
Los trabajadores colombianos se preparan para la fecha límite del pago de la prima de servicios, fijada por ley para el 20 de diciembre.
Este beneficio corresponde a un derecho laboral garantizado, que impacta las finanzas de millones de trabajadores en el país.
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La prima de servicios en Colombia consiste en una prestación social equivalente a treinta días de salario por cada año trabajado. El pago se distribuye en dos partes; la correspondiente al fin de año suele conocerse como “prima navideña” y abarca el período comprendido entre julio y diciembre.
El plazo para recibir esta suma culmina oficialmente el 20 de diciembre, fecha que representa un punto crítico en la agenda laboral de quienes dependen de estos recursos.

De acuerdo con la Ley 1788 de 2016, el derecho a la prima de servicios se amplió a todos los trabajadores que mantienen vínculo laboral, incluyendo a quienes prestan servicio doméstico, laboran por días o bajo contratos a tiempo parcial.
Pago de prima por trabajo por días
La legislación colombiana amplió este derecho a sectores que antes se encontraban excluidos, entre ellos los trabajadores domésticos y quienes cumplen jornadas intermitentes.
El empleador debe reconocer la prima de servicios sin importar si el contrato es indefinido, a término fijo, por obra o labor, o verbal.
El cálculo de la prima para trabajadores que laboran por días se rige por un criterio de proporcionalidad:
- El monto debe determinarse con base en la cantidad de días efectivamente trabajados durante el semestre de referencia.
Este pago proporcional responde al principio de equidad establecido en la legislación laboral. Según explicó el Ministerio de Trabajo, “todos los trabajadores con contrato laboral tienen derecho a la prima, sin importar si trabajan tiempo completo o por días”.
El procedimiento para obtener la cifra de la prima inicia con la determinación del Salario Base Mensual de Liquidación (Sbml).
El abogado y profesor, Iván Jiménez, del Observatorio Laboral de la Pontificia Universidad Javeriana indicó en entrevista con Infobae Colombia que el valor surge a partir de la suma de rubros fijos y variables: salario ordinario, auxilio de transporte (si aplica), y promedios de otros pagos considerados salario, como comisiones, horas extra, recargos nocturnos y dominicales, siempre que se paguen con frecuencia, así como cualquier bonificación que haga parte permanente del salario.
Según el jurista, en el caso de trabajadores por días, como las empleadas domesticas, el cálculo empieza con el valor diario de la remuneración; si la persona recibe auxilio de transporte y su ingreso no supera dos salarios mínimos mensuales legales vigentes, este concepto también se suma de forma diaria.
Posteriormente, la cifra diaria total se multiplica por el número de días realmente laborados en cada mes, con lo que se establece un promedio semestral.
- La fórmula legal para liquidar la prima contempla que el valor resultante debe multiplicarse por el total de días trabajados y dividirse entre trescientos sesenta (360).
Así se obtiene la fracción correspondiente, sin importar que el trabajador no haya laborado el semestre completo.

El Ministerio aclara ejemplos prácticos para orientar a empleadores y empleados. Si una persona ha trabajado cinco días a la semana durante un semestre, debe sumarse la remuneración total percibida incluidos pagos variables y auxilios, multiplicarse por el total de días trabajados, y dividirse luego según la fórmula establecida.
El Tiempo subraya que las dudas más comunes giran en torno al monto del auxilio de transporte y a cómo contabilizar los pagos no salariales.
A medida que se acerca la fecha, los organismos oficiales reiteran la importancia de mantener la transparencia y la puntualidad en el pago de la prima.
Iván Jiménez sostiene que, en caso de irregularidades, el trabajador puede interponer las denuncias correspondientes para que se tome la medida legal necesaria.

De este modo, la prima navideña representa uno de los derechos fundamentales de la relación laboral formal en Colombia.
La legislación ofrece un mecanismo claro para su cálculo, destinado a proteger el esfuerzo de quienes sostienen contratos por días, tiempo parcial o bajo cualquier otra modalidad establecida por la ley.
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