Abogado penalista analizó el ataque en el set de grabación de ‘Sin senos no hay paraíso’ y explicó en qué consiste la legitima defensa

Santiago Trespalacios detalló las “circunstancias específicas y excepcionales” en las que podría aplicar el uso de la legítima defensa, luego del ataque que se presentó la tarde del sábado 18 de abril de 2026 en el centro de Bogotá

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Las exequias de los integrantes del equipo de producción se llevó a cabo el martes 21 de abril de 2026 - créditos @soydefensor_/IG | @cvillaloboss/IG | @lamuelagonzalez/IG

Luego de que el martes 21 de enero se llevaron a cabo las honras fúnebres de los dos integrantes del equipo de producción de la serie Sin senos no hay paraíso 4, en redes sigue la polémica sobre el proceso judicial que dejó por el momento en libertad a otros dos miembros del staff.

Por esta razón, el reconocido abogado penalista colombiano Santiago Trespalacios, se refirió al motivo principal que, de acuerdo con los testimonios recolectados y lo que se evidenció en los videos de cámaras de seguridad que hacen parte del acervo probatorio por parte del CTI (Cuerpo Técnico de Investigación) de la Fiscalía, tuvo incidencia en la decisión del togado que favoreció a los dos capturados que dejó el hecho: la legítima defensa.

Nicolás Francisco Perdomo, de 24 años, y Henry Alberto Benavides, de 45 años, fueron las víctimas del ataque perpetrado con arma blanca por Josué Cubillos García durante la tarde del sábado 18 de abril en el barrio Los Laches (localidad de Santa Fe, centro de Bogotá).

“Un sujeto habría realizado múltiples agresiones, le habría causado la muerte a dos personas, lesiones a un tercero y se le habría causado a él mismo la muerte, sobre todo respecto a la respuesta que una parte de la población presentó al causarle la muerte, se ha desatado un debate sobre si existe o no legítima defensa”, inicia Trespalacios la grabación, que compartió en su cuenta de Instagram (@soydefensor_) la tarde del mismo martes.

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Para Trespalacios sí hubo uso de legítima defensa, pero aclaró que puede haber un detalle que agrava la situación - crédito @soydefensor_/IG

Seguido a esto, el jurista aclaró que “la legítima defensa no es óptima, recomendable, ni estamos diciendo que los ciudadanos que la ejercen estén realizando comportamientos adecuados o moralmente correctos”.

Trespalacios señaló que esta acción “es una autorización excepcional que en ciertos casos tenemos las personas para defendernos o defender a otros cuando se cumplen unas circunstancias bastante específicas y excepcionales”.

Para seguir con la “pedagogía”, como él mismo declaró, el abogado penalista expresó que dichas circunstancias específicas y excepcionales son:

  • “La existencia de una injusta agresión, que esa agresión sea actual o inminente,
  • Que la respuesta sea proporcional a dicha agresión".

Sobre los videos que se filtraron a través de redes sociales y la prensa, “cuando uno ve la grabación, se pueden diferenciar tres momentos, por lo menos en la grabación”, detalló el jurista.

“Un primer momento en el que el sujeto de negro se acerca y le corta el cuello al sujeto de amarillo causándole la muerte, un segundo momento en el cual salen unos sujetos a perseguirlo y un tercer momento en el que un sujeto con un cuchillo, otro con un palo y posteriormente otro con patadas, le causan la muerte al sujeto que había iniciado la agresión”, detalló en su análisis el abogado penalista.

Para Trespalacios, “a primera vista pareciera que no hay legítima defensa porque la respuesta parecería más vindicativa o de venganza”.

Declaraciones del abogado penalista Santiago Trespalacios - crédito @soydefefensor_/IG

El jurista hizo alusión a “un cuarto momento que se ubicaría más o menos entre el segundo y el cuarto (la cantidad de grabaciones de los diversos planos que se conocieron hasta el momento), y es el momento en el que este sujeto le habría causado la muerte a otra persona y lesiones a otras más”.

