
La Corte Suprema de Justicia emitió un fallo que modifica la condena de Ramón Navarro, exgerente de la empresa de acueducto, aseo y alcantarillado Triple A, y exhortó a la Fiscalía General de la Nación a emplear todas las herramientas jurídicas necesarias para recuperar los recursos desviados en este multimillonario caso de corrupción.
De acuerdo con la Corte, Navarro abusó de sus funciones y, en asocio con otras personas, desvió $27.879 millones de pesos mediante la creación de 54 órdenes de pedido ficticias y cuatro contratos de consultoría simulados.
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Estos movimientos fraudulentos fueron registrados como operaciones normales en la contabilidad de Triple A, lo que permitió que los fondos fueran transferidos a la empresa Recaudos y Tributos, vinculada a Inassa S. A. Posteriormente, estos recursos fueron extraídos a través de diversos proveedores encargados de hacer los retiros bancarios.
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La Fiscalía General de la Nación imputó a Navarro en 2018 por los delitos de enriquecimiento ilícito de particulares, administración desleal y falsedad en documento público. En 2020, el Juzgado Penal del Circuito Especializado de Barranquilla lo condenó a 190 meses de prisión, 55 meses de inhabilitación para el ejercicio de funciones públicas y el pago de una multa equivalente a 25.005 salarios mínimos.
No obstante, el fallo fue apelado y en segunda instancia el Tribunal Superior de Barranquilla elevó la multa a 50.000 salarios mínimos y revocó el beneficio de prisión domiciliaria.
Prisión domiciliaria restituida

El reciente fallo de la Corte Suprema dejó sin efecto la resolución del Tribunal Superior de Barranquilla y se ordenó que recobre vigencia lo dispuesto en primera instancia por el Juzgado Penal del Circuito Especializado de Barranquilla. En ese sentido, redujo la condena de Navarro de 190 meses a 127 meses y 9 días de prisión, ajustó la multa a 33.500 salarios mínimos y le restituyó el beneficio de prisión domiciliaria.
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Uno de los argumentos principales de la defensa de Navarro fue que su cliente se allanó a los cargos bajo la creencia de que recibiría una rebaja de la pena de entre un tercio y la mitad. Además, alegó que no se le informó que la devolución del dinero defraudado era un requisito para acceder a este beneficio.
Entre otras razones, la defensa expuso la avanzada edad del procesado, su estado de salud y la falta de antecedentes que indicaran un riesgo de reincidencia. Asimismo, resaltó que Navarro había consignado $900 millones como parte del resarcimiento del daño y mantenido una actitud de colaboración con las autoridades.
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El llamado a la Fiscalía para la recuperación de recursos

Uno de los aspectos más relevantes del fallo de la Corte Suprema es la exhortación a la Fiscalía para que tome medidas eficaces en la recuperación del dinero desviado. A pesar de la magnitud del fraude, Ramón Navarro solo ha reintegrado $900 millones de pesos, lo que equivale al 3.2% del total del desfalco.
La Corte enfatizó la necesidad de mejorar el tratamiento de las circunstancias de mayor y menor punibilidad en casos de corrupción, permitiendo que los jueces impongan sanciones proporcionales a la gravedad de los delitos.
También subrayó la urgencia de que el sistema judicial refuerce los mecanismos de reparación patrimonial, para evitar que los responsables de estos delitos sigan evadiendo la restitución de los fondos públicos.
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A pesar del desfalco millonario, Navarro cumplirá su condena en su domicilio y no en prisión, lo que seguramente generará polémica por la proporcionalidad de la sanción en relación con el daño causado al patrimonio público. Mientras tanto, el llamado de la Corte a la Fiscalía se convierte en una prueba clave para evaluar si los esfuerzos del sistema judicial lograrán una reparación efectiva del daño económico causado por este escándalo de corrupción.
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