
La senadora del Pacto Histórico Isabel Zuleta ordenó la salida de cabecillas de bandas criminales de Medellín para que participaran en un evento público con el presidente Gustavo Petro en el centro administrativo de La Alpujarra, lo que generó una fuerte polémica en la opinión pública.
El episodio, que involucra a figuras clave del crimen organizado en la capital antioqueña, quedó documentado en una resolución firmada por el director de Custodia y Vigilancia (e) del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (Inpec), el teniente coronel Rolando Antonio Ramírez Sanabria.
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El documento, al que accedió Semana, detalla el procedimiento y las condiciones bajo las cuales se autorizó el traslado de los privados de la libertad, así como la participación de la senadora en la solicitud.
En el archivo se lee que el 19 de junio de 2025, la congresista Isabel Zuleta, quien ostenta el cargo de “coordinadora para la construcción de paz urbana – Medellín y Valle de Aburrá”, remitió una comunicación formal al Inpec. En esta misiva, Zuleta solicitó el traslado de varios reclusos, todos ellos identificados como cabecillas de bandas criminales, para que pudieran asistir a un acto público con el presidente Gustavo Petro en la plazoleta de La Alpujarra, en la ciudad de Medellín.

La petición de la senadora se fundamentó en precedentes: según el archivo, delegados del Gobierno nacional ya habían realizado solicitudes similares en al menos tres ocasiones permitiendo que algunos detenidos salieran a las calles de la capital antioqueña para dialogar con sus bases y con la población civil.
La lista de nombres incluidos en la solicitud de Zuleta es reveladora. Entre los privados de la libertad mencionados figuran Juan Fernando Álvarez, conocido como alias Juan 23; Alber Antonio Henao Acevedo; Juan Carlos Mesa Vallejo, alias Tom; Freyner Alfonso Ramírez García, alias Carlos Pesebre; Juan Camilo Rendón Castro, alias Saya; Jorge de Jesús Vallejo Alarcón, alias Calambre; José Leonardo Muñoz Martínez, alias Douglas; Walter Alonso Román Jiménez y Dayron Alberto Muñoz Torres. Todos ellos debían ser trasladados el sábado 21 de junio, “para participación en acto público con el presidente de la República en vía pública, en la plazoleta de La Alpujarra, en la ciudad de Medellín”, según se lee en un fragmento de la resolución a la que tuvo acceso el medio citado.

La respuesta del Inpec a la solicitud de la senadora fue afirmativa, aunque incluyó una advertencia explícita sobre las condiciones del traslado. El documento oficial establece: “Deberán ser regresados a su lugar de origen de inmediato, una vez culmine la diligencia señalada. (…). Las remisiones respectivas se efectuarán bajo rigurosas y extremas medidas de seguridad tendientes a garantizar la vida e integridad de las personas privadas de la libertad, así como a evitar posible fuga o rescate”. Esta disposición refleja la preocupación de las autoridades penitenciarias por los riesgos inherentes a movilizar a individuos de alto perfil criminal fuera de los recintos carcelarios.
El traslado de los reclusos quedó bajo la responsabilidad de la dirección de la cárcel con alta y media seguridad de La Paz, ubicada en el municipio de Itagüí. Para la operación, se contempló el apoyo de la Fuerza Pública y del grupo de operativos especiales, con el objetivo de reforzar la seguridad durante todo el proceso. Además, la resolución incluyó una restricción tajante: “Los PPL (persona privada de la libertad) tienen rotundamente prohibido cualquier contacto con personas diferentes a los que realizan la diligencia judicial”. Esta medida buscó limitar cualquier interacción no autorizada que pudiera producirse durante el evento.
Expertos en la materia, citados por Semana, plantearon interrogantes sobre la legalidad del procedimiento. En particular, cuestionaron si la decisión del Inpec debió contar con el respaldo de un juzgado, dado el perfil de los reclusos y la naturaleza del evento. La ausencia de una orden judicial específica para este tipo de traslados abre un espacio de incertidumbre sobre los límites de la autoridad administrativa frente a la judicial en el manejo de personas privadas de la libertad.
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