Ponente del proyecto “Ruta por la Vida” rechazó objeciones del alcalde Galán y las calificó de “conveniencia electoral y maniobra ideológica”

La concejal Clara Lucía Sandoval aseguró que las objeciones carecen de rigor jurídico y responden a intereses políticos, mientras la Defensoría del Pueblo respalda la revisión por posibles riesgos constitucionales

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La concejal aseguró que la iniciativa no regula aspectos clínicos ni modifica el aseguramiento de la salud - crédito Concejal Clara Lucía Sandoval

El sábado 21 de febrero, el alcalde de Bogotá, Carlos Fernando Galán, presentó objeciones al Proyecto de Acuerdo 340 de 2025, conocido como Ruta por la Vida, aprobado por el Concejo de Bogotá.

La decisión fue comunicada mediante carta dirigida a la Secretaría General de la corporación, en la que se detallan los fundamentos jurídicos que sustentan la objeción por inconstitucionalidad e ilegalidad. Según la administración distrital, la determinación se ampara en el artículo 23 del Decreto Ley 1421 de 1993, Estatuto Orgánico de Bogotá, así como en disposiciones del reglamento interno del Concejo, lo que implicó que el Distrito no sancionara la iniciativa y devolviera el texto para su trámite correspondiente.

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El proyecto, presentado por la concejal Clara Lucía Sandoval, buscaba crear una ruta dirigida a mujeres gestantes, lactantes y “la vida por nacer”, con el objetivo de articular los servicios de salud del Distrito y garantizar información completa y acompañamiento integral durante la gestación. La iniciativa propone un enfoque de apoyo psicosocial e intersectorial, destinado a facilitar la toma de decisiones informadas por parte de las mujeres embarazadas.

El alcalde de Bogotá, Carlos
El alcalde de Bogotá, Carlos Fernando Galán, objetó el Proyecto de Acuerdo 340 de 2025 por inconstitucionalidad e ilegalidad - crédito Colprensa

Tras la objeción, Sandoval emitió un pronunciamiento en el que cuestiona los argumentos del alcalde y califica las objeciones como una “conveniencia electoral y maniobra ideológica”, asegurando que carecen de sustento técnico y jurídico.

La cabildante explicó que la primera objeción del alcalde se basa en “una premisa equivocada: afirmar que el Concejo está regulando la salud de mujeres embarazadas. Eso es falso. La Ruta por la Vida no regula aspectos clínicos, sanitarios ni epidemiológicos, no crea indicadores médicos ni modifica el aseguramiento. Es un programa de acompañamiento psicosocial e intersectorial, competencia del Concejo según el Decreto 1421”.

Frente al argumento de que ya existe la Ruta Integral de Atención en Salud Materno-Perinatal, la concejal indicó que “dicha ruta es sanitaria y técnica, mientras que la Ruta por la Vida se enfoca en acompañamiento en salud mental y apoyo integral. Si lo existente fuera suficiente, no tendríamos mujeres y profesionales de la salud señalando que el sistema ofrece el aborto repetidamente sin alternativas reales de acompañamiento”.

Sandoval destacó que los indicadores
Sandoval destacó que los indicadores muestran un incremento del 47% en conductas suicidas en mujeres embarazadas - crédito prensa Profamilia

Sandoval también se refirió a la objeción relacionada con la política pública de salud mental, destacando que los indicadores muestran un aumento del 47% en conductas suicidas en mujeres embarazadas. “Cuando algo no está funcionando, se mejora; no se bloquea”, afirmó.

En cuanto a la discusión sobre el aborto, la concejal recordó que este fue despenalizado, pero enfatizó que “no es un derecho constitucional ilimitado, y cuestiono que durante el embarazo la opción de abortar se ofrezca múltiples veces, mientras la atención en salud mental se brinde de manera mínima”. Agregó que la discusión sobre la Ruta por la Vida “debe ser técnica, no ideológica. En una ciudad con la natalidad más baja de su historia, bloquear políticas de acompañamiento no es progreso, es irresponsabilidad”.

Sandoval concluyó que la iniciativa busca proteger integralmente a las mujeres embarazadas y garantizar información completa y apoyo real. “Defender la vida y la salud mental no puede convertirse en motivo de objeción. La vida no es un error técnico; es un principio básico”, señaló.

Posición de la Defensoría del Pueblo

La Defensoría del Pueblo respaldó
La Defensoría del Pueblo respaldó la revisión del proyecto, señalando riesgos constitucionales y barreras al ejercicio de la Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE) - crédito Defensoría del Pueblo

Por su parte, la Defensoría del Pueblo emitió un comunicado en el que respalda la revisión de la iniciativa y destaca riesgos constitucionales asociados al proyecto. El organismo señaló que “la iniciativa introducía barreras directas e indirectas para el ejercicio del derecho fundamental a la Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE), en contravención de la jurisprudencia reiterada de la Corte Constitucional en especial la Sentencia C-055 de 2022 y de los compromisos internacionales del Estado colombiano en materia de derechos sexuales y reproductivos”.

El comunicado también advirtió que, pese al lenguaje de cuidado y acompañamiento, el proyecto “institucionalizaba mecanismos de disuasión, vigilancia y estigmatización sobre las decisiones reproductivas de mujeres, hombres trans y personas no binarias e intersex con capacidad de gestar, lo cual constituiría una forma de violencia institucional incompatible con los principios de dignidad humana, autonomía y no regresividad en derechos humanos”.

Además, la Defensoría indicó que el proyecto no se ajustaba al Acuerdo Distrital 879 de 2023, que reconoce la IVE como servicio esencial de salud y establece la obligación de eliminar barreras de acceso. “Estas preocupaciones fueron planteadas oportunamente por diversas organizaciones de la sociedad civil y del movimiento feminista, cuyo seguimiento crítico al proceso legislativo resultó fundamental para visibilizar los riesgos que el proyecto implicaba para la garantía de derechos”, concluyó.

La institución reiteró su disposición de brindar acompañamiento técnico y jurídico para garantizar que las políticas públicas del distrito sean compatibles con la Constitución y los estándares internacionales de derechos humanos, en particular en lo que concierne a los derechos sexuales y reproductivos de todas las personas.