
En la mañana del 10 de junio, se llevó a cabo la primera audiencia en contra del menor de edad que le disparó al senador y precandidato presidencial Miguel Uribe Turbay, en la que el joven no aceptó los cargos de tentativa de homicidio y porte ilegal de armas.
Horas más tarde, en rueda de prensa, la fiscal General de la Nación, Luz Adriana Camargo, anunció que el menor será incluido en el Programa de Protección de Testigos, que en algunos casos incluye reubicación de su familia y cambio de nombre de las personas que puedan estar en riesgo.
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“Tenemos un primer avance que tiene que ver con la inclusión de su familia en el Programa de Protección de Víctimas, Testigos e Intervinientes en las actuaciones penales por parte de la Fiscalía General de la Nación”, declaró la fiscal Camargo.

En diálogo con Infobae Colombia, el abogado penalista Rogelio Roldán analizó los escenarios posibles que podrían registrarse luego de la audiencia y la rueda de prensa mencionada.
En primer lugar, explicó que la decisión de no aceptar cargos por parte del menor abre la puerta a algún tipo de preacuerdo, recordando que por ser menor de edad no se habla de pena, sino un proceso en el que luego será reingresado a la sociedad.
“Esto puede obedecer a dos cosas. La primera, que se trate de una estrategia, ya que la jurisprudencia colombiana no ha sido pacífica, en el momento se puede registrar un preacuerdo dependiendo la etapa procesal, no hay que perder de vista que la ley, en la que la sanción, porque no se habla de pena, oscila de dos a ocho años”.

Además, Roldán explicó que uno de los factores de la defensa debe estar enfocado en el fallo que tuvo el Estado con el menor de edad, que, se expuso, hizo parte del programa Jóvenes en Paz.
“Es bueno analizar desde el lado de la defensa, algo que se puede lograr para dosificar es, que entre más temprano se acerquen los cargos, la sanción puede ser menor. Se entiende que el Estado de alguna manera falló en la protección del menor y permitió que se desviara del camino de la sociedad y empezara a delinquir. Ahora, se debe restablecer ese estatus de normalidad que deberían tener todos los menores”.
Sobre las declaraciones de la fiscal Camargo, indicó que se trata de un “criterio de oportunidad” que continuará siempre y cuando la información suministrada por el menor provoque la captura de los autores intelectuales del crimen.
“En el caso tal que el menor opte por colaborar, se estaría hablando de un criterio de oportunidad, en el que la fiscalía puede renunciar, suspender o interrumpir la acción penal, es decir, que no se continuaría con el proceso hasta que se cumplan los requisitos y que la información sea verás y lleve a resultados”.

Por último, Roldán anticipó que, en caso de que el menor entregue información relevante para esclarecer el crimen, lo más probable es que termine con el castigo menor, que es de dos años.
“La fiscalía puede renunciar a la persecución penal del menor, esto se traduce en que de alguna manera la fiscalía no va a continuar con las audiencias y juzgar la responsabilidad del menor; sin embargo, no se debe perder de vista que se busca algo pedagógico, no se puede dejar de lado ese interés por los niños y adolescentes cuando se habla de resocialización, pero no será la máxima, se podría partir de la mínima, que son dos años”.
Después del anuncio de Luz Adriana Camargo, la Fiscalía General de la Nación impuso medida de internación preventiva al menor, que será trasladado al búnker de la fiscalía.
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