
El partido de oposición Cambio Radical solicitó al Consejo Nacional Electoral (CNE) revisar la legalidad de varias listas a la Cámara de Representantes inscritas por el Pacto Histórico en distintas circunscripciones del país, al considerar que estas habrían superado el límite de votación permitido para conformar coaliciones.
La solicitud se fundamenta en el mismo criterio jurídico aplicado por el CNE para revocar la lista del Pacto Histórico en el Valle del Cauca, decisión que hoy sirve como precedente para la revisión de otros territorios.
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A través de un mensaje publicado en sus redes sociales, Cambio Radical informó que pidió al CNE revisar la legalidad de las listas inscritas por el Pacto Histórico en las circunscripciones de Bogotá, Cauca, Cundinamarca, Meta, Nariño, Putumayo y la circunscripción internacional.
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En su pronunciamiento, el partido explicó que esta solicitud se hace con base en el mismo criterio aplicado recientemente por la autoridad electoral en el Valle del Cauca, donde se revocó la inscripción de la lista a la Cámara por superar el límite de votación establecido en la Constitución.
Superación del tope del 15% de votos válidos
Cambio Radical señaló que en las siete circunscripciones mencionadas, las listas presentadas por el Pacto Histórico exceden el tope del 15% de los votos válidos obtenidos en la elección inmediatamente anterior, condición que, según la colectividad, configura una causal de revocatoria de la inscripción.
De acuerdo con el partido, este porcentaje es determinante para establecer si una coalición puede inscribirse legalmente, por lo que la superación de ese umbral debe ser evaluada por el CNE en cada una de las circunscripciones señaladas.
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Llamado a aplicar el mismo criterio usado en el Valle
En su mensaje, Cambio Radical sostuvo que si ya se revocó la lista del Pacto Histórico en el Valle del Cauca por este motivo, el mismo criterio debe aplicarse en las demás circunscripciones donde se haya superado el mismo tope de votación.
Según el partido, no adoptar la misma decisión en casos similares podría constituir una vulneración al principio de igualdad y al debido proceso ante la ley electoral, razón por la cual solicitaron una revisión formal de las inscripciones.
La revocatoria en el Valle del Cauca
La solicitud de Cambio Radical se produce después de que el CNE revocara la inscripción de la lista del Pacto Histórico a la Cámara de Representantes por el Valle del Cauca, al determinar que la coalición superó el 15% de los votos válidos en las elecciones legislativas de 2022, límite establecido por la Constitución para la conformación de alianzas entre partidos y movimientos políticos.
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La decisión quedó consignada en el expediente 0012-22, mediante el cual la Sala Plena del CNE resolvió revocar el acto de inscripción de la lista con miras a las elecciones legislativas programadas para el 8 de marzo de 2026. De mantenerse en firme, esta determinación impediría que el Pacto Histórico participe en el proceso electoral a la Cámara en uno de sus bastiones políticos más fuertes del país.

Razón jurídica de la revocatoria
El CNE explicó que el Pacto Histórico excedió el porcentaje permitido para conformar coaliciones, lo que impide que sus partidos se presenten de manera conjunta bajo una misma lista. Movimientos como Colombia Humana, que integran el Pacto, ya superaban ampliamente el umbral del 15%, condición que invalida legalmente la coalición.
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Este límite del 15% está establecido en las reglas constitucionales que regulan la conformación de alianzas para corporaciones públicas, con el objetivo de evitar la concentración excesiva de poder electoral y permitir que solo partidos pequeños o medianos puedan coaligarse para alcanzar representación.
Bajo este criterio, el CNE concluyó que la lista del Pacto Histórico en el Valle del Cauca no cumplía los requisitos legales, por lo que procedió a revocar su inscripción.

Un debate que se prolonga
El caso revive un debate jurídico que ha sido planteado en procesos anteriores. Incluso se radicó una petición ante el CNE para tumbar la elección del Pacto Histórico al Senado, con el mismo argumento de que sus partidos superaban el umbral permitido para coaliciones.
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El abogado Hollman Ibáñez Peña, quien presentó la solicitud, aseguró en entrevista con El Colombiano que la Constitución solo autoriza coaliciones cuando los partidos que las integran no superan el 15% de la votación válida de la elección inmediatamente anterior. En el caso del Pacto Histórico, al estar integrado por Colombia Humana, se llega casi al 62%.
En su opinión, este exceso constituye un incumplimiento claro de la norma constitucional, lo que justificó la intervención del CNE en la revocatoria de la lista por el Valle del Cauca.
Próximos pasos y expectativas
Con la solicitud de Cambio Radical, el CNE deberá evaluar si aplica el mismo criterio en las siete circunscripciones mencionadas, lo que podría generar un impacto significativo en la estrategia electoral del Pacto Histórico de cara a las elecciones de marzo.
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