Bogotá oficializó la radicación de un proyecto de acuerdo por parte del vicepresidente del Concejo de Bogotá, Juan David Quintero, que propone la creación de un escuadrón de agentes de tránsito exclusivo para el control, protección y gestión de la red de ciclorrutas, una de las más grandes de América Latina.
De acuerdo con el cabildante, la medida responde a la necesidad de salvaguardar a los usuarios más vulnerables del sistema de movilidad sostenible y de enfrentar situaciones de riesgo que hoy afectan cotidianamente los recorridos en bicicleta.
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El proyecto surgió a raíz de incidentes frecuentes en estos corredores, provocados por la invasión de peatones, bicitaxis, vendedores ambulantes, motocicletas de combustión y eléctricas, ciclomotores y, en ocasiones, por conductas imprudentes de los propios ciclistas. Este fenómeno ha generado preocupación por la alta accidentalidad y la percepción de inseguridad en las ciclorrutas de la capital.
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De acuerdo con el artículo 4 del proyecto, la Administración distrital deberá instalar, de forma progresiva, un cuerpo de agentes especializado y exclusivo para las ciclorrutas, estratégicamente distribuidos en los puntos más solicitados y problemáticos de la red. Estos funcionarios serán responsables de controlar, vigilar y gestionar el tránsito en dichos corredores, además de promover comportamientos seguros y, según el contexto, imponer sanciones a quienes no respeten la norma.
El objeto central de la propuesta consiste en proteger y favorecer la movilidad de los usuarios más vulnerables, como niños, jóvenes, mujeres y personas con discapacidad, para incrementar los viajes en bicicleta y garantizar que la ciudadanía pueda desplazarse bajo parámetros de seguridad y respeto en el espacio público.
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La relevancia del proyecto es respaldada por la Ley 769 de 2002 (Código Nacional de Tránsito Terrestre), la Ley 1811 de 2016 (incentivos para la bicicleta) y la Ley 2251 de 2022 (Ley Julián Esteban de seguridad vial), que priorizan la vida y la integridad de los actores viales y avalan la intervención de las autoridades para preservar la función de la infraestructura pública.
La propuesta encuentra fundamento en datos recientes. Según la Encuesta de Movilidad 2023, la bicicleta fue el medio protagonista de 886.000 desplazamientos diarios en Bogotá, lo que representa el 7,3% de los viajes en la ciudad. La red de ciclorrutas pasó de 10 kilómetros en el año 2000 a 661 kilómetros para 2025, con una meta de 754 kilómetros en 2035. Sin embargo, la Secretaría de Movilidad reportó 11.108 siniestros con bicicletas, 10.395 lesionados y 411 fallecidos en incidentes ocurridos entre enero de 2020 y junio de 2025, cifras que evidencian la urgencia de fortalecer la institucionalidad y el control.
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Quintero explicó el alcance de la propuesta a Infobae Colombia, consultado sobre la capacidad sancionatoria y el respaldo legal para multar a ciclistas que infrinjan las normas. “Estos agentes serán formados y capacitados directamente por la Secretaría de Movilidad, con competencias especiales y específicas para las ciclorrutas y los actores viales permitidos… tanto para protegerlos de otros, como, por ejemplo, las motos que invaden las ciclorrutas, como para exigir que los ciclistas también respeten las normas de tránsito. Es un cuerpo que tiene vocación exclusiva para ciclorrutas, pero también podrá ser empleado en otras tareas si la ciudad lo requiere”, afirmó el cabildante.
Además, agregó que estos funcionarios contarán con respaldo para aplicar sanciones que prevé el Código Nacional de Tránsito, entre ellas las contempladas en el artículo 131 literal A, que establece multas equivalentes a cuatro salarios mínimos legales diarios vigentes al conductor de un vehículo no automotor que no acate las disposiciones regulatorias.
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Deberes y responsabilidades de los ciclistas
Entre los deberes de los ciclistas se encuentra respetar señales y semáforos, conservar la velocidad moderada, circular por la derecha, no tomar los carriles exclusivos de TransMilenio, y, en caso de utilizar la calzada, ocupar el carril derecho y transitar en el sentido del tráfico.
Igualmente, deben llevar la bicicleta a pie por aceras y puentes, evitar adelantar entre vehículos, portar casco y elementos reflectivos, utilizar luces blancas y rojas cuando circulen en la oscuridad y mantener la distancia prudente respecto a otros automotores. El incumplimiento de estas obligaciones derivará en sanciones claras, tal como lo estipulan los artículos aplicables de la Ley 769 de 2002. Entre las conductas sancionables se incluyen:
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- No transitar por la derecha de la vía.
- Agarrarse de otro vehículo.
- Transportar objetos que dificulten la conducción.
- Circular por andenes, aceras o puentes peatonales.
- Desobedecer señales de tránsito.
- Carecer de dispositivos luminosos reglamentarios.
- Utilizar zonas prohibidas, vías de alta velocidad o prestar servicio público sin autorización.
Además, otras infracciones como circular a más de un metro de la acera, transitar en grupo sin respetar la fila india, exceder los límites de velocidad o avanzar por la vía férrea pueden acarrear sanciones educativas, amonestaciones y en casos reiterados, la inmovilización temporal de la bicicleta hasta por 40 días. El agente de tránsito especializado podrá imponer, según lo dispuesto por la norma, amonestaciones, comparendos educativos y sanciones económicas a quienes incumplan el reglamento.
El proyecto, que es acompañado por la Secretaría de Movilidad y que buscará su aprobación en el Concejo, persigue transformar a Bogotá en una capital referente de movilidad sostenible, donde la convivencia sea norma y los derechos de todos los usuarios, tanto peatones como ciclistas, estén protegidos bajo un marco institucional robusto y con agentes dedicados exclusivamente a garantizar el cumplimiento de la ley en la red de ciclorrutas.
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