
El dueño de un almacén en el centro comercial de Manizales fue condenado a 32 meses de prisión y a una multa de 17 salarios mínimos legales mensuales vigentes (es decir, más de 24 millones de pesos colombianos) por vender prendas falsificadas de las marcas Adidas y Nike.
Todo luego de una investigación que incluyó la denuncia directa de ambas compañías y la intervención de un agente encubierto.
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El caso, que se resolvió en un juzgado de la capital de Caldas y que se conoció gracias a un informe del diario La Patria, mostró la lucha de las grandes marcas contra la comercialización de productos no originales y las consecuencias legales para quienes incurren en la usurpación de derechos de propiedad industrial.
La investigación comenzó cuando Adidas y Nike presentaron una denuncia formal ante las autoridades, señalando la venta de prendas con sus marcas en almacenes de Manizales a precios considerablemente bajos.
Con agente encubierto se dieron cuenta que vendían prendas de Adidas y Nike en Manizales
La denuncia motivó la actuación de un agente encubierto, que acudió al local del comerciante investigado y adquirió dos camisetas, cada una por $35.000.
Luego, un perito analizó las prendas y determinó que eran falsificaciones, y se detalló que “sus características no eran reales y poseían etiquetas falsas”, explicó el mismo medio local.

Este hallazgo resultó clave para el avance del proceso judicial, y durante el allanamiento realizado en el local comercial, las autoridades incautaron un total de 49 prendas, entre camisetas y pantalones de marcas reconocidas como Adidas, Puma, Nike, Diesel, Tommy y Levis.
Dentro de la investigación, una trabajadora del almacén fue entrevistada y explicó que los dueños del negocio se encargaban de comprar los productos, traerlos y exhibirlos, mientras que ella solo los vendía al precio que le indicaban. La empleada aseguró desconocer el origen de las prendas.
El proceso judicial culminó cuando el comerciante aceptó los cargos ante el juzgado de Manizales.
No obstante, y como la pena impuesta es inferior a cuatro años, el juez concedió la suspensión condicional de la pena. Esto quiere decir que el hoy condenado permanecerá en libertad bajo ciertos requisitos, pero quedará con antecedentes penales. Además, y durante el periodo de la condena, no podrá ejercer su derecho al voto ni ocupar cargos públicos.
Por último, el juzgado también ordenó la destrucción de toda la mercancía incautada.
La normativa colombiana que protege a las marcas en casos donde se venden prendas falsas
El mismo medio en Manizales confirmó que, tras la condena, las marcas afectadas podrán iniciar un incidente de reparación integral, con el objetivo de solicitar una compensación económica por los daños sufridos debido a la comercialización de productos falsificados.
Este procedimiento busca resarcir el perjuicio económico y reputacional ocasionado a las compañías titulares de las marcas.

En cuanto a la normativa en el país, el delito por el que fue procesado el comerciante se encuentra tipificado en el artículo 306 del Código Penal colombiano, que sanciona la usurpación de derechos de propiedad industrial y derechos de obtentores de variedades vegetales.
Según reza en el artículo, quien utilice fraudulentamente nombres comerciales, marcas, patentes, modelos de utilidad o diseños industriales protegidos legalmente, o comercialice bienes producidos en tales condiciones, puede enfrentar penas de prisión de 4 a 8 años y multas que oscilan entre 26,66 y 1.500 salarios mínimos legales mensuales vigentes.
La ley también contempla sanciones para quienes financien, suministren, distribuyan, pongan en venta, comercialicen, transporten o adquieran con fines comerciales bienes producidos en estas circunstancias.
Otra comerciante en Manizales se declaró culpable, pero sacó un ‘as bajo de la manga’ que de nada le sirvió
El fenómeno de la venta de productos falsificados no es nuevo en Manizales. Otro caso ocurrido en 2017 tuvo como protagonista a una comerciante dedicada a la venta de tenis falsificados de marcas como Adidas, Puma, Nike, New Balance y All Star.
La mujer fue capturada por investigadores de la Sijín en el centro de la ciudad. En esa ocasión, los representantes de las marcas presentaron denuncias formales y la comerciante aceptó en un principio los cargos.
Sin embargo, después de contratar a un abogado de confianza, la empresaria se retractó y optó por ir a juicio, argumentando que existía la posibilidad de que la acción penal prescribiera y que la Fiscalía pretendía acelerar el proceso judicial.
El litigante defensor alegó que la conducta de su clienta podría considerarse atípica, dado que ella desconocía que estaba cometiendo un delito.

Además, sostuvo que la comerciante se encontraba bajo los efectos de un medicamento cuando aceptó los cargos, y esto llevó a un juez a anular dicha aceptación. Al final, y tras el juicio, la comerciante fue declarada inocente, según la información proporcionada por su abogado.
Este episodio da una muestra de la complejidad de estos procesos, donde factores como el desconocimiento del delito o circunstancias personales pueden influir en el desenlace judicial.
Por tal motivo, la condena del comerciante en Manizales constituye un precedente relevante en la aplicación de estas normas y en la defensa de los derechos de los titulares de las marcas.
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