Luis Alberto Albán, representante a la Cámara por el partido Comunes, colectividad que se originó tras la firma del Acuerdo de Paz entre el Estado colombiano y la extinta guerrilla de las Farc, denunció que estuvo retenido por más de 24 horas en Brasil.
En su intervención durante la sesión de la Comisión Primera de la Cámara de Representantes, el parlamentario señaló que su detención obedeció a que su nombre fue incluido en una lista internacional, debido a su pasado en el antiguo grupo armado.
El actual legislador también explicó que su estadía en el país sudamericano fue por su participación en el Congreso Nacional del Partido de los Trabajadores (PT) de Brasil. Incluso, mencionó que, en el momento de su retención, estuvo aportas de que fuera deportado a Colombia, pero tras explicar su situación jurídica, pudo ingresar al país vecino.
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“Estuve la semana pasada en el congreso del PT de Brasil y me detuvieron más de un día porque estaba en una lista y nadie sabe explicar por qué. Afortunadamente, no me devolvieron, que era el objetivo (de ellos), sino que logré gestionar y logré estar en el evento”, expresó el representante.
Ante esta situación, Albán exigió al Ministerio de Defensa y a los organismos de seguridad de Colombia que soliciten su exclusión de listas internacionales, al considerar que la presencia en esas listas limita la movilidad internacional de los signatarios del acuerdo de paz, quienes cuentan con amnistía tras la firma.
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“Que se oficie a los organismos de seguridad del Estado, al Ministerio de la Defensa para que agilicen la entrega de las copias que permita que los firmantes de paz salgamos de las tenebrosas listas donde nos tienen incluidos y que nos impiden la movilidad y nos arriesgan cada que viajamos a cumplir alguna tarea”, indicó.
Por último, el congresista del Partido Comunes agradeció a los integrantes del partido político brasileño por gestionar su situación. “Ante esto, quiero agradecer a compañeros y compañeras de Brasil y de Colombia que estuvieron atentos/as y colaboraron con la solución a la situación presentada. De corazón, gracias”, concluyó.
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Riesgos en protección a excombatientes
En enero de 2026, el partido Comunes había alertado a la Organización de las Naciones Unidas (ONU), a países garantes y a la comunidad internacional sobre el “grave retroceso” que representarían los Decretos 019 y 020 de 2026, expedidos por el Gobierno colombiano.
En su momento, la agrupación sostuvo que estas medidas alteran sin consulta el esquema de protección a excombatientes, con riesgo directo para la integridad y la vida de los firmantes del proceso de paz.
La denuncia pública de Comunes pone el foco en la eliminación del carácter especializado de la Subdirección Especializada de Seguridad y Protección, instancia creada tras los Decretos 30 y 301 de 2017, que quedaría absorbida por la estructura general de la Unidad Nacional de Protección (UNP).
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Según la organización política, esta decisión implica que personas desmovilizadas queden “sin garantías fundamentales”. El partido señala que la situación se agrava por la persistencia de amenazas, persecución y asesinatos de excombatientes en distintas regiones de Colombia.
“Estos decretos alteran de manera directa el esquema de seguridad y protección de los y las firmantes del Acuerdo Final, sin consulta, sin verificación y en abierto desconocimiento de los compromisos adquiridos por el Estado”, mencionó esa colectividad en un comunicado.
La formación política sostuvo que los decretos 019 y 020 se expidieron sin verificación ante la Comisión de Seguimiento, Impulso y Verificación de la Implementación del Acuerdo Final, instancia creada para supervisar el cumplimiento de los compromisos asumidos por el Estado desde 2016, por lo que aseguraron que este vacío procedimental representa además una violación a la normatividad que obligan a todas las autoridades estatales a cumplir con la “coherencia, integridad y fidelidad” en la garantía de protección al colectivo.
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“Advertimos a la comunidad internacional que la derogatoria y sustitución de los instrumentos de protección del Acuerdo Final, aun cuando reproduzcan formalmente contenidos anteriores, constituye un acto de implementación que no puede ejecutarse al margen de los procedimientos, verificaciones y concertaciones establecidas”, puntualizaron en su denuncia ante el organismo internacional.
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