Fundación para el Estado de Derecho pidió a la Fiscalía reactivar orden de captura contra alias Calarcá: alertan incumplimiento del proceso de paz

La organización señaló que la suspensión vigente desde enero de 2024 contraviene los criterios de la Corte Constitucional, y que su prolongación representa un riesgo para la población civil

Alias 'Calarca'
“Calarcá” pertenece al Estado Mayor Central Bloques y Frentes, estructura con estatus político otorgado en 2023 - crédito AFP
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La Fundación para el Estado de Derecho (FEDe. Colombia) solicitó a la Fiscalía General de la Nación reactivar la orden de captura contra Alexander Díaz Mendoza, alias Calarcá, actual cabecilla del Estado Mayor de Bloques y Frentes de las disidencias de las Farc, advirtiendo los riesgos de mantener vigente la suspensión otorgada en enero de 2024.

La petición se basa en denuncias de expansión armada del grupo, afectaciones a la población civil y el incumplimiento de los requisitos establecidos por la Corte Constitucional para suspender órdenes de captura.

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La orden de captura contra alias Calarcá fue suspendida mediante la Resolución 00005 de 2024, luego de un oficio de la Oficina del Alto Comisionado para la Paz presentado por el Gobierno nacional. Esta medida sigue vigente y su modificación depende exclusivamente de la Fiscalía General de la Nación.

Han pasado más de dos años y medio desde el inicio de estas negociaciones sin que se verifique una verdadera intención por parte de este grupo para transitar hacia la paz. Se destaca que se ha reportado la expansión armada del grupo, afectaciones graves a la población civil y, entre otras, denuncias contra alias Calarcá por utilizar el proceso de paz como plataforma para incrementar el despliegue armado en territorio y expandir el control territorial”, indicó la FEDe. Colombia en un comunicado.

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La fundación reiteró la necesidad de que la Fiscalía adopte con urgencia una decisión de fondo sobre la orden de captura - crédito @FEDe_Colombia_/X
La fundación reiteró la necesidad de que la Fiscalía adopte con urgencia una decisión de fondo sobre la orden de captura - crédito @FEDe_Colombia_/X

“Calarcá” hace parte del Estado Mayor Central Bloques y Frentes, una estructura reconocida con estatus político mediante la Resolución 309 de 2023, aunque está conformada por disidentes de grupos armados al margen de la ley. Actualmente, sus miembros se encuentran en una Zona de Ubicación Temporal en Tibú, Norte de Santander, establecida por las Resoluciones 161 y 474 de 2025, vigente hasta julio de 2026.

De acuerdo con el Gobierno; estas zonas, que impiden la ejecución de órdenes de captura dentro de su territorio; buscan “prevalecer el logro de la paz estable y duradera, con garantías de no repetición y de seguridad para todos los colombianos; estándares que eviten la impunidad y garanticen los derechos de las víctimas a la verdad, la justicia y la reparación”.

El grupo tiene actualmente una Zona de Ubicación Temporal en Tibú, Norte de Santander, vigente hasta julio de 2026 - crédito Captura de Video Policía Nacional
El grupo tiene actualmente una Zona de Ubicación Temporal en Tibú, Norte de Santander, vigente hasta julio de 2026 - crédito Captura de Video Policía Nacional

Además, el documento de la Fiscalía que suspendió la órden de captura de “Calarcá” indica que la medida busca facilitar los procesos de diálogo y negociación con grupos armados al margen de la ley, conforme al marco constitucional y legal que promueve la paz como derecho y deber obligatorio. Sin embargo, FEDe. Colombia señala que las condiciones establecidas en la Sentencia C-525 de 2023 de la Corte Constitucional, en donde se determina que la suspensión de órdenes de captura requierela participación genuina y comprometida con el proceso que se adelanta y a no cometer nuevos delitos, no se cumplen.

En ese sentido, la fundación aseguró que la Fiscalía “debe evaluar con urgencia la reactivación de la orden de captura contra alias Calarcá. Mantener la suspensión sin verificar, entre otras cosas, la no comisión de nuevos delitos contraviene el marco constitucional que rige esta medida”, reiteró la fundación.

FEDe. Colombia sostiene que mantener la suspensión sin verificar la no comisión de nuevos delitos contraviene el marco constitucional - crédito Ernesto Guzmán/EFE
FEDe. Colombia sostiene que mantener la suspensión sin verificar la no comisión de nuevos delitos contraviene el marco constitucional - crédito Ernesto Guzmán/EFE

Adicionalmente, la Fundación para el Estado de Derecho recordó que la Resolución 00005 de 2024 establece claramente que la autoridad judicial tiene la competencia para revisar la suspensión y decidir su reactivación si se incumplen los criterios de participación genuina en el proceso de paz y abstención de nuevos delitos.

El marco legal también contempla que el Gobierno nacional justifique la temporalidad y el alcance territorial de la suspensión de órdenes, mientras que la Fiscalía debe evaluar estos supuestos. Sumado a ello, la Corte Constitucional ha señalado que ningún tratamiento penal especial está exento de causales de revocatoria por incumplimiento y que la participación comprometida y la no comisión de nuevos delitos son requisitos esenciales para mantener la suspensión.

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