La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia cuestionó la actuación de la Fiscalía General de la Nación en el proceso judicial por la muerte de Luis Andrés Colmenares, al evidenciar fallas en la construcción de la hipótesis investigativa y en la estructuración de los cargos contra Laura Milena Moreno Ramírez.
En la lectura del fallo, el magistrado Carlos Solórzano expuso los principales errores que, según el alto tribunal, marcaron el desarrollo del caso desde sus etapas iniciales. La decisión se produjo en medio del estudio de una demanda de casación, en la que finalmente se resolvió no casar el proceso, lo que deja en firme la absolución de Moreno Ramírez.
El caso se remonta a los hechos ocurridos el 31 de octubre de 2010 en el norte de Bogotá, cuando se produjo la muerte del joven Luis Andrés Colmenares. A partir de ese momento, se desarrolló un proceso judicial en el que Laura Moreno fue investigada por homicidio agravado, mientras que Jessy Mercedes Quintero Moreno enfrentó cargos por falso testimonio y encubrimiento.
Cuestionamientos a la estructuración del caso

Durante la lectura de la decisión, el magistrado Solórzano señaló que la Fiscalía incurrió en inconsistencias desde el planteamiento inicial del caso. “No supo definir si Laura Milena Moreno debía responder como coautora impropia del homicidio de su amigo Luis Colmenares o si fue testigo de los hechos que optó por ocultar la verdad”, indicó.
El pronunciamiento del alto tribunal detalla que los errores se extendieron a varias etapas del proceso. En ese sentido, el magistrado afirmó: “Desde la delimitación de la hipótesis de trabajo hasta la estructuración de la hipótesis de hechos jurídicamente relevantes. La ambigüedad en este ámbito siempre fue notoria”.
Asimismo, la Corte señaló que la Fiscalía, a partir de una valoración considerada errática de las evidencias, optó por imputar el delito de homicidio sin tener en cuenta los elementos necesarios para sustentar la coautoría.
El magistrado también indicó que, según el análisis de la Sala, la imputación habría tenido como propósito presionar a la procesada. “Al parecer con el propósito de presionar a Moreno Ramírez para que delatara a los supuestos autores materiales del homicidio del joven Colmenares”, añadió.

El proceso judicial atravesó varias etapas antes de llegar a la Corte Suprema. En febrero de 2017, un juez de conocimiento de Bogotá absolvió a Laura Moreno y a Jessy Quintero; y posteriormente, en 2021, el Tribunal Superior de Bogotá confirmó la absolución de Moreno y declaró la prescripción de los delitos atribuidos a Quintero.
Debido a esta prescripción, la Sala Penal de la Corte Suprema centró su análisis únicamente en los hechos relacionados con Laura Moreno Ramírez. La demanda de casación llevó a que el alto tribunal revisara el proceso, incluyendo la actuación del fiscal Antonio Luis González, adscrito a la Unidad de Vida.
En su decisión, la Corte concluyó que los errores detectados no fueron corregidos durante el proceso. “Aunque tuvo la oportunidad de hacerlo, no corrigió esos errores en el interregno comprendido entre la imputación y la acusación. Estos yerros se vieron reflejados en los constantes cambios en los cargos, tanto en lo fáctico como en lo jurídico”, explicó el magistrado.
Además, se indicó que las modificaciones en la teoría del caso incluyeron variaciones en la forma de atribuir responsabilidad penal, pasando por diferentes hipótesis sin una base consolidada. “En efecto, luego de insinuar un supuesto dolo eventual, se llegó a la conclusión de una responsabilidad bajo la modalidad de comisión por omisión u omisión impropia en los términos del artículo 25 del Código Penal”, agregó.
Falta de evidencia contra Laura Moreno

Otro de los aspectos centrales del fallo fue la ausencia de elementos probatorios suficientes para vincular a Laura Moreno con los hechos. La Corte Suprema indicó que, durante el proceso, no se logró establecer su participación en el supuesto homicidio.
Según el alto tribunal, tampoco se acreditaron las circunstancias de modo, tiempo y lugar que permitieran determinar su responsabilidad. A esto se sumó la imposibilidad de identificar a los autores materiales del crimen o de probar una concertación entre estos y la investigada.
La Sala de Casación concluyó que la falta de evidencia condujo a inferencias que no estaban debidamente sustentadas. “Esa falta de evidencia llevó al fiscal a conclusiones irrazonables sobre aspectos fácticos medulares para establecer el delito en que pudo haber incurrido Moreno Ramírez”, señaló la Corte.
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