
Frisby Colombia confirmó que recibió una decisión favorable por parte del Juzgado de lo Mercantil n.° 2 de Alicante, en España, dentro del proceso que adelanta contra la empresa Frisby España, S.L. La compañía aseguró, en un comunicado que, confía “plenamente en el desarrollo del proceso legal, en el marco de la transparencia”, con referencia a los demás trámites que siguen en curso en territorio europeo.
Según explicó la empresa, la notificación corresponde a un auto fechado el 25 de noviembre de 2025, mediante el cual el tribunal estima y concede íntegramente las medidas cautelares solicitadas por Frisby S.A. BIC frente a la compañía española.
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El documento destacó que la marca de la Unión Europea titularidad de Frisby sigue vigente y reconoce los derechos de Frisby S.A. BIC sobre la marca notoria “FRISBY” en España. De acuerdo con el auto citado por la compañía, los argumentos y pruebas presentados “permiten afirmar, con un grado de verosimilitud más que suficiente, que la actuación llevada a cabo por la demandada constituye, con carácter indiciario y, con la provisionalidad que exige el momento, infracción de su marca registrada, así como aprovechamiento de su reputación”. El tribunal también señaló la urgencia de las medidas para “impedir que se perpetúe la situación de confusión y engaño que se denuncia”.
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Como resultado, la justicia española ordenó a Frisby España, entre otras obligaciones, cesar de manera inmediata el uso de la marca FRISBY o de signos similares, detener el uso del “Pollo Frisby”, frenar actos de competencia desleal y suspender el funcionamiento de su página web www.frisby.es y sus perfiles en redes sociales, además de bloquear el dominio y evitar cualquier transferencia. El tribunal también prohíbe nuevas campañas de captación de inversores o franquiciados y cualquier publicidad que utilice derechos de propiedad intelectual de Frisby.
El comunicado señala además avances en otro frente del litigio, el procedimiento de nulidad por mala fe que Frisby S.A. BIC adelanta ante la Oficina Europea de Propiedad Intelectual (Euipo) para anular el registro de la empresa española. En este caso, la autoridad rechazó la solicitud de suspensión de términos presentada por “Frisby España” y confirmó que la compañía deberá presentar sus observaciones antes del 21 de enero de 2026.
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Frisby S.A. BIC reiteró su agradecimiento por la atención pública al caso y reafirmó su compromiso con la transparencia. “Confiamos plenamente en el desarrollo del proceso legal, en el marco de la transparencia”, señaló el comunicado, en el que la empresa asegura que seguirá informando “sobre hechos reales conforme sea oportuno y respetando la confidencialidad de esto”.
Frisby España también se pronunció
Frisby España anunció que pospondrá su apertura para el 1 de marzo de 2026, una fecha que, según explicó la compañía, podría modificarse según avance el proceso legal en curso. La empresa afirmó que, mientras tanto, su equipo “seguirá perfeccionando procesos, estándares de calidad, logística, cocina y experiencia de cliente, para ofrecer un lanzamiento impecable en cuanto exista una resolución firme sobre las medidas cautelares“.
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En un comunicado enviado, Frisby España sostuvo que “aunque la posición jurídica de Frisby España S.L. es sólida y está respaldada por normativa europea y española, la resolución adoptada por el tribunal resulta sorprendente, especialmente teniendo en cuenta el estado actual de los derechos marcarios de la parte actora“.
Pese a ello, la empresa insistió en que el proceso principal sigue su curso normal y que la decisión cautelar no define el resultado definitivo. “Como es habitual, esta resolución cautelar no prejuzga en absoluto el resultado del procedimiento principal, que continúa su tramitación ordinaria“. Por esta razón, Frisby España confirmó que ya prepara el recurso de apelación, que pasará a estudiar la Audiencia Provincial en las próximas semanas.
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