
En agosto vencen los plazos con los que cuentan las personas naturales para presentar la declaración de renta ante la Dian, y por eso es común que se empiece a pensar en impuestos a partir del segundo semestre del año. Sin embargo, es muy importante revisar si de forma eventual se tienen otras obligaciones con las que se deben cumplir en las próximas semanas, pues de no presentarlas a tiempo se aplicarán sanciones que pueden ser bastante altas.
Los reportes o declaraciones de impuestos con los que deben cumplir las personas dependen de la situación específica y podrían incluir la declaración del impuesto predial, de vehículos, el reporte de información exógena, declaración de renta y declaración de activos en el exterior.
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Es por esto que el calendario de impuestos nacionales 2025 podría resumirse de la siguiente manera, para algunas personas, teniendo en cuenta las fechas en las que empiezan los vencimientos:
- Impuesto al patrimonio: desde el 12 de mayo.
- Información exógena: desde el 14 de mayo.
- Declaración de renta: desde el 12 de agosto.
- Declaración de activos en el exterior: desde el 12 de agosto.
Declaración de renta
Vale la pena recolectar con la debida antelación la información que se requiere para preparar la declaración. Desde el 31 de marzo de 2025, las entidades tienen disponibles los certificados tributarios que soportan buena parte de la información a reportar.

De igual forma, es clave revisar que el Registro Único Tributario (RUT) se encuentre actualizado. La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) tiene la facultad de suspender de oficio los registros que se detecten con información desactualizada y en esta suspensión no exime a la persona de cumplir con el deber de declarar, dentro de los plazos establecidos.
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Como se recordará, deben declarar renta personas que cumplen con lo siguiente:
- Ingresos brutos anuales: si los ingresos brutos del contribuyente alcanzan o superan las 1.400 unidades de valor tributario (UVT), equivalentes a $69.718.600, están obligados a declarar.
- Patrimonio bruto: aquellos cuyo patrimonio bruto sea igual o superior a $224.095.500 al 31 de diciembre del año fiscal también deben presentar la declaración.
- Consumos y compras: las personas que realicen compras o consumos anuales superiores a 1.400 UVT, es decir, $69.718.600, deben reportar esta información.
- Movimientos financieros: si las consignaciones, depósitos o inversiones del contribuyente superan los 1.400 UVT, también están obligados a declarar.
- Consumos con tarjeta de crédito: Los gastos hechos con tarjeta de crédito que exceden los 1.400 UVT, equivalentes a $69.718.600, deben ser incluidos en la declaración de alquiler.

Impuesto al patrimonio
Esta declaración deberá ser presentada -entre otros- por las personas que a el 1 de enero de 2025 tenían un patrimonio líquido, resultante de considerar la totalidad de sus bienes menos sus deudas, valorado fiscalmente en $3.585 millones aproximados.
La presentación de la declaración y el pago del primer 50% del impuesto al patrimonio, deberán hacerse a más tardar entre el 12 y el 23 de mayo, dependiendo del último dígito del NIT de la persona. El pago de la segunda cuota se hará el 12 de septiembre como única fecha.
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Información exógena o en medios magnéticos
Dicho reporte debe ser presentado por las personas que:
- En el 2023 o 2024 tuvieron ingresos brutos mayores a $555 millones aproximados.
- Percibieron en 2024 ingresos de al menos $113 millones aproximados por rentas de capital y/o no laborales en los términos de la ley tributaria.
Ambas condiciones deberían cumplirse para concluir que la persona debe reportar esta información.

Certificaciones tributarias
Para expertos, es importante determinar con antelación las obligaciones tributarias que se tienen, a fin de hacer una adecuada preparación de los reportes, cumplir con los plazos establecidos y disminuir la probabilidad de incurrir en ciertas sanciones o intereses moratorios por presentación tardía.
Al respecto, la associate partner people advisory services de EY Colombia Ángela González aseguró que “es fundamental identificar con anticipación las obligaciones tributarias, con el fin de preparar adecuadamente las declaraciones, cumplir oportunamente con los plazos establecidos y reducir el riesgo de sanciones o intereses por presentación extemporánea”.
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