
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca dispuso que Migración Colombia facilite, en un plazo de diez días, los detalles de los ingresos y salidas del país de Jeffrey Epstein y Ghislaine Maxwell.
La decisión responde a una solicitud elevada por el periodista Juan Pablo Barrientos Hoyos, que busca acceso a los datos migratorios de ambos personajes, conocidos internacionalmente por estar vinculados a una red de tráfico y abuso sexual de menores.
La orden judicial incluye la entrega de registros sobre puestos de control migratorio, tipo de visa o permisos, alertas migratorias, registros de cédula de extranjería y cualquier constancia de entrevistas secundarias.
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Según el fallo, la negativa inicial de la autoridad migratoria, que argumentó motivos de seguridad nacional y protección de datos personales, no cumplió con los requisitos legales para restringir el acceso a información pública.
El tribunal, con ponencia de la magistrada Ana Margoth Chamorro Benavides, recalcó que el acceso a la información es la regla general y sus excepciones deben ser justificadas de manera concreta, restrictiva y proporcional. En este caso, la reserva fue considerada insuficiente, ya que no se demostró de qué manera la divulgación afectaría intereses de seguridad nacional o el orden público.
Importancia de la decisión y contexto internacional
La decisión judicial se produce en un momento de renovado interés sobre el caso Epstein. El fallecido magnate estadounidense es señalado como líder de una red de explotación sexual que involucró a figuras influyentes de varios países. Su expareja, Ghislaine Maxwell, fue condenada en 2022 a 20 años de prisión en Estados Unidos por cargos de tráfico sexual de menores.
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La corporación judicial colombiana enfatizó que el caso reviste un “alto interés público”, por tratarse de fenómenos de criminalidad internacional que requieren mayor transparencia y control ciudadano.
“La simple invocación de la seguridad nacional no es suficiente para negar información de interés público”, puntualizó el tribunal, el lunes 11 de mayo de 2026.
Datos solicitados y antecedentes del fallo
El tribunal ordenó que Migración Colombia entregue información como fechas de ingreso y salida, aeropuertos utilizados, calidad migratoria, permisos, prórrogas de permanencia, alertas migratorias, registros de cédula de extranjería y constancias de entrevistas secundarias correspondientes a Jeffrey Epstein y Ghislaine Maxwell. Estos datos deben ser suministrados directamente al periodista solicitante.
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La negativa inicial de la entidad migratoria se sustentó en la Ley 1712 de 2014 y la Ley 2136 de 2021, que prevén la reserva de ciertos datos por seguridad nacional y protección de la intimidad.
No obstante, los magistrados determinaron que las razones expuestas no fueron suficientes ni específicas. “En contextos de graves violaciones a los derechos humanos, específicamente en casos de violencia de género, la Corte Constitucional ha precisado que la respuesta institucional y el escrutinio ciudadano gozan de una protección reforzada”, señala el fallo.
El tribunal recalcó que la gravedad de los hechos atribuidos a Epstein y Maxwell, así como la posible utilización de rutas internacionales para la comisión de delitos de trata, imponen un estándar de transparencia superior para el Estado colombiano.
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Implicaciones políticas

Es preciso mencionar que, en medio de la mayor divulgación de archivos judiciales en Estados Unidos, el nombre del expresidente colombiano Andrés Pastrana apareció mencionado en correos electrónicos y entrevistas que forman parte del expediente Epstein.
Según se desprende de transcripciones publicadas por el Departamento de Justicia estadounidense, Ghislaine Maxwell relató haber viajado a Colombia y pilotado un helicóptero junto al exmandatario, con el que compartía afinidad por la aviación. La mujer también indicó que Jeffrey Epstein estuvo presente en esos viajes.
La publicación de estos archivos reavivó el interés sobre las posibles conexiones de figuras políticas y empresariales con la red de Epstein.
El fallo colombiano, adoptado por los magistrados Fabián Iván Afanador García, Luis Norberto Cermeño y Ana Margoth Chamorro Benavides, subraya que el Estado tiene el deber imperativo de prevenir, investigar y erradicar toda forma de violencia contra la mujer.
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Hasta el momento, Migración Colombia no se ha pronunciado sobre los detalles de la sentencia, que ya fue comunicada a las partes involucradas.
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