
Han transcurrido dos meses desde que el Consejo de Estado ordenó suspender una directriz emitida por la Superintendencia de Notariado y Registro, lo que dejó en “jaque” a la Sociedad de Activos Especiales, pues tendría que regresar miles de predios a narcos colombianos.
La decisión del alto tribunal ha generado incertidumbre ante la posible devolución de casi 20.000 bienes incautados al narcotráfico y otras actividades ilícitas, por un valor aproximado de seis billones de pesos.
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Esta controversia, promovida por el abogado Édgar Javier Navia Estrada, de quien no se tenía registro sino hasta ahora, puso a tambalear los mecanismos de extinción de dominio que sustentan la lucha estatal contra el crimen organizado.
Según información revelada por El Tiempo, cerca de 19.860 inmuebles bajo medidas cautelares podrían ser restituidos si prospera la demanda que cuestiona la legalidad de una excepción administrativa al plazo legal de embargo sobre bienes incautados.

La polémica gira en torno a una demanda presentada contra la directriz de la Superintendencia de Notariado y Registro, emitida en 2022, que exceptuaba del plazo legal de diez años —tras el cual debían levantarse embargos e incautaciones si no existía sentencia judicial— a los bienes involucrados en procesos de extinción de dominio por narcotráfico.
El Consejo de Estado suspendió provisionalmente esa directriz, afectando 19.860 inmuebles controlados por la Sociedad de Activos Especiales (SAE), lo que representa casi el 56% del inventario administrado por la entidad, informó El Tiempo.
Perfil del abogado y origen de la demanda
El litigio es encabezado por Édgar Javier Navia Estrada, penalista con una condena previa por enriquecimiento ilícito, que niega cualquier vínculo con el narcotráfico.
En declaraciones entregadas a El Tiempo, Navia Estrada insistió en que su motivación para adelantar acciones contra la superintendencia no responde a contrataciones de capos del narcotráfico, sino a una lucha por defender la legalidad de los procesos.
“Primero quiero aclarar que no defiendo a narcotraficantes, ni a fichas del Clan del Golfo ni de ningún cartel de Cali. Yo no llevo negocios de delincuentes”, señaló el litigante al diario nacional.

El abogado expuso que la acción deriva de tres casos ocurridos en Armenia, Cali y San Andrés, donde los inmuebles permanecen restringidos pese a la ausencia de fallo judicial definitivo.
Navia afirmó que la legislación colombiana, vigente desde 2012, autoriza cancelar embargos sobre bienes si tras diez años no hay sentencia, incluso en casos de extinción de dominio. Además, criticó la directriz de la superintendencia por impedir a los registradores declarar la caducidad, advirtiendo sanciones contra quienes lo hagan.
“Se inventaron un proceso que no existe y sacaron una circular. Pero no aplicaba para extinción de dominio. El registrador no puede interpretar la ley. Por eso es que estamos dando una batalla desde el derecho. Esto no es un tema de delincuentes queriendo evadir la justicia. Es un tema de ciudadanos pidiendo al Estado que cumpla las normas legales, que juegue limpio y que obre correctamente en derecho o que modifique las leyes”, señaló.
Consultado sobre su antecedente judicial, Navia Estrada aclaró que en 2009 aceptó cargos por incremento patrimonial injustificado relacionado con la administración de activos de un exnarcotraficante. Según sostuvo, lo hizo por razones fiscales y ambas situaciones carecen de relación entre sí.
“En esa época, la Fiscalía me investigó por enriquecimiento de 10.483.000 y que yo era el abogado de un señor que supuestamente era delincuente y por haber administrado unos bienes; el señor fue absuelto de ese proceso. Pero tuvo que quedarse 3 años en la cárcel. Yo por un tema fiscal, me dijeron que la única forma de salir de eso era aceptando cargos, y lo solucioné. Nada tiene que ver una cosa con la otra“, señaló.

Entretanto, el eje jurídico del conflicto está en la Ley 1579 de 2012, que limita a diez años la vigencia de medidas cautelares en ausencia de una decisión judicial, frente a la excepción dictada en 2022 por la Superintendencia de Notariado y Registro.
Frente a esta coyuntura, el Ministerio de Justicia, la Fiscalía General de la Nación y la Superintendencia de Notariado y Registro respondieron de manera coordinada, reiterando que la extinción de dominio es un instrumento constitucional fundamental, de carácter imprescriptible. Estas entidades preparan una estrategia judicial para defender la normativa y resguardar los activos ya asegurados al crimen organizado.
La decisión de fondo sigue pendiente en el despacho del magistrado Pablo Andrés Córdoba. Mientras tanto, una circular emitida el 4 de febrero de 2026 notificó la suspensión provisional de la directriz en todo el país.
Con la decisión del Consejo de Estado, el país se arriesga, si prospera la demanda, a restituir bienes que financian programas sociales y refuerzan la batalla contra las redes criminales.
Voceros oficiales han alertado sobre el posible retroceso en la persecución patrimonial del crimen organizado, y consideran prioritario fortalecer la legislación o los procesos administrativos para impedir la devolución de los bienes ya confiscados.
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