
El juzgado 62 Administrativo del Circuito Judicial de Bogotá sancionó al ministro del Interior, Armando Benedetti, por desacato, debido al presunto incumplimiento de la sentencia T-172 de 2019 de la Corte Constitucional.
La sentencia del alto tribunal protege los derechos a la supervivencia, autonomía, identidad cultural y asociación de 63 comunidades del pueblo wayú.
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El incidente de desacato, presentado por la Veeduría Ciudadana wayuú – Sülió´ü, también fue en contra de la Procuraduría General de la Nación y la Defensoría del Pueblo.
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El juzgado 62 no impuso sanción a la Procuraduría y la Defensoría del Pueblo, porque según El Tiempo, aportaron el informe de gestión de cumplimiento de la sentencia T-172 de 2019.

Pero el Ministerio del Interior tendrá que pagar una multa equivalente a un salario mínimo legal mensual vigente. Además, deberá cumplir con la sentencia de la Corte Constitucional, proferida el 24 de abril de 2019.
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De acuerdo con el fallo, el Ministerio del Interior no presentó ningún informe, así como ningún requerimiento previo ni la apertura del incidente de desacato, razón por la cual juzgado 62 Administrativo del Circuito Judicial de Bogotá afirmó que no tienen conocimiento de las acciones de la cartera para atender la sentencia.
“Para el despacho es claro que el Ministerio del Interior no ha dado cumplimiento a lo ordenado en el fallo de tutela proferido el 24 de abril de 2019, siendo evidente que existe una responsabilidad subjetiva de las personas obligadas al acatamiento de la decisión, en este caso del Ministro del Interior, y un incumplimiento a la orden proferida”, se lee en el fallo del juzgado 62, revelado por el citado medio.
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La sentencia T-172 le solicitaba al Ministerio del Interior llevar a cabo un nuevo estudio de las solicitudes de afiliación a la Asociación de Autoridades Tradicionales Indígenas Shipia wayuu.
Acusación por injuria agravada
La Corte Suprema de Justicia programó para el jueves 24 de abril, a las 8:00 a. m., la audiencia de acusación contra el actual ministro del Interior, Armando Benedetti, por el presunto delito de injuria agravada.
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El caso se originó a partir de una serie de publicaciones realizadas en 2022 en la red social X, en las que Benedetti acusó a Lina María Arbeláez, exdirectora del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (Icbf), de corrupción y apropiación indebida de recursos, sin aportar pruebas que sustentaran dichas afirmaciones.
Inicialmente, el proceso judicial estaba radicado en un juzgado de Bogotá, que había fijado una audiencia para el 25 de febrero. No obstante, la defensa del ministro solicitó el traslado del caso a la Corte Suprema, argumentando que, al asumir funciones como integrante del gabinete, Benedetti adquirió fuero constitucional. La Sala Penal del alto tribunal aceptó la solicitud al considerar procedente el fuero de atracción y asumió competencia para continuar con el proceso.
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Según la Fiscalía, las afirmaciones difundidas por el ministro en su cuenta personal afectaron la honra, la dignidad y el buen nombre de Arbeláez, tanto en su calidad de ciudadana como en su condición de servidora pública. De acuerdo con el ente acusador, los señalamientos no fueron respaldados por pruebas verificables y podrían constituir un caso de injuria agravada.
Entre los mensajes citados figura una publicación del 23 de abril de 2022, en la que Benedetti escribió: “Esa directora del Icbf es un desastre y sospechosa de cualquier robo”. El 17 de julio, agregó: “En el Icbf es dónde más voraz ha sido y es la corrupción. Desde hace dos años he venido probando como Lina Arbeláez a [sic] saqueado la entidad”.
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Posteriormente, el 4 de agosto, afirmó que los niños “nunca antes estuvieron tan desprotegidos” como durante la gestión de Arbeláez, haciendo referencia a un caso reportado por El Espectador sobre alimentos descompuestos en Quindío. Finalmente, el 22 de agosto, escribió que el Icbf “fue robado por la anterior directora” y aseguró haberlo denunciado desde hacía más de dos años.
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