
La Superintendencia de Sociedades informó la imposición de una sanción económica por SESENTA Y CINCO MILLONES DE PESOS M/CTE ($65.000.000) a Diego Fernando Perdomo Rojas, tras establecer que no se reportó de manera oportuna una situación de control sobre un conglomerado empresarial, de acuerdo con un acto administrativo divulgado y reseñado por Semana.
La entidad explicó que el investigado ejercía control sobre un grupo conformado por Perlun S.A.S., Independiente Santa Fe S.A., La Tienda Roja S.A.S., Santa Fe de Bogotá S.A.S. y La Piel del León S.A.S., sin que dicha condición fuera revelada dentro de los plazos exigidos por la normativa vigente.
Según la Superintendencia, el régimen de matrices y subordinadas obliga tanto a personas jurídicas como naturales que ejercen control a declarar estas situaciones, así como la existencia de grupos empresariales ante el registro mercantil correspondiente. En el proceso sancionatorio se concluyó que esa obligación no se cumplió de forma adecuada.

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El acto administrativo precisó que la exigencia de reportar situaciones de control no recae únicamente sobre las sociedades matrices, como argumentó el investigado durante la actuación administrativa, sino que se extiende a las personas naturales que ejercen control efectivo sobre varias sociedades.
La Superintendencia reiteró que la identificación oportuna de los grupos empresariales permite a las autoridades y a los terceros conocer la estructura real de los conglomerados, lo cual resulta relevante para la transparencia del mercado y el cumplimiento de las normas societarias.
En relación con el caso, el superintendente de Sociedades, Billy Escobar Pérez, señaló: “le corresponde a la Superintendencia de Sociedades velar por la adecuada inscripción en el registro mercantil de los grupos empresariales y las situaciones de control. Durante los últimos años se han adelantado importantes investigaciones en esta materia, cuyos resultados contribuyen significativamente a la generación de confianza en el mercado, de acuerdo con los principios del buen gobierno corporativo”.
La entidad también destacó que la revelación de los verdaderos controlantes tiene implicaciones relevantes para distintos grupos de interés, en especial cuando se trata de conglomerados que incluyen clubes deportivos con atletas profesionales, como es el caso de Independiente Santa Fe S.A.
Escobar explicó que esta identificación incide en aspectos como la responsabilidad subsidiaria de los controlantes, la consolidación de estados financieros, las operaciones entre vinculados y la protección de los accionistas minoritarios, además del manejo de conflictos de interés y los procesos de reorganización empresarial.

De acuerdo con lo informado por Semana, la Superintendencia subrayó que la información sobre control y subordinación también es clave para la aplicación del régimen de precios de transferencia y la correcta contabilización de las relaciones económicas entre las sociedades vinculadas.
El proceso administrativo concluyó con la imposición de la multa, dejando constancia de que la omisión en la revelación de la situación de control vulnera las disposiciones legales que rigen la actividad societaria en Colombia, independientemente del sector económico al que pertenezcan las empresas involucradas.
La Superintendencia indicó que los sancionados cuentan con los mecanismos legales para controvertir la decisión, en los términos y plazos establecidos por la ley. En este caso, proceden los recursos de reposición y apelación ante las instancias correspondientes dentro de la entidad.
Finalmente, Supersociedades precisó que el recurso de reposición debe presentarse ante la directora de Investigaciones de Protección al Consumidor, mientras que el de apelación será conocido por la superintendente delegada para la protección del consumidor, conforme a lo dispuesto en el ordenamiento jurídico.
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