
El concejal Julián Forero, más conocido como Fuchi, reveló que entre 2022 y 2024 se revocó un total de 31.365 sanciones de tránsito impuestas a conductores y propietarios de vehículos, debido a irregularidades por parte de las autoridades al momento de aplicar las sanciones competentes, señaladas en la Ley 769 de 2002.
Según destacó Forero, la mayoría de estas revocatorias se lograron gracias a la solicitud de los ciudadanos, mientras que menos del 10% fueron declaradas de manera oficiosa por la entidad. Para Fuchi, dicho panorama evidencia posibles irregularidades en los procedimientos administrativos relacionados con la imposición de comparendos en Bogotá.
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Y es que, de acuerdo con la normativa vigente, los ciudadanos tienen la posibilidad de solicitar la revocatoria de actos administrativos que consideren contrarios a la ley o que vulneren sus derechos. Esta herramienta, conocida como “Revocatoria Directa”, está contemplada en el artículo 93 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. Entre las causales que permiten esta acción se encuentran la oposición manifiesta del acto a la Constitución o la ley, la afectación al interés público o social, y el agravio injustificado a una persona.
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Causas de las revocatorias y su impacto en los ciudadanos
Según la información proporcionada por la Secretaría Distrital de Movilidad en respuesta al concejal Forero, la mayoría de las revocatorias se han fundamentado en que los actos administrativos eran contrarios a la Constitución o a la ley. Este dato, consignado en el radicado No. SDC 202542100229061 del 21 de enero de 2025, pone en evidencia fallas significativas en los procedimientos de la entidad encargada de gestionar las sanciones de tránsito en Bogotá.
Es importante destacar que, no todas las revocatorias implican la exoneración de responsabilidad para los conductores. En algunos casos, las decisiones simplemente reactivan los términos legales para que los ciudadanos puedan impugnar el comparendo o acceder a los descuentos establecidos por la ley al momento de realizar el pago.
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Para Fuchi, el alto número de revocatorias proferidas en los recientes años refleja la existencia de numerosos actos irregulares y contrarios a la ley que han dado lugar a la revocatoria de comparendos. Sin embargo, también se evidenció que muchos conductores desconocen la normativa y las herramientas jurídicas disponibles para defender sus derechos.
Cómo solicitar la revocatoria de un comparendo
Los ciudadanos que consideren que sus derechos fueron vulnerados por un comparendo tienen la posibilidad de presentar una solicitud de revocatoria ante la Secretaría Distrital de Movilidad. Esta gestión puede realizarse de manera presencial en la sede ubicada en la calle 13 No. 37-35 o de forma virtual a través de la plataforma ‘BTE-Bogotá Te Escucha’ o el formulario de radicación disponible en la página web de la secretaría.
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Para realizar la solicitud, es necesario presentar un escrito que incluya una narración detallada de los hechos, el sustento normativo que respalde la petición y las pruebas que se deseen aportar. Además, el documento debe estar firmado y contener el nombre y número de documento de identidad del solicitante. También se debe indicar el número de resolución y la orden de comparendo sobre la que versa la solicitud.
En cuanto a los plazos, la normativa establece que para la causal de oposición manifiesta a la Constitución o la ley, el ciudadano cuenta con un término de cuatro meses para presentar la solicitud. Para las otras dos causales, no existe un plazo determinado, lo que permite mayor flexibilidad para acudir a esta herramienta jurídica.
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El proceso de revocatoria implica varios momentos clave: primero, el ciudadano debe presentar la solicitud formal; luego, un profesional de la Secretaría realiza el estudio del caso y emite un acto administrativo con la decisión correspondiente. Finalmente, el solicitante debe acudir a la citación de notificación para recibir el acto administrativo.
La entidad distrital de movilidad señaló que los actos administrativos no pueden ser revocados sin el consentimiento previo, expreso y escrito del titular respectivo. Eso significa que, aunque se evidencien irregularidades, la revocatoria solo procederá si el ciudadano afectado lo solicita formalmente.
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