
El trámite de la segunda versión de la consulta popular en el Senado ha generado todo tipo de debates en el sector político colombiano.
Por un lado, hay sectores que consideran que el mecanismo de participación no es viable, debido a que la primera versión fue negada por el Senado, con 49 votos en contra frente a 47 a favor. No obstante, desde el Gobierno, aseguran que se tienen facultades constitucionales para sacar la propuesta mediante vía decreto.
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El ministro del Interior, Armando Benedetti, recalcó la postura de dos exmagistrados de la Corte Constitucional, en la que señalan que el Ejecutivo sí puede tramitar la consulta popular por decreto.
“Ya van dos expresidentes de la Corte Constitucional que dicen que el presidente Gustavo Petro SÍ puede convocar la Consulta Popular por decreto debido a la cantidad de irregularidades que conllevan a la inexistencia del hecho y a su carencia de efectos. Siempre será bienvenido el debate”, dijo el jefe de cartera en la red social X.

Las palabras del ministro del Interior generaron dudas en varios exfuncionarios, como es el caso del exministro de Hacienda, Juan Camilo Restrepo, que advirtió sobre las posibles consecuencias negativas para el gobierno si persiste en su intención de avanzar con la consulta popular sin el aval del Congreso.
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“(Armando) Benedetti dice que el gobierno puede llamar por decreto la consulta popular que fue hundida por el congreso, dizque porque dos expresidentes de la corte constitución dicen que sí lo puede hacer”, comentó el exalto funcionario en la misma red social.

Además, cuestionó que el ministro del Interior diera concepto favorable a la opinión del exfiscal y exmagistrado Eduardo Montealegre, y sugirió que el resultado podría ser tan desfavorable como los paros recientes que, según él, fueron promovidos por el Ejecutivo.
“El ministro del interior escoge con pinzas opiniones cuestionables como la de (Eduardo) Montealegre, al paso que ignora la opinión arrolladoramente mayoritaria de los mejores juristas del país (como Rodrigo Uprimny y hoy en magnífica entrevista al Tiempo la exfiscal Vivían Morales) que muestran cómo y porqué la convocatoria de la consulta por decreto presidencial NO procede”, indicó.
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Así mismo, Restrepo sostuvo que, en caso de que el Gobierno Petro “sigue insistiendo en su terquedad, que más parece patadas de ahogado, no es aventurado pronosticar que esto le va a resultar tan mal al gobierno como le resultaron los últimos paros que azuzó”.

Defensa de Gustavo Petro a la consulta popular por decreto
Frente a los cuestionamientos sobre el trámite de la consulta popular por decreto, el presidente Gustavo Petro defendió su posición argumentando que la Constitución y la ley permiten la convocatoria de la consulta popular por decreto.
“Para quienes afirman desde la prensa que el presidente no puede decretar la consulta popular, si el senado no se pronuncia sobre el concepto previo favorable o no, remito la ley que me faculta. Ley 1757. Literal c, artículo 33. Aun el senado, por error de su presidente, no ha emitido concepto previo”, dijo el mandatario en su cuenta de X.
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Así mismo, Petro se apoyó en la tesis jurídica de Montealegre, que sostiene que el trámite legislativo en el Congreso fue inconstitucional y que, por tanto, el Ejecutivo tiene la facultad de proceder.
En su análisis, el exfiscal expuso tres razones principales para considerar inválido el proceso en el Senado. Inicialmente, señaló que el presidente del Senado, Efraín Cepeda, cerró la votación de manera abrupta, impidiendo que una senadora favorable a la consulta ejerciera su derecho a intervenir, lo que, en su opinión, “vulneró los principios de participación democrática”.

A su vez, denunció que el secretario general del Senado alteró el sentido de un voto a favor, transformándolo en un voto negativo después de cerrada la votación, lo que calificó como “una violación de la seguridad jurídica y del principio de preclusión en los procesos legislativos".
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Finalmente, argumentó que “no se permitió la apelación inmediata a estos vicios, ya que la plenaria del Senado, y no su presidente, debía decidir sobre la impugnación, pero esta no fue tramitada”.
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