
La Corte Constitucional de Colombia ratificó el aval al impuesto a las bebidas ultraprocesadas y azucaradas, que había sido implementado por el Gobierno Petro, tras analizar una demanda que alegaba trato inequitativo para quienes consumen productos vegetales.
La decisión, adoptada por unanimidad con siete votos a favor, mantiene vigente el artículo 54 de la Ley 2277 de 2022, parte de la primera reforma tributaria impulsada por el presidente Gustavo Petro.
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Em detalle, la Corte informó que la Sala Plena estudió una demanda de inconstitucionalidad contra los artículos 513-1 y 513-6 del Título X del Libro III del Estatuto Tributario adicionado por el artículo 54 de la Ley 2277 de 2022, disposición fue la que agregó los “impuestos saludables” en el Estatuto tribitario, se lee en el documento.
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En ese sentido, la institución avaló la ponencia del magistrado Jorge Enrique Ibáñez, que defendió la norma que impone un arancel a todas las bebidas con menos de 0,5% de alcohol y que contengan azúcares añadidos.

La institución consideró “importante resaltar la responsabilidad del Estado en la materia -deberes de protección y garantía- ante aquellas situaciones que involucran intereses superiores. Esto con el objetivo de no alentar el consumo de alimentos nocivos para la salud, cuando el mismo Estado podría desarrollar una política pública para propiciar el consumo de alimentos saludables”, se leyó en el comunicado de la sentencia.
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La demanda argumentaba que la ley afecta de forma desproporcionada a quienes optan por alternativas vegetales frente a productos animales.
En particular, los demandantes señalaron que la exclusión de la leche de vaca del gravamen, mientras se grava la leche de almendras, vulnera el principio de equidad tributaria, por ejemplo.
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“La demanda alegó que los impuestos saludables excluyen algunos productos de origen animal, como el arequipe, el salchichón, la mortadela, la butifarra, quesos, leche y carnes, sin otorgar un trato equivalente a sustitutos de origen vegetal. Según los demandantes, esa diferencia genera una discriminación indirecta contra personas con convicciones veganas o vegetarianas y afecta los principios de igualdad y equidad tributaria. Además, la demanda propuso un cargo por presunta regresividad en materia de derechos económicos, sociales y culturales”, sostiene el documento presentado por la Corte.
El impuesto abarca bebidas gaseosas o carbonatadas, bebidas a base de malta, leche de almendras, bebidas tipo té o café, jugos y néctares de fruta, refrescos, bebidas energizantes, aguas saborizadas y mezclas en polvo.
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Entre las excepciones figuran fórmulas infantiles y medicamentos con azúcares añadidos, de acuerdo con la información emitida por la Corte Constitucional.
La Procuraduría General de la Nación había solicitado declarar exequible parcialmente la norma. El órgano consideró legítima la finalidad de proteger la salud pública y promover la justicia social, pero cuestionó que el diseño normativo no incluyera en el beneficio fiscal a los productos vegetales consumidos por sectores vulnerables.
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Pese a las críticas, la Sala Plena ratificó la constitucionalidad de la medida mediante la sentencia C-006/26.
La ONU respalda los incrementos tarifarios en bebidas azucaradas y alimentos ultraprocesados
A finales de 2025 se acaloró el debate nacional sobre los efectos adversos que estarían causando los impuestos saludables, especialmente, a los tenderos de barrio.
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La senadora María Fernanda Cabal, en octubre de 2025, aseguró que el impuesto era “una mamertería” y que sus consecuencias incluirían el cierre de muchos negocios pequeños en los barrios de casi todos los municipios del país.

Al respecto, científicos colombianos y expertos en la salud afirmaron que existía “evidencia científica” en favor de los gravámenes.
De hecho, durante enero de 2026 la Organización de las Naciones Unidas (ONU) emitió un reporte que aseguró que un aumento sustancial de los impuestos a bebidas azucaradas y alcohólicas podría evitar que miles de personas enfermen o fallezcan por enfermedades prevenibles, al tiempo que aliviaría la presión que pesa sobre los sistemas de salud a nivel mundial.
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La Organización Mundial de la Salud (OMS) advirtió que la tendencia a mantener bajos estos impuestos ha facilitado el acceso a productos nocivos, lo que explica el crecimiento de afecciones como la diabetes, la obesidad y diversas enfermedades cardiovasculares, especialmente entre niños y jóvenes.

La agencia sanitaria detalló que, aunque al menos 116 países aplican algún impuesto a las bebidas azucaradas, muchos productos de alto contenido en azúcar —como jugos 100% de fruta, bebidas lácteas endulzadas y cafés listos para consumir— quedan fuera de este marco fiscal. En el mercado de bebidas energéticas, el 97% de los países grava su venta, pero la proporción se ha mantenido invariable desde 2023.
El director del Departamento de Determinantes de la Salud, Promoción y Prevención de la OMS, Etienne Krug, explicó: “Mientras la industria obtiene beneficios, el público suele cargar con las consecuencias sanitarias y la sociedad con los costos económicos”, según publicó Naciones Unidas.
Por su parte, el director general de la misma organización, Tedros Adhanom Ghebreyesus, señaló que “los impuestos sanitarios son una de las herramientas más poderosas que tenemos para promover la salud y prevenir enfermedades”, y defendió su uso tanto para limitar el consumo como para destinar mayores recursos a servicios de salud esenciales.
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