Evite una multa en Navidad, alertan a conductores de carros y motos por incumplir normas con pasajeros

Las festividades de fin de año traen mayor circulación en las vías y mayor presencia de controles para conductores en Colombia, ¿conoce toda la normativa?

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Autoridades refuerzan los controles en
Autoridades refuerzan los controles en las vías durante la temporada navideña para verificar el cumplimiento de las normas de tránsito por parte de conductores y pasajeros - crédito Gobernación de Cundinamarca y Alcaldía de Bogotá

Durante la temporada de Navidad y Año Nuevo, los viajes por carretera en Colombia aumentan y las autoridades intensifican los controles en las vías del país, por eso es clave seguir las normativas de seguridad.

Los conductores de motocicletas y vehículos en Colombia se exponen a sanciones cuando transportan pasajeros sin cumplir los requisitos que establece la ley 769 de 2002, conocida como Código Nacional de Tránsito.

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Agentes de tránsito y sistemas de fotomultas vigilan en distintas ciudades el cumplimiento de las normas, cuyas infracciones más comunes son exceder los límites de velocidad, no portar licencia y circular sin el Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT).

El Código Nacional de Tránsito detalla sanciones específicas relacionadas con el transporte de pasajeros.

Agentes de tránsito realizan operativos
Agentes de tránsito realizan operativos en las carreteras para verificar el cumplimiento de la normativa en Navidad y Año Nuevo - crédito Imagen Ilustrativa Infobae

Un ejemplo es la multa de $604.100 para conductores de vehículos de cuatro ruedas que permiten que sus pasajeros en la parte trasera viajen sin cinturón de seguridad.

Además, el artículo 82 señala: los menores de 10 años “no podrán viajar en el asiento delantero del vehículo”, mientras que para los menores de 2 años, la ley indica: “podrán viajar en el asiento posterior haciendo uso de una silla que garantice su seguridad y que permita su fijación a él, siempre y cuando viaje únicamente en compañía del conductor”.

Con respecto al transporte de menores en motocicletas, la ley nacional no establece una restricción puntual sobre la edad mínima para pasajeros.

El Ministerio de Transporte, explica que la ley 769 de 2002 no menciona este aspecto de manera específica. Sin embargo, el artículo 6, parágrafo 3, determina: “los alcaldes, dentro de su respectiva jurisdicción, deberán expedir las normas y tomarán las medidas necesarias para el mejor ordenamiento del tránsito de personas, animales y vehículos por las vías públicas con sujeción a las disposiciones del presente código.”

Esto implica que cada ciudad o municipio puede fijar reglas adicionales conforme a sus necesidades. En Bogotá, el decreto 35 de 2009 prohíbe explícitamente el tránsito de motocicletas con acompañantes menores de 10 años o mujeres en estado de embarazo.

Los controles durante las festividades
Los controles durante las festividades buscan garantizar la seguridad de pasajeros y conductores en todo el país. - crédito Secretaría de Movilidad

En Cartagena, el Departamento Administrativo de Tránsito y Transporte (Datt) aplica multas de $711.750 por transportar acompañantes menores de esa edad, bajo el argumento de que “el cerebro y el cráneo de los niños aún no están completamente desarrollados, lo que los hace más susceptibles a lesiones cerebrales en caso de impactos en motocicletas”.

La autoridad local tiene competencia para establecer estas disposiciones adicionales y fijar multas según la jurisdicción.

De no respetarse estas restricciones, tanto motociclistas como conductores de automóviles pueden recibir sanciones económicas y quedar bajo investigación por parte de las autoridades de tránsito.

La normativa busca salvaguardar la integridad de los pasajeros, en especial de los menores, y promueve el cumplimiento estricto del Código Nacional de Tránsito en todo el territorio nacional.

Asimismo, transportar pasajeros en moto sin casco o sin chaleco reflectivo en Colombia implica una multa de 15 salarios mínimos diarios legales vigentes por cada falta. En 2025, cada infracción equivale a $711.750.

Según la normativa, circular sin casco puede llevar además a la inmovilización de la moto. El uso del chaleco reflectivo constituye una infracción C24 y es obligatorio para todos los ocupantes entre las 6 p.m. y las 6 a.m., o cuando exista baja visibilidad.

Por otro lado, la infracción por sobrecupo en Colombia, identificada como C15, aplica a conductores de motos y carros. El valor corresponde a 15 salarios mínimos diarios legales vigentes, que equivale a $650.000 en 2024 y a $711.750 en 2025. Esta sanción no implica la inmovilización del vehículo. La licencia de tránsito señala el número máximo de pasajeros permitido para cada vehículo.

En época de vacaciones, aumenta
En época de vacaciones, aumenta la vigilancia para asegurar que motos y carros respeten las reglas de tránsito - crédito Imagen Ilustrativa Infobae

Los conductores deben consultar las regulaciones de su ciudad o municipio y asegurarse de que todos los pasajeros cumplan con los requisitos estipulados al momento de desplazarse en carro o motocicleta.

La vigilancia en las vías continúa reforzándose, con controles por parte de agentes de tránsito y sistemas automáticos, para aplicar las sanciones previstas en la ley.

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