Gobierno radicó mensaje de urgencia para que el Senado tramite la “mini” reforma laboral del Partido Liberal

La iniciativa de la colectividad incluye puntos que están contemplados en el proyecto de la administración de Gustavo Petro, que se hundió en la Comisión Séptima del Senado. Entre ellos está el aumento de remuneración del trabajo dominical y festivo

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La Reforma laboral Partido Liberal
La Reforma laboral Partido Liberal pretende mejorar las condiciones de trabajo de los colombianos, otorgando mayores ingresos por sus labores - crédito Luis González/Reuters y @PartidoLiberal/X

El proyecto de reforma laboral del Gobierno nacional, liderado por el presidente Gustavo Petro, se hundió en la Comisión Séptima del Senado. No obstante, en el Congreso cursa otra iniciativa del Partido Liberal que aglomera algunos de los puntos que proponía el Gobierno en su reforma, aunque con modificaciones.

En consecuencia, por medio de un texto radicado ante el presidente del Senado, Efraín Cepeda Sarabia, y ante la presidenta de la Comisión Séptima de la corporación, Nadia Georgette Blel Scaff, el jefe de Estado, el ministro del Interior, Armando Benedetti, y el ministro del Trabajo, Antonio Sanguino, pidieron dar trámite al proyecto.

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“De manera atenta y en aplicación de lo dispuesto en los artículos 163 de la Constitución Política de 1991 y 191 de la Ley 53 de 1992, me permito solicitar al honorable Senado de la República se dé trámite de urgencia e insistencia al Proyecto de Ley 424 de 2025 Senado (…), impulsado por la bancada integrada por los congresistas del Partido Liberal Colombiano”, se lee en el documento enviado al Senado de la República.

El ministro Armando Benedetti informó
El ministro Armando Benedetti informó sobre la radicación del mensaje de urgencia a reforma laboral del Partido Liberal - crédito @AABenedetti/X

La iniciativa en cuestión pretende “mejorar las condiciones laborales” de los trabajadores mediante el reconocimiento de ingresos adicionales por labores realizadas en horarios nocturnos, domingos y festivos:

  • Artículo 160. Trabajo diurno y nocturno
    • 1. Trabajo diurno es el que se realiza en el período comprendido entre las seis horas (6:00 a. m.) y las veinte horas (8:00 p. m.).
    • 2. Trabajo nocturno es el que se realiza en el período comprendido entre las veinte horas (8:00 p. m.) y las seis horas del día siguiente (6:00 a. m.).
  • Artículo 179. Trabajo dominical y festivo
    • 1. El trabajo en domingo y festivos se remunerará con un recargo del cien por ciento (100%) sobre el salario ordinario en proporción a las horas laboradas.
    • 2. Si con el día de descanso obligatorio coincide otro día de descanso remunerado, el trabajador solo tendrá derecho, si trabaja, al recargo establecido en el numeral anterior.

Estos pagos adicionales a los empleados, contemplados por el Gobierno en su iniciativa, aunque un poco más altos, fueron los principales puntos que llevaron al hundimiento de la reforma; según la oposición y el Banco de la República, miles de puestos de trabajo se perderían debido al aumento de los costos salariales que tendrían que asumir los empleadores.

El Banco de la República
El Banco de la República advirtió en su momento que la reforma laboral del Gobierno Petro generaría pérdidas de empleos - crédito Colprensa

El aumento de los costos salariales recortaría alrededor de 454.000 empleos formales en un horizonte entre tres y cuatro años, aunque la cifra podría llegar a 746.000 puestos de trabajo”, advirtió el Banco de la República en un informe.

Sin embargo, la colectividad busca que el Congreso apruebe su “mini” reforma. El senador liberal Alejandro Carlos Chacón, incluso, invitó a otros partidos, como Cambio Radical, el Partido Conservador, el Partido de La U y el Pacto Histórico, a trabajar de manera conjunta para impulsar el proyecto.

Mientras tanto, el Gobierno nacional intenta revivir su iniciativa con la convocatoria de una consulta popular, con la que espera que la ciudadanía se pronuncie. El documento consta de 12 preguntas relacionadas con los derechos laborales y los colombianos solo deberán responder si están de acuerdo o no con ellos. Pero, para que la población vote, se requiere del aval del Senado de la República.

El presidente de la República se refirió a la labor que le espera al Senado para someter a discusión la propuesta de la consulta popular, con la que quiere salvar la reforma laboral de su Gobierno - crédito Presidencia

En la ponencia sabemos si es una burla. Si es una burla al pueblo y el tiempo nos da para que discuta el Senado de la República en sus 30 días. Y si el Senado de la República en 30 días no discute, entonces el presidente por decreto convoca la consulta, tal cual dice la ley. O no se pronuncia. ¿Si no aprueba o no se pronuncia, cierto?”, advirtió el presidente en el Consejo de Ministros del 28 de abril.

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