
La investigación en curso contra el presidente Gustavo Petro en el Consejo Nacional Electoral (CNE), la primera de su tipo en la historia de Colombia contra un jefe de Estado en función, entró en una nueva fase jurídica. En el centro del debate se encuentra una acción de tutela presentada por el propio presidente, en la que solicita a la Corte Constitucional suspender las actuaciones del organismo electoral mientras se resuelve el conflicto de competencias que, según su equipo jurídico, vulnera su fuero presidencial.
Esta acción fue seleccionada para estudio por el magistrado Vladimir Fernández Andrade, exsecretario jurídico de la Presidencia y actual integrante del alto tribunal.
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Es importante destacar que, desde hace varios meses, el CNE adelanta un proceso administrativo contra la campaña que llevó a Gustavo Petro a la Presidencia en 2022. El expediente, que sigue creciendo con la incorporación de pruebas, sostiene que el entonces candidato y varios de sus colaboradores presuntamente violaron los topes de financiación establecidos por la ley electoral y presentaron reportes inexactos sobre sus gastos de campaña.

Entre los señalados por el organismo están Ricardo Roa, actual presidente de Ecopetrol y gerente de la campaña en su momento, así como Lucy Aydeé Mogollón, María Lucy Soto y Juan Carlos Lemus, que actuaron como tesorera y auditores, respectivamente. También se investiga a los partidos Colombia Humana y Unión Patriótica por su presunta participación en las irregularidades.
El expediente del CNE señala que la campaña habría superado el límite de gastos permitidos por la ley en más de 4.400 millones de pesos, además de haber presuntamente alterado documentos contables para justificar ingresos y egresos. Frente a estas acusaciones, la defensa del mandatario insiste en que el órgano electoral carece de competencia para investigar a un presidente.
La controversia se intensificó cuando, tras la negativa del Consejo de Estado a una primera tutela presentada por el presidente Petro en diciembre de 2024, el magistrado Vladimir Fernández decidió seleccionar dicho recurso para revisión de la Corte Constitucional. El togado argumentó que el caso es de trascendencia nacional y que el alto tribunal tiene la posibilidad de establecer una jurisprudencia que delimite el alcance del fuero presidencial.

No obstante, el papel de Fernández ha generado inconformidad dentro de la propia Corte, ya que su participación activa en el caso es objeto de reparos por parte de algunos magistrados, que consideran cuestionable que el exsecretario jurídico de Palacio intervenga en un proceso que involucra directamente a su antiguo superior. A pesar de este escenario, la Sala Plena del tribunal, compuesta por nueve magistrados, aceptó conocer el caso en conjunto, dejando de lado la posibilidad de que lo resolviera únicamente una Sala de Tutelas conformada por tres miembros.
En una decisión que reavivó el debate, de acuerdo con lo registrado por el diario El Espectador, el magistrado Fernández propuso suspender temporalmente la actuación del CNE hasta tanto la Corte Constitucional adopte una decisión definitiva sobre la tutela del presidente. Según argumentó, esta medida preventiva busca evitar un “perjuicio irremediable e irreversible” en los derechos del presidente Petro, en caso de que la autoridad electoral imponga sanciones antes de que el tribunal resuelva sobre el fondo del conflicto de competencias.
Fernández planteó que el asunto va más allá de la situación personal del presidente y podría afectar las bases institucionales del país. De acuerdo con su interpretación, si el CNE continúa con el proceso y sanciona al presidente antes de una sentencia de la Corte, se podría generar una crisis institucional sin precedentes, señaló la fuente citada.

El presidente Petro radicó la tutela en septiembre de 2024 ante el Consejo de Estado, alegando que la decisión de la Sala de Consulta y Servicio Civil de permitir al CNE avanzar con la investigación había vulnerado su derecho al debido proceso. El fallo de esta Sala, emitido el 6 de agosto del mismo año, sostuvo que el caso era de naturaleza administrativa y, por tanto, el CNE sí podía adelantar la investigación, sin afectar el fuero penal del presidente, que corresponde exclusivamente a la Comisión de Acusación.
El 25 de marzo, María del Pilar Bahamón Falla, presidenta de la Sala de Consulta del Consejo de Estado, remitió un memorial a la Corte Constitucional solicitando que el caso fuera conocido por la Sala Plena, dado su impacto jurídico e institucional. A raíz de esa solicitud, el magistrado Fernández presentó dos decisiones: una el 1 de abril, ordenando la recolección de pruebas, y otra el 2 de abril, formalizando que el caso sería asumido por el pleno del tribunal.
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