
La Secretaría Jurídica de la Presidencia emitió una advertencia a los integrantes del gabinete ministerial, tras detectarse retrasos en los tiempos establecidos para presentar objeciones presidenciales a proyectos legislativos ya aprobados.
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La notificación, firmada el 25 de julio por el secretario jurídico Augusto Ocampo, fue dirigida a los jefes de cartera y altos funcionarios del Ejecutivo.

La circular hizo énfasis en el cumplimiento de los plazos legales que deben respetarse una vez el Congreso aprueba leyes con menos de 20 artículos. En esos casos, los ministerios tienen un margen de dos días hábiles para presentar sus objeciones al presidente de la República.
“Si no se cumplen esos plazos, se enviará el caso a ‘las instancias disciplinarias pertinentes (...) máxime cuando este incumplimiento le impida al presidente de la República cumplir con un mandato constitucional’”, señala el documento revelado por El Espectador.
Esta advertencia surgió luego de que tres proyectos legislativos avanzaran en el Congreso sin recibir observaciones del Ejecutivo dentro del término correspondiente. Al no objetarse en el plazo fijado, las leyes siguieron su curso sin reparos de la Casa de Nariño.

Fue el entonces presidente del Senado, Efraín Cepeda, quien objetó la omisión y dejó constancia de que el jefe de Estado no ejerció su facultad dentro del tiempo establecido.
Los proyectos a los que hace referencia la circular están relacionados con diferentes áreas. El primero modifica el funcionamiento del Fondo Nacional de Pensiones de las Entidades Territoriales (Fonpet), un fondo sobre el cual existen investigaciones periodísticas previas.
El segundo plantea una política pública de apoyo a micronegocios barriales y vecinales. El tercero contempla la inclusión de los humedales en el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres.
La circular fue firmada por Augusto Ocampo, quien ocupa el cargo de secretario jurídico de Presidencia y ha sido vinculado previamente a otros funcionarios del Gobierno, en particular al ministro de Salud, Guillermo Alfonso Jaramillo. Ocampo ha desempeñado funciones en distintas entidades públicas y ha estado vinculado a episodios que han generado debates en escenarios políticos y judiciales.
Entre sus antecedentes está su paso como zar anticorrupción de la Alcaldía de Ibagué, durante la administración de Jaramillo. También fue director distrital de asuntos disciplinarios en la Alcaldía de Bogotá, durante el periodo de Gustavo Petro como alcalde. Más adelante, se desempeñó como magistrado auxiliar, conjuez del Tribunal Superior de Bogotá y fiscal en la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP).
Durante las protestas sociales de 2021, participó como asesor jurídico de la Colombia Humana y lideró la llamada “Primera Línea Jurídica”, una estrategia legal que buscaba asistir judicialmente a personas detenidas durante las movilizaciones. Esa actuación le dio notoriedad dentro de los sectores cercanos al actual Gobierno.

En medio de sus labores públicas, su nombre apareció en medios de comunicación por contrataciones en la Alcaldía de Ibagué. Según una nota publicada en 2018 por El Olfato, mientras ejercía como zar anticorrupción, su pareja y su hija también fueron vinculadas a la administración local, en dependencias como la Secretaría de Hacienda, encargada de supervisar su gestión.
Más adelante, mientras trabajaba en la administración de Petro en Bogotá, fue sancionado por la Personería Distrital con una inhabilidad de diez meses. La medida se tomó debido a “expresiones irrespetuosas y calumniosas contra reconocidos periodistas del país y contra la veedora distrital, Adriana Córdoba” publicadas en su cuenta de Twitter. No obstante, fue absuelto en segunda instancia.
En 2024, la Comisión Seccional de Disciplina Judicial de Ibagué también lo sancionó con una inhabilidad de cuatro meses por un caso derivado de una denuncia por presunta estafa. Un ingeniero lo contrató para un trámite legal, asegurando haberle entregado $10 millones de pesos, pero según la queja, Ocampo no habría realizado la diligencia correspondiente. Sin embargo, el abogado apeló la decisión y fue absuelto. Según los documentos del proceso, logró demostrar que solo recibió la mitad del monto pactado y que la presentación de los documentos dependía del pago total. Incluso, llegó a un acuerdo con su cliente para la devolución del anticipo.
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