
Estos son los automóviles que no podrán transitar en Cartagena este 8 de junio, según el programa de restricción vehicular conocido como Pico y Placa.
El día de la semana, la hora, el tipo de automóvil y la terminación de la placa son los factores que determinan qué autos no pueden circular este lunes.
Recuerda que esta prohibición vehicular cambia diariamente por lo que es de suma importancia mantenerse informado según su actualización y así evitar desagradables sorpresas al manejar a lo largo de las calles de la ciudad colombiana.
Las autoridades definen el Pico y Placa de acuerdo al día de la semana, el tipo de automóvil y el último dígito de la placa. También cabe recalcar que este programa aplica diferente por ciudad.
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El fin de limitar el tránsito de vehículos por la ciudad es para disminuir el parque vehicular y con ello el tránsito, los siniestros automovilísticos y los niveles de contaminación.
Aquí está el calendario de restricciones del Pico y Placa para mañana.
Pico y placa hoy
Motos: No aplica,, .
Particulares: No aplica,, .
Taxis: No aplica,, .
No solo la restricción vehícular, sino también el horario del Pico y Placa en Cartagena cambia por tipo de vehículo y aplica de la siguiente manera:
Motos: de 5:00 horas a 23:00 horas.
Particulares: de 7:00 a 9:00 y de 18:00 a 20:00 horas.
Taxis: de 6:00 a 6:00 horas del día siguiente, es decir por 24 horas.

Pico y Placa en Cartagena para 2026
La alcaldía de Cartagena informó cómo será la rotación del Pico y Placa durante el primer semestre de este 2026.
La restricción vehicular se determinará de acuerdo al último dígito del engomado del vehículo, así como el día de la semana.
El Pico y Placa para vehículos particulares regirá desde el 16 de enero y hasta el 27 de marzo del 2026 de la siguiente manera:
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Lunes: 5 y 6.
Martes: 7 y 8.
Miércoles: 9 y 0.
Jueves: 1 y 2.
Viernes: 3 y 4
Para el 30 de marzo del 2026 y hasta 27 de junio del 2026 rotará de la siguiente manera:
Lunes: 7 y 8.
Martes: 9 y 0.
Miércoles: 1 y 2.
Jueves: 3 y 4.
Viernes: 5 y 6
Para la tercera rotación del 30 de junio del 2026 y hasta 2 de octubre del 2026 rotará de la siguiente manera:
Lunes: 9 y 0.
Martes: 1 y 2.
Miércoles: 3 y 4.
Jueves: 5 y 6.
Viernes: 7 y 8
Finalmente, la cuarta rotación del 5 de octubre del 2026 y hasta 22 de enero del 2027 rotará así:
Lunes: 1 y 2.
Martes: 3 y 4.
Miércoles: 5 y 6.
Jueves: 7 y 8.
Viernes: 9 y 0
El Pico y Placa para vehículos particulares operará de lunes a viernes, con excepción de los días festivos, en los siguientes horarios: de 7:00 a 9:00 horas y de 18:00 a 20:00 horas.
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En el caso de los taxis, la rotación durante la primera mitad del año serán las siguientes.
Rotación del 1 de junio de 2026 al 26 de junio de 2026:
Lunes: 5 y 6.
Martes: 7 y 8
Miércoles: 9 y 0.
Jueves: 1 y 2.
Viernes: 3 y 4.
Para los taxis, el horario del Pico y Placa regirá de lunes a viernes, con excepción de los días festivos, en el horario comprendido entre las 6:00 horas y las 6:00 horas del día siguiente.
¿Qué autos no aplican al Pico y Placa?
No todos los vehículos son obligados a seguiresta restricción vehicular, algunos tienen el beneficio de estar exentos de este programa. Son los siguientes:
Con el Permiso Especial de Acceso a Zona de Restricción Vehicular.
Eléctricos o cero emisiones.
Oficiales de todos los niveles.
Fúnebres.
De emergencia.
De atención médica.
De distribución de medicamentos.
De rescate o traslado de órganos y tejidos.
De control de tráfico y grúas.
De residuos hospitalarios.
De medios de comunicación.
Que ofrecen servicios turísticos.
Escolares.
De valores
Destinados a la enseñanza automovilística.
Para que el auto con dichas características pueda exentar el Pico y Placa debe de presentar la solicitud correspondiente con copia de la documentación en regla del vehículo y del conductor, así como el paz y salvo por todo concepto.
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¿Qué sanciones hay por violar el Pico y Placa?
De acuerdo con el gobierno de Cartagena, la sanción por violar la aplicación del Pico y Placa es la siguiente:
Una multa equivalente a los 15 días de salario mínimo vigente. Actualmente el salario mínimo diario se paga en 47 mil 450 pesos, por lo que asciende a 711 mil 750 pesos.
Además de la multa, el automóvil del infractor será inmovilizado.
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