
La defensa de Santiago Uribe Vélez se pronunció, luego de que se conociera que el Tribunal Superior de Antioquia revocó el 25 de noviembre de 2025 la absolución dictada en primera instancia, que dicta una condena contra el procesado por los delitos de concierto para delinquir agravado y homicidio agravado.
El anuncio se realizó mediante un comunicado dirigido a la opinión pública.
En su mensaje, los abogados principales, suplentes y el vocero de la defensa resaltaron que, aunque manifiestan respeto por la decisión judicial, consideran que la condena representa una sanción injusta para un ciudadano que, a su juicio, es “inocente”.
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El equipo jurídico enfatizó: “Consideramos, por la realidad probatoria del caso, que la misma trae consigo la injusta condena de un ciudadano inocente como lo es Santiago Uribe Vélez”.
Los defensores adelantaron que presentarán una “impugnación especial” ante la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia.
Manifestaron su confianza en que, en esa instancia, “prevalecerá la verdad y la justicia sobre los hechos que han sido puestos en controversia”. La comunicación fue suscrita por Jaime Enrique Granados, Juan Felipe Amaya y Jesús Albeiro Yepes, que integran la defensa técnica y material de Uribe Vélez.
El comunicado reitera la intención de la defensa de agotar todas las vías legales y resalta que la notificación oficial del fallo fue recibida en la fecha indicada.
Se espera que la impugnación especial sea sustentada en los próximos días y que el expediente llegue a la Corte Suprema de Justicia para revisión de la sentencia.
La condena dictada por el Tribunal Superior de Antioquia representa un giro en el proceso judicial que venía adelantándose desde anteriores instancias. El caso, seguido de cerca por los medios de comunicación, ha despertado atención pública por el impacto político y social del apellido Uribe en el país.
Tribunal Superior de Antioquia condenó a Santiago Uribe Vélez a 28 años de prisión por caso “Los 12 Apóstoles”
El Tribunal Superior de Antioquia dictó sentencia en segunda instancia y condenó a Santiago Uribe Vélez, hermano del expresidente Álvaro Uribe Vélez, a 28 años y tres meses de prisión por los delitos de homicidio agravado y concierto para delinquir.
La decisión, tomada de manera unánime y revelada el 25 de noviembre de 2025, revoca la absolución previa y declara responsable a Uribe Vélez como líder del grupo paramilitar conocido como “Los 12 Apóstoles”.
Según la decisión notificada por el Tribunal, Uribe Vélez ejerció la jefatura de la organización y fue señalado como responsable de varios homicidios cometidos durante la década de 1990 en el norte de Antioquia, especialmente en los municipios de Yarumal, Campamento y Valdivia.

Entre las víctimas asociadas a la estructura figuran Camilo Barrientos, Jorge Yubán Ceballos, Jorge Iván Serna, William Restrepo Cárdenas, Januario Pérez, Luis Fernando Restrepo Hincapié, Wilson de Jesús Agudelo Piedrahita, Alberto de Jesús Castañeda, Darío de Jesús Palacio Lopera, Jorge de Jesús Quintero, John Jairo Olarte Quintero y Manuel Vicente Varelas.
La Sala Penal del Tribunal concluyó que la prueba recaudada brinda “certeza racional acerca de la responsabilidad penal en cabeza de Santiago Uribe Vélez en la conformación y dirección del grupo criminal que desplegó sus acciones en la zona del norte de Antioquia”.
La sentencia, de 307 páginas, resalta que el acusado utilizó la hacienda La Carolina, de la cual era administrador y copropietario, como base de operaciones para encuentros, presencia y entrenamiento de hombres armados con fines ilícitos.
El fallo judicial niega la posibilidad de prisión domiciliaria y suspende cualquier medida alternativa a la cárcel. Además, indica que, una vez se confirme la decisión y quede en firme, se expedirá orden de captura contra el condenado para que cumpla la pena impuesta.
También ordena compulsar copias a la Fiscalía General de la Nación para que se investigue la posible responsabilidad de Uribe Vélez en otras muertes atribuidas al aparato criminal.
En relación con la absolución emitida en 2024, el Tribunal recordó que la Fiscalía presentó recurso de apelación después de que el ganadero fuera exonerado por el asesinato de Barrientos en Yarumal y por concierto para delinquir agravado. La instancia actual concluyó que la valoración de las pruebas en el fallo inicial fue insuficiente y criticó los argumentos presentados por la defensa, descartando que el proceso hubiera obedecido a motivaciones políticas.
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