
La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) impuso una sanción millonaria a la empresa Comercializadora del Llano S.A., con sede en Villavicencio (Meta), tras constatar que uno de sus productos incumplía con el contenido de peso declarado en el empaque.
La medida, que se dio a conocer el pasado 31 de julio de 2025, se basa en una investigación iniciada en noviembre de 2022, y se relaciona con el producto “Arroz del Llano” en su presentación de 500 gramos, correspondiente al lote 4759.
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Menos arroz del que se paga
Durante la inspección técnica realizada en la planta de empaque de la empresa, la SIC determinó que cada bolsa contenía 1,89 gramos menos de lo anunciado, lo cual, aunque pueda parecer mínimo, representa un incumplimiento de la normativa metrológica vigente. Según el informe oficial, solo en ese lote puntual, el déficit total de producto equivale a más de 34 bolsas de 500 gramos, afectando directamente el bolsillo de los consumidores.
“Cuando la información declarada en un empaque no corresponde con la realidad, se vulnera la confianza del consumidor y se afecta directamente su bolsillo”, enfatizó la Superintendencia.

El arroz, por tratarse de un alimento de primera necesidad y de venta masiva, está sometido a regulaciones estrictas, especialmente en lo relacionado con el peso neto anunciado en el empaque. La SIC recordó que este producto es parte fundamental de la canasta básica familiar y constituye un elemento esencial en la dieta diaria de millones de colombianos.
Una sanción por más de $335 millones
Tras los hallazgos, la SIC emitió la Resolución 42953 del 11 de julio de 2025, mediante la cual impuso una sanción económica en primera instancia por $335.008.000 a Comercializadora del Llano S.A. La resolución se basa en lo establecido por la Resolución 32209 de 2020, que regula los requisitos metrológicos para productos preempacados.
Según explicó la Superintendencia, la muestra fue recolectada de manera aleatoria conforme a los procedimientos técnicos estipulados, y el lote verificado corresponde a una jornada de producción de una hora, compuesta por 9.000 unidades.
“La metrología legal es una herramienta de vigilancia del mercado que garantiza que cada gramo, mililitro o unidad anunciada corresponda con lo que el consumidor efectivamente recibe”, señaló la entidad en su comunicado.

Impacto en la confianza del consumidor
El caso no solo implica un perjuicio económico, sino que también genera un daño en la relación de confianza entre consumidores y empresas. La SIC ha reiterado que este tipo de prácticas representan una falla grave en la transparencia comercial, especialmente cuando se trata de productos de alta rotación y consumo masivo como el arroz.
“El arroz no es cualquier producto: es parte de la canasta básica y protagonista en la dieta del país. Cuando se engaña al consumidor con el peso, se rompe un principio básico de transparencia comercial”, se lee en el documento sancionatorio.

Llamado a cumplir la ley
La Superintendencia aprovechó este caso para hacer un llamado a todos los actores del mercado a cumplir con la normatividad vigente, no solo por obligación legal, sino como un compromiso ético con los consumidores colombianos.
Además, recordó que contra la decisión proceden los recursos de reposición y apelación, conforme lo dispuesto por la ley, por lo que la empresa aún puede controvertir la sanción en las instancias correspondientes.
El papel del consumidor en la vigilancia del mercado
Este caso también visibiliza la importancia del rol activo del consumidor. Aunque muchos ciudadanos no revisan con detalle los empaques de los productos que compran, gracias a las denuncias o reportes realizados por algunos consumidores atentos, las autoridades pudieron detectar y sancionar esta práctica.
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