
La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia dejó en firme la negativa a la nulidad solicitada por Antonio Sanguino, actual ministro de Trabajo, frente a la acusación que se adelanta en su contra por el delito de tráfico de influencias, relacionada con el llamado “carrusel de la contratación” de Bogotá.
La decisión fue adoptada tras revisar el recurso de apelación interpuesto por la defensa del funcionario, quien había cuestionado el auto proferido el 8 de agosto de 2025 por la Sala Especial de Primera Instancia de la Corte.
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El fallo de la Corte, emitido el 26 de noviembre de 2025, indica que la alegación de invalidez planteada por la defensa “no pasa de ser una especulación acerca de un eventual desconocimiento de las garantías invocadas, que en su sentir podría llegar a producirse, pero que no constituye un acto cumplido con la virtualidad de demostrar una afectación real y cierta de las mismas”.
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En consecuencia, confirmó la decisión de primera instancia y precisó que contra esta resolución no proceden recursos.

Sobre el ‘carrusel de la contratación’
El proceso judicial tiene su origen en los hechos ocurridos entre el primer trimestre de 2008 y noviembre de 2009, cuando Antonio Sanguino era concejal de Bogotá. Según el escrito de acusación, Sanguino habría utilizado “indebidamente influencias derivadas del ejercicio de su cargo en provecho propio y de Héctor Julio Gómez González”, interviniendo en la selección y nombramiento de gerentes de hospitales públicos de la ciudad.
El alto tribunal detalla que Sanguino gestionó ante el entonces alcalde mayor de Bogotá, Samuel Moreno Rojas, y el secretario distrital de Salud, Héctor Zambrano Rodríguez, el nombramiento de Liliana Patricia Paternina Macea como gerente del Hospital de Usme. La investigación sostiene que su finalidad era “asegurar el control de dicha institución, en especial sobre los procesos de contratación que allí se debían adelantar”.
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Además, la Corte señaló que Sanguino actuó “por fuera del deber que tenía como servidor público de proceder con transparencia e imparcialidad para servir a la comunidad que lo eligió y garantizando la prevalencia del interés general, en contravía de los mandatos legales y constitucionales que rigen la función pública”.

Aunque los hechos datan de hace más de 15 años, la Sala de Primera Instancia descartó la prescripción de algunos cargos al considerar que “aún hay elementos jurídicos por esclarecer”, razón por la cual la Corte Suprema decidió continuar con el proceso y llevar a juicio al ministro.
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Defensa de Sanguino y seguimiento del proceso
Tras conocerse la decisión del alto tribunal, Sanguino emitió un comunicado en agosto de 2025 en el que defendió su trayectoria y criticó lo que considera un manejo mediático sesgado. “Estas determinaciones del más alto tribunal de la justicia colombiana son una muestra de que con plenas garantías constitucionales y legales del debido proceso los ciudadanos podemos defender nuestros derechos, muchas veces mancillados por especulaciones e irresponsables señalamientos mediáticos”, indicó.
El ministro agregó que, como ha sido su postura durante 18 años, seguirá compareciendo a todas las citaciones que le haga la Corte sin dilaciones ni maniobras distractoras. Además, hizo un llamado “a la responsabilidad y a la ética periodística” para evitar titulares que, según él, tergiversan el contenido de la decisión judicial.
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Con la confirmación de la Corte Suprema, la investigación sobre la actuación de Sanguino continúa y el proceso judicial seguirá su curso, con la fijación de audiencias y la presentación de pruebas por parte de la Fiscalía y la defensa. La decisión ratifica la autoridad de la Corte para dirimir recursos de nulidad y asegura que los procesos por presunta corrupción no queden sin revisión judicial.
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