Por lo anterior, Trespalacios dijo que “no se trata de, como aparece en los videos, que este sujeto le hubiera causado la muerte a uno y posteriormente le hubiera causado la muerte a otro, sino que la persona le habría causado la muerte a dos sujetos e intentado causársela a un tercero, por lo cual se puede observar una continuidad en la conducta que hace que la intervención de este grupo de personas al lesionarlo y causarle la muerte sí se encuentre en medio de la agresión”.

En consecuencia, y de acuerdo con la visión del abogado penalista, “en mi opinión, sí hay legítima defensa”.

“La actualidad de la agresión no se puede medir en que sea un acto confrontativo directo, sino en analizar si de las circunstancias se desprende que la respuesta defensiva era necesaria para hacer cesar la agresión”, argumentó Trespalacios para sostener su afirmación.

La riña durante el rodaje en el barrio Los Laches dejó tres muertos, incluido el agresor, y conmocionó a la industria audiovisual colombiana - crédito Lagaita/Instagram
La riña durante el rodaje en el barrio Los Laches dejó tres muertos, incluido el agresor, y conmocionó a la industria audiovisual colombiana - crédito Lagaita/Instagram

En esa misma línea, el jurista detalló que “hay una persona que acaba de matar a dos sujetos, herido a un tercero, pues es previsible que va a continuar realizando la conducta y la intervención que realizan las personas se encontraría amparada en la legítima defensa”.

Pero al final, Trespalacios hizo una aclaración: “Ahora, una vez estaba desarmado y se le siguen causando algunas lesiones, ello podría encajar en lo que conocemos como un exceso de la legítima defensa, que haría que no desaparezca el delito, sino que se atenúe, pero es una atenuación bastante fuerte que reduce el mínimo de la pena a la sexta parte y el máximo a la mitad”.

Los dos integrantes del equipo de producción de ‘Sin Senos No Hay Paraíso 4’

Nelson Sanabria y Jorge Correa, trabajadores del equipo de producción de la serie Sin senos no hay paraíso 4, enfrentan la posibilidad de pasar más de 37 años en prisión luego de verse involucrados en un violento incidente durante el rodaje de la nueva entrega de la saga.

Esta decisión, que se conoce en plena etapa de investigación, y ha provocado consternación en el ámbito televisivo, además del apoyo del gremio hacia ambos, pero también ocasionó un intenso debate jurídico y social sobre los alcances de la legítima defensa.

El juez 72 de garantías reveló que uno de los elementos más comprometedores del caso radica en la presunción de un ataque por la espalda al agresor Josué Cubillos, en un momento en que la situación ya habría sido controlada por el resto del equipo.

Josué Cubillos García fue el joven que atacó con un arma blanca al equipo de rodaje de 'Sin senos sí hay paraíso' - crédito @Colombiaoscura/X
Josué Cubillos García fue el joven que atacó con un arma blanca al equipo de rodaje de 'Sin senos sí hay paraíso' - crédito @Colombiaoscura/X

Este dato, según el magistrado citado en la cobertura, modificó el curso de la investigación y debilitó la principal línea defensiva de los acusados, basada en la protección propia y de terceros.

Además, la decisión de Diego Ortiz, fiscal del caso, fue tratar los hechos no como legítima defensa sino como una acción que podría constituir tomar la justicia por mano propia, una conducta que la legislación penal colombiana sanciona de manera severa.

Una acusación que cambiaría el destino de los implicados

El proceso judicial contra Sanabria y Correa no se interrumpió a pesar de que ambos carecen de antecedentes penales y quedaron en libertad provisional tras el incidente.

La Fiscalía está elaborando el escrito de acusación, y la posible condena anunciada por las autoridades supera los 37 años de reclusión, un monto equiparable a los máximos previstos para delitos graves en el país.

El video muestra el momento en el que Josué Cubillos García fue trasladado de urgencia a un centro hospitalario - crédito captura de pantalla/X
El video muestra el momento en el que Josué Cubillos García fue trasladado de urgencia a un centro hospitalario - crédito captura de pantalla/X

La cadena de hechos reconstruida por la investigación indica que Cubillos fue el origen del caos en el set de Sin senos no hay paraíso, lo que motivó la intervención de los dos trabajadores.

La acción que pretendía frenar la agresión terminó convertida en una decisión que compromete gravemente su futuro jurídico, al sumarse la versión de un acto consumado cuando el peligro habría disminuido.

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