Circular del Ministerio de Trabajo respalda la protesta social y pide no sancionar a quienes participen en las marchas del paro nacional

El Gobierno nacional advirtió a los empleadores que no podrán sancionar ni restringir a quienes participen en el paro nacional, en cumplimiento del derecho a la manifestación consagrado en la Constitución

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El Ministerio del Trabajo garantiza que trabajadores puedan participar en el Paro Nacional sin temor a sanciones laborales - crédito Colprensa
El Ministerio del Trabajo garantiza que trabajadores puedan participar en el Paro Nacional sin temor a sanciones laborales - crédito Colprensa

El Ministerio del Trabajo, liderado por el ministro Antonio Sanguino, emitió la Circular Externa 0061 con el objetivo de garantizar que los trabajadores, tanto del sector público como del privado, puedan participar en las jornadas de movilización convocadas para los días 28 y 29 de mayo de 2025 sin temor a represalias laborales.

Según informó el Ministerio, esta medida busca proteger el derecho constitucional a la protesta social y evitar que los empleadores impongan sanciones, descuentos salariales o cualquier tipo de restricción a quienes decidan unirse al paro nacional.

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De acuerdo con la circular, los empleadores no podrán tomar medidas disciplinarias contra los trabajadores que ejerzan su derecho a manifestarse.

Además, el documento establece que el Ministerio del Trabajo, en el ejercicio de sus facultades de vigilancia y control, podrá iniciar investigaciones administrativas en caso de que se presenten vulneraciones a estos derechos.

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Circular oficial del Ministerio de Trabajo prohíbe a empleadores sancionar o descontar salarios a quienes se unan a las protestas del 28 y 29 de mayo - crédito Ministerio de Trabajo
Circular oficial del Ministerio de Trabajo prohíbe a empleadores sancionar o descontar salarios a quienes se unan a las protestas del 28 y 29 de mayo - crédito Ministerio de Trabajo

Se recuerda que las y los trabajadores tienen derecho a participar en las jornadas de movilización convocadas para los días 28 y 29 de mayo de 2025, sin que ello pueda dar lugar a restricciones, sanciones, descuentos salariales, ni ningún tipo de represalia por parte de los empleadores, sean públicos o privados”, se lee en el documento.

Según consignó el Ministerio, los trabajadores también tendrán la posibilidad de presentar quejas, incluso de forma anónima, a través de los canales institucionales habilitados, con el fin de activar los mecanismos de protección y verificación previstos en la normativa vigente.

El paro nacional, convocado por las centrales sindicales y respaldado por el Gobierno del presidente Gustavo Petro, tiene como objetivo ejercer presión para que avance la consulta popular en el Senado.

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El Ministerio del Trabajo recordó que el derecho a la protesta está consagrado en la Constitución Política de Colombia, específicamente en los artículos 37, 53, 93 y 94, así como en acuerdos internacionales como el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y el Convenio 87 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).

Además, citó jurisprudencia nacional e internacional que respalda este derecho, incluyendo la Opinión Consultiva OC-27/21 de la Corte Interamericana de Derechos Humanos y la Sentencia C-090 de 2024 de la Corte Constitucional de Colombia.

El Paro Nacional está convocado para presionar avances en la consulta popular promovida por sectores sindicales - crédito REUTERS/Luisa Gonzalez/Reuters
El Paro Nacional está convocado para presionar avances en la consulta popular promovida por sectores sindicales - crédito REUTERS/Luisa Gonzalez/Reuters

El Ministerio destacó que la protesta social es un mecanismo legítimo para la defensa de los derechos económicos, sociales, culturales y ambientales, y subrayó que los empleadores no pueden restringir ni sancionar a los trabajadores por participar en estas actividades.

Según el documento, estos derechos se fundamentan en el principio de dignidad humana y reconocen la autodeterminación de las personas para expresar sus opiniones y demandas sin comprometer sus condiciones laborales mínimas.

“Se recuerda como estos derechos, que se fundamentan en el principio de dignidad humana, reconocen la autodeterminación de las personas trabajadoras para expresar sus opiniones y demandas sin que ello comprometa sus condiciones vitales mínimas ni genere consecuencias adversas en el entorno laboral”, se agrega en la resolución.

El ministro Antonio Sanguino firmó la circular, que fue publicada el 27 de mayo, un día antes del inicio de las movilizaciones.

En el texto, el Ministerio reiteró su compromiso como garante de los derechos laborales y sociales de los colombianos, asegurando que tomará medidas para proteger a quienes ejerzan su derecho a la protesta.

Así mismo, hizo un llamado a los empleadores para que respeten las disposiciones legales y eviten cualquier acción que pueda interpretarse como una represalia contra los trabajadores.

Estado de alerta declarado por el Comando Nacional Unitario tras el anuncio del CNE sobre investigación a Petro - crédito Colprensa
Centrales sindicales convocan a la ciudadanía a unirse al Paro Nacional y defienden el derecho a la manifestación democrática pacífica - crédito Colprensa

Por su parte, las centrales sindicales compartieron los puntos de movilización en todo el país e instaron a los ciudadanos a participar activamente en las jornadas de protesta. Nelson Alarcón, presidente de la Central Unitaria de Trabajadores (CUT), hizo un llamado a la movilización, mientras que algunos mandatarios locales expresaron su preocupación por posibles episodios de violencia durante las manifestaciones.

Por su parte, la gobernadora del Valle del Cauca, Dilian Francisca Toro, pidió que las protestas se desarrollen de manera pacífica, recordando los hechos ocurridos en 2021.

“Manifestarse es un derecho. Cuidar el Valle, una responsabilidad de todos. Aprendamos de la historia: lo que vivimos en 2021 no puede repetirse. Que el paro nacional se adelante sin violencia, en calma y con diálogo constructivo”, afirmó.

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