
El Consejo de Estado suspendió de manera provisional el decreto que estableció un aumento del salario mínimo legal vigente (smlv) en Colombia para 2026, que suponía un incremento del 23%. La decisión se basó en que el Gobierno de Gustavo Petro reemplazó los criterios técnicos obligatorios, como la inflación y la productividad definidos por la Ley 278 de 1996, por conceptos distintos como el “salario vital familiar” y la “brecha de suficiencia material”.
Según el alto tribunal, estos parámetros no pueden ser sustituidos por indicadores alternativos ni estudios internacionales. Además, la motivación del decreto fue considerada inadecuada, ya que el aumento previsto cuadruplica la inflación y supera varias veces los niveles de productividad.
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Como medida temporal para evitar un vacío normativo, el Consejo de Estado ordenó al Gobierno nacional expedir un decreto transitorio, que se ajuste a los criterios técnicos que exige la ley. Hasta que ese nuevo decreto entre en vigor, las empresas deben mantener los pagos de salario mínimo conforme al monto previo.

Al respecto, la Federación Colombiana de Gestión Humana (Acrip Central) llamó a la calma y recomendó a las empresas no efectuar ajustes salariales ni modificar las nóminas hasta que se expida una nueva regulación.
Llamado a las empresas
Por medio de un comunicado dirigido al empresariado, la organización expresó que “el llamado principal es a que las empresas no deben realizar, de momento, ningún ajuste salarial ni cambios en su nómina”. Recordó que el Consejo de Estado concedió un plazo de ocho días para que el Gobierno defina un incremento transitorio y, por tanto, insistió en “que las empresas deben mantener los salarios conforme al smlv previo” mientras no haya un nuevo decreto.
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La entidad resaltó que “todo ajuste salarial sobre esta decisión solo tendrá efectos posteriores a la publicación del nuevo decreto; es decir, que los salarios pagados antes de la fecha del nuevo decreto no incurrirán en devoluciones o retroactivos por parte de los empleados”.
Además, alentó a las empresas a “revisar las características contractuales con sus empleados”, para que los futuros ajustes se hagan solo en los casos en que el nuevo decreto así lo determine.
Manejo cuidados y guiado
La organización destacó la importancia de un manejo cuidadoso, guiado por criterios jurídicos, para proteger tanto la estabilidad de las empresas como los derechos de los empleados. “Esta situación inédita requiere de un manejo cuidadoso, no apresurado, y acompañado de las herramientas jurídicas y legales necesarias con el fin de salvaguardar las finanzas de las empresas, pero, sobre todo, de garantizar la protección de los empleados y su bienestar”, detalló el gremio en el comunicado.
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Desde el Gobierno, el ministro del Trabajo, Antonio Sanguino, defendió la vigencia del aumento. En sus declaraciones, advirtió que “el Decreto 1469 de 2025, que subió 23% el salario mínimo y lo convirtió en salario vital, rige desde el 1 de enero de 2026 y es obligatorio”.
Informó que inspectores del Ministerio del Trabajo garantizarán que esta quincena y todos los pagos futuros respeten el incremento. “El salario vital se cumple y se defiende”, enfatizó el funcionario.

Sanguino insistió en que, a pesar de la suspensión provisional ordenada por el Consejo, el aumento decretado sigue vigente. Agregó: “Este es un mensaje para los trabajadores de Colombia, pero sobre todo para los empresarios en todo el país”.
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Cómo se debe pagar la quincena
Explicó que “eso quiere decir que este 15 de febrero debe cancelarse la quincena correspondiente con el 23% de incremento que incorpora el salario vital”.
El ministro resaltó que el cumplimiento de la medida será supervisado. “Las inspectoras y los inspectores de trabajo del Ministerio del Trabajo y de los trabajadores van a estar vigilantes en todo el territorio nacional para que el salario vital se cumpla so pena de las sanciones que implicarían su incumplimiento”.
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