que el mandatario incumplió disposiciones de la Ley de Garantías. El documento agrega que el mensaje cuestionado fue publicado el 1 de junio en la cuenta de X del jefe de Estado colombiano.

Según el escrito radicado ante la Comisión de Acusaciones, la acción penal se basa en una publicación en la que Petro expresó que asumiría personalmente la campaña del candidato presidencial Iván Cepeda. De acuerdo con la denuncia, el mandatario escribió: “Aquí vamos a ganar y yo mismo me pondré al frente”.

Para Ruiz Orejuela, exministro de Justicia, esa declaración podría encuadrarse en la conducta prevista en el artículo 422 del Código Penal, que se refiere a la participación indebida en actividades políticas por parte de servidores públicos. La denuncia afirma que el presidente Petro habría usado su investidura para favorecer electoralmente a una candidatura.

El escrito aclara que no pide apartar al presidente Petro del cargo

La denuncia precisa que la acción presentada no busca la suspensión del presidente Gustavo Petro ni la limitación de sus derechos políticos. El documento señala que una decisión de esa naturaleza solo podría adoptarse mediante el procedimiento constitucional correspondiente ante el Senado de la República, en caso de que las investigaciones llegaran a establecer responsabilidades.

Ese punto fija el alcance inmediato de la solicitud elevada por Ruiz Orejuela ante la Comisión de Acusaciones: la apertura de una investigación penal y la recolección de pruebas sobre la publicación del 1 de junio de 2026. Conforme a lo que puntualiza el escrito, cualquier eventual consecuencia distinta dependería de etapas posteriores y del trámite constitucional aplicable.

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