
La Procuraduría General de la Nación formuló cargos al profesional de la Regional Valle del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (Icbf), José Gustavo Fierro Barahona, por presuntos actos injuriosos de contenido sexual contra una compañera de trabajo ocurridos en diciembre de 2021.
Según comunicó la entidad, el proceso recibió tratamiento con enfoque de género y seguimiento de las recomendaciones de ley.
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“La Procuraduría General de la Nación profirió cargos al profesional de la Regional Valle del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (Icbf), José Gustavo Fierro Barahona, por los presuntos actos injuriosos en que incurrió contra una compañera el pasado diciembre de 2021. El Ministerio Público resaltó que el proceso se trabajó con el enfoque de género correspondiente y siguiendo las recomendaciones impartidas en los informes de implementación de la ley”, se lee en el comunicado.

De acuerdo con información divulgada por la Procuraduría Regional de Instrucción del Valle del Cauca, Fierro Barahona habría realizado insinuaciones de índole sexual consideradas irrespetuosas y opuestas a los principios de imparcialidad y rectitud exigidos a funcionarios en su desempeño laboral y personal.
El Ministerio Público señaló que el investigado, siendo jefe de la persona afectada, se habría aprovechado de su condición jerárquica, con lo que afectó su situación laboral y personal, vulnerando principios legales y de convivencia.
"El ente de control indicó que el disciplinable pudo aprovecharse de su condición de jefe de la persona afectada, para utilizar esa superioridad jerárquica violentando su situación laboral y personal, en contravía de los preceptos constitucionales, legales, reglamentarios y de convivencia", precisa el comunicado de la Procuraduría.

La Procuraduría afirmó que, con este posible comportamiento, Fierro Barahona habría lesionado la integridad, dignidad y estado emocional de la compañera, atentando contra su derecho a una vida libre de violencia.
El ente de control calificó de manera provisional la acción como falta disciplinaria grave cometida a título de dolo, tras considerar que se quebrantó el principio de moralidad que rige el servicio público.
Sanciones
En Colombia, las sanciones por acoso sexual contra empleados del Estado están definidas por una serie de normas legales que buscan proteger a las víctimas y erradicar estas conductas en el sector público.
De acuerdo con la Procuraduría General de la Nación, el acoso sexual laboral es considerado una falta disciplinaria gravísima conforme a lo establecido en la Ley 1010 de 2006.
La aplicación del Código Disciplinario Único contempla sanciones como la destitución del cargo, la inhabilitación para ejercer funciones en entidades estatales y el pago de multas, las cuales varían según cada caso.

Tras la entrada en vigor de la Ley 2365 de 2024, se reforzaron los procedimientos para prevenir y sancionar el acoso sexual laboral.
Esta legislación describe el acoso como cualquier acto de persecución, hostigamiento o asedio de índole sexual que ocurre en relaciones de poder en el ámbito laboral, y exige la adopción de medidas de prevención, atención y protección en instituciones públicas y privadas.
Por medio del Decreto 405 de 2025, el Ministerio de Trabajo estableció que los empleadores del sector estatal que despidan o sancionen a un trabajador denunciante de acoso sexual pueden ser sancionados con multas que van de 1 a 5.000 salarios mínimos legales diarios vigentes, dependiendo del tamaño de la entidad. Esta medida pretende garantizar que las víctimas cuenten con protección y respaldo efectivo para denunciar sin temor a represalias laborales o económicas.
La Procuraduría General de la Nación ha emitido directrices orientadas a fortalecer la prevención de la violencia sexual y de género en entidades estatales y privadas. Entre las recomendaciones se destaca la habilitación de canales seguros para la denuncia y la obligatoriedad de cumplir estándares internacionales para la protección de los derechos de las víctimas.
Un empleado del Estado que incurra en acoso sexual se enfrenta a procesos disciplinarios, destitución inmediata, inhabilidad para asumir cargos públicos y sanciones económicas de gravedad, conforme a las leyes vigentes y directrices expedidas por las autoridades colombianas.
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