
La Policía Nacional de Colombia activó el llamamiento en garantía contra cuatro de sus miembros condenados por llevar a cabo interceptaciones ilegales a Marelbys Meza y Fabiola Perea, quienes fueron empleadas domésticas de Laura Sarabia.
Esta decisión busca responder a la demanda de reparación presentada por las víctimas, que exigen compensación del Estado por las afectaciones sufridas.
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Este caso ocurre luego de conocerse las interceptaciones telefónicas en informes manipulados que identificaban a Meza y Perea como cabecillas del Clan del Golfo en el departamento del Chocó, sin poco o nada de fundamento.
Este procedimiento permitió a miembros de la Sijín en Bogotá y la Dijin justificar el monitoreo de las comunicaciones de ambas mujeres.
El caso penal concluyó con la condena de cuatro uniformados, dos de los cuales aceptaron responsabilidad mediante preacuerdos, mientras que los otros dos fueron hallados culpables al término del juicio. Las sentencias incluyeron cargos por falsedad en documento público, fraude procesal y violación ilícita de comunicaciones, informó Semana.

Tras la condena, Meza y Perea demandaron al Estado colombiano, señalando daños y perjuicios por la vulneración de sus derechos. Ante esta acción legal, la Policía solicitó formalmente el llamamiento en garantía para que los funcionarios condenados respondan patrimonialmente, además de la obligación estatal.
“Como consecuencia de esto se despliegan actividades por algunos funcionarios para hallar los presuntos responsables de estos hechos, uniformados que debieron obrar con la diligencia y cuidado, conforme a lo preceptuado en el marco constitucional, legal y reglamentario de la policía nacional, caso contrario realizaron presuntamente extralimitación en sus funciones como servidores públicos lo que conllevó al parecer a las interceptaciones del número de telefónico de la señora Fabiola Perea”, afirma el comunicado.
Este mecanismo permite que quienes, en ejercicio de funciones públicas, incurren en conductas ilícitas con consecuencias civiles, sean incluidos en el proceso de reparación.
De acuerdo con documentos citados y revelados por el medio mencionado, la Policía fundamentó que los patrulleros condenados deben responder con su propio patrimonio, evitando que la carga económica recaiga exclusivamente sobre el erario.

La Policía Nacional reconoció que los agentes involucrados estaban obligados a actuar “con diligencia y cuidado”, conforme a la Constitución y la normativa institucional. Sin embargo, el expediente sostiene que los uniformados sobrepasaron sus funciones, lo que resultó en la interceptación no autorizada de la línea telefónica de Fabiola Perea.
El expediente judicial expone la responsabilidad directa de los policías condenados, cuya conducta fue calificada como “culpa grave”. Aunque contaban con respaldo legal para sus tareas, se determinó que vulneraron los principios esenciales del servicio policial.
“Atendiendo los presupuestos en mención, es procedente llamar en garantía al entonces En atención a lo establecido en la normatividad precitada en los Fundamentos de Derecho y demás normas concordantes, la solicitud de llamamiento en garantía a los señores arriba mencionados”, finaliza el comunicado.
De este modo, la Policía argumentó la validez de incluir a los uniformados en el proceso de reparación, al establecer su participación directa en los hechos investigados. La institución sostiene que, si bien los condenados tenían respaldo jurídico para sus funciones, su actuación excedió los límites legales y derivó en un daño que deben atender con su propio patrimonio.
La Fiscalía aparta de la investigación a Juan Carlos Arias Duque por conflicto de intereses
La Fiscalía General de la Nación apartó de forma inmediata al fiscal Juan Carlos Arias Duque de la investigación que involucra a la embajadora de Colombia en Reino Unido, Laura Sarabia, debido a un conflicto de intereses reconocido por el propio funcionario.

La salida de Arias Duque responde a su relación de amistad íntima con el abogado defensor de Sarabia, José Fernando Reyes Cuartas, vínculo que se mantiene “desde hace más de veinticinco años” y que fue considerada una causa válida basándose en el artículo 56, numeral cinco, de la Ley 906 de 2004, según reveló Blu radio.
La Fiscalía evaluó que esta amistad, “íntima, cercana y prolongada”, representaba un posible riesgo a la imparcialidad, por lo que “declaró fundado el impedimento” y ordenó el reemplazo inmediato del funcionario.
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