
La Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia confirmó la sentencia que anuló la salida de Diego Fernando Murillo Bejarano, conocido como alias Don Berna, cobijado bajo Justicia y Paz (Ley 975 de 2005), la jurisdicción creada para la desmovilización de grupos armados como las Autodefensas Unidas de Colombia (AUC).
Según el fallo de segunda instancia, el alto tribunal puso fin a la petición de la Fiscalía General de la Nación, que alegó que el exjefe paramilitar incumplió sus obligaciones al no asistir a versiones libres y a audiencias programadas entre octubre y noviembre de 2021, y en 2022.
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Incluso, el ente acusatorio pidió que se reactivaran imputaciones y procesos suspendidos, así como órdenes de captura o medidas de aseguramiento. También solicitó comunicar la decisión al Departamento de Justicia de Estados Unidos para que, una vez cumpliera condena en ese país, fuera deportado a Colombia.

Sin embargo, la Corte concluyó que sus ausencias a las diligencias judiciales no probaron una voluntad de abandonar el proceso, sino que respondieron a obstáculos de reclusión y comunicación en Estados Unidos, una decisión que preserva su comparecencia dentro del sistema transicional y evita afectar procesos con más de 2.000 víctimas del extinto grupo paramilitar.
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“De ninguna manera se puede predicar como conducta renuente, sino que se siguió sustentando en las diversas dificultades originadas por el cambio de penitenciaría, no cuestionadas ni refutadas (...) no se configuró la renuencia injustificada porque todas las inasistencias estuvieron acompañadas de ‘causas objetivas, verificables y razonables’ ajenas al postulado”, se lee en el documento.
De igual manera, la Sala Penal consideró desproporcionado retirarlo del sistema transicional por el efecto que tendría sobre los derechos de las víctimas y por los aportes ya realizados dentro del proceso, entre ellos la aceptación de más de mil hechos criminales y sus declaraciones en procesos de parapolítica.
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Así mismo, los magistrados analizaron el traslado de Murillo Bejarano a la prisión USP Terre Haute, en Indiana (Estados Unidos), y concluyeron que esas condiciones le generaron incomunicación, afectación física y emocional, riesgo para la vida e imposibilidad de preparar las diligencias judiciales.

La decisión añade que estuvo cerca del llamado ‘Pabellón de la muerte’ y que situaciones como gritos de reclusos o intentos de suicidio afectaron su salud física y emocional.
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Igualmente, el tribunal agregó que Murillo Bejarano “nunca expresó intención de abandonar el trámite” y, por el contrario, reiteró su voluntad de continuar, lo que para la Sala da cuenta de su buena fe.
“En esa línea, toda contribución a establecer las reales condiciones de reclusión del postulado Murillo Bejarano y, por qué no, a mejorarlas en cuanto sea posible, sin duda alguna habrá de redundar en su efectiva comparecencia a las actuaciones judiciales en que es requerido; y, por esa vía, con su participación, realizar las garantías de verdad, justicia y reparación debidas a las víctimas conforme al diseño del proceso penal especial de la Ley 975 de 2005”, manifestó la Corte Suprema.
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Postura de las víctimas
Dentro del proceso hubo posiciones opuestas entre las víctimas. Un grupo representado por el defensor público Carlos Eduardo Angulo se opuso a la exclusión al sostener que durante más de diez años Murillo Bejarano ha rendido versión, asistido a audiencias y hecho aportes a la verdad.
Mientras otro grupo, entre ellas familias de Eduardo Umaña Mendoza, Jaime Garzón y Hernán Henao Tamayo, apoyó la expulsión porque consideró insuficiente o dosificada su contribución sobre estructuras, financiadores y nexos con la fuerza pública, según declaraciones a El Espectador.
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Entre tanto, la directora de la Comisión Colombiana de Juristas Ana María Rodríguez, en representación de los investigadores del Cinep Elsa Alvarado y Mario Calderón, respaldó la permanencia del exjefe paramilitar al advertir, en diálogo al diario citado, que si hubiera sido expulsado la investigación habría tenido que empezar casi desde cero en la justicia ordinaria.
“Se le debe aclarar a don Berna que tiene la obligación de hacer aportes a la verdad. La idea es que podamos oír de su boca lo que ocurrió antes, durante y después del asesinato”, indicó.
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La Corte también decidió no pronunciarse sobre el recurso de apelación presentado por el apoderado de víctimas indirectas de Eduardo Umaña Mendoza, al considerar que no tenía legitimación en la causa para promover la petición de excluir a Murillo Bejarano por un motivo adicional y diferente al expuesto por la Fiscalía
Para ese momento, alias Don Berna era señalado como máximo responsable de los bloques Héroes de Tolová, Héroes de Granada y Cacique Nutibara de las AUC, tenía más de 100 anotaciones por distintos delitos y procesos activos en Justicia y Paz por más de 1.400 hechos que estaban en etapa de sentencia.
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Actualmente, Diego Fernando Murillo Bejarano permanece recluido en una prisión de máxima seguridad en Estados Unidos, donde cumple una condena de 31 años por narcotráfico tras su extradición en mayo de 2008.
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