El Ministerio de Hacienda reafirmó que avanzará con el decreto que ordena transferir cerca de $25 billones de los fondos privados de pensiones a Colpensiones, en medio de los cuestionamientos recientes del Banco de la República sobre el posible impacto que tendría la operación en los mercados financieros.
La medida responde a una presión financiera considerada “insostenible” por el Emisor, debido a que estos recursos no han sido trasladados pese a los cambios implementados por la reforma pensional actualmente en revisión judicial, según informó el Ministerio en un comunicador.
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Desde julio de 2024, más de 122 mil afiliados han migrado de los fondos privados a Colpensiones, lo que implica recursos superiores a $25 billones, de acuerdo con los datos entregados por la cartera de Hacienda.
El ministerio precisó que más de 24 mil de estos nuevos afiliados ya reciben pensión, cifra que representa aportes mayores a $5,4 billones pagados y gestionados por Colpensiones, según la comunicación oficial publicada el 19 de marzo de 2026.

“De los trasladados se les ha reconocido la pensión a más de 24 mil afiliados, los cuales han sido atendidos y pagados por COLPENSIONES, representando aportes superiores a 5.4 billones de pesos”, se observa en el comunicado.
El núcleo de la polémica radica en que, tras el traslado de los afiliados, los fondos de sus ahorros continúan bajo administración de los fondos privados.
El Ministerio resaltó en su pronunciamiento que este fenómeno ha generado una presión excesiva sobre las finanzas de Colpensiones, algo que, según el Ministerio de Hacienda, resulta incompatible con los principios de la Ley 100 de 1993.
Este cuerpo normativo estipula que “ninguna persona podrá distribuir las cotizaciones obligatorias entre los dos regímenes del Sistema General de Pensiones”, aludiendo así al fundamento legal para exigir el traspaso inmediato del capital, como reiteró la dirigencia de la entidad estatal a lo largo de los últimos meses.
El Ejecutivo indicó, en respuesta puntual a las objeciones del Banco de la República, que se ha previsto un mecanismo para mitigar el posible impacto en los mercados financieros locales, especialmente por la alta proporción de recursos de los fondos privados invertidos en Títulos de Deuda Pública TES.
Según el comunicado, el Gobierno propuso una negociación directa de estas inversiones entre los fondos privados y Colpensiones, con el objetivo explícito de reducir el posible impacto señalado en el sector financiero nacional, según lo destacan las autoridades del Ministerio de Hacienda.
Hasta tanto la Corte Constitucional no se pronuncie sobre la validez de la Ley 2381 de 2024 —la reciente reforma pensional que sustenta el movimiento de recursos— el Ministerio de Hacienda anunció que se seguirán aplicando los procedimientos y principios establecidos por la normativa anterior, en particular los que rigen en la Ley 100 de 1993 para el Sistema General de Pensiones.
Superado el examen judicial y una vez cumplidos los procedimientos legales correspondientes, el Gobierno ratificó que el decreto para el traslado de recursos continuará con su trámite formal.

La situación ocurre mientras la Ley 2381 de 2024 —que propició la reforma pensional y está todavía en estudio de constitucionalidad— se encuentra vigente en sus artículos clave: el parágrafo del artículo 12 sobre la creación del Accai y el artículo 76 relativo a la oportunidad de traslado.
En esa línea, la autoridad económica aclaró al Banco de la República y al público que el procedimiento incluirá la participación de Colpensiones como comprador de esos títulos, con el fin de evitar repercusiones negativas en la tasa de interés y en el precio de los TES: “El gobierno ha propuesto la negociación de dichas inversiones con Colpensiones con el fin de reducir el posible impacto señalado”, informó el ministerio.
El ejecutivo subrayó, adicionalmente, que mientras la Corte Constitucional define el futuro de la reforma, sus actuaciones se ciñen al marco legal vigente, apoyándose en el cumplimiento estricto de los lineamientos establecidos en la Ley 100 de 1993.
El proceso regulatorio, así, continuará su curso regular una vez concluyan el estudio judicial y las respuestas a las observaciones presentadas durante la etapa de análisis del proyecto de decreto, tal como lo establece la comunicación oficial del Gobierno.
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