Padres de familia: estos son los canales para denunciar los útiles inútiles escolares en Bogotá

Nuevas normativas implementadas por las autoridades prohíben marcas exclusivas, ventas directas y cambios frecuentes de textos

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Instituciones deben entregar listas escolares
Instituciones deben entregar listas escolares a los padres al inscribir alumnos y alinearlas con directrices pedagógicas - crédito Ministerio de Educación

Bajo las actividades del inicio del año escolar en Bogotá, la Secretaría de Educación reiteró su compromiso con la transparencia en la gestión de materiales educativos y uniformes de los estudiantes de los colegios distritales de la ciudad, por lo que compartió una serie de canales de denuncia en el caso de que los padres de familia registren algún tipo de irregularidad sobre la lista de útiles para el 2025.

Según informó la entidad, las medidas adoptadas por la secretaría del Distrito Capital buscan proteger el derecho a la educación de niñas, niños y jóvenes, así como evitar cargas económicas desproporcionadas para las familias.

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De acuerdo con las directrices emitidas la entidad, las instituciones educativas deben cumplir con una serie de normativas relacionadas con la elaboración y entrega de listas de útiles escolares, textos y uniformes. Entre las principales disposiciones se encuentra la obligación de que los materiales solicitados sean exclusivamente de uso pedagógico y que las listas sean aprobadas previamente por el Consejo Directivo de cada colegio.

La dependencia estableció que dicha lista de materiales sean entregadas a las familias al momento de la matrícula, garantizando así la planificación y transparencia en el proceso. Además, los textos escolares no podrán ser renovados con una frecuencia menor a tres años, salvo en casos excepcionales debidamente justificados.

También se prohibió que las instituciones educativas exijan a las familias adquirir los materiales en lugares específicos, establezcan convenios comerciales o los vendan directamente.

En cuanto a los uniformes, la normativa estableció que solo se podrá exigir uno para uso diario y otro para actividades físicas, recreativas o deportivas. Su utilización debe estar claramente especificada en el Manual de Convivencia de cada institución.

Cada institución escolar debe garantizar
Cada institución escolar debe garantizar la planificación y la transparencia entregando listas al momento de la matrícula - crédito Secretaría de Educación

Asimismo, ningún estudiante podrá ser excluido de actividades académicas por no contar con el uniforme debido a razones económicas, garantizando así la inclusión y la igualdad de oportunidades.

Por otro lado, los colegios deben diseñar un cronograma que distribuya el uso de los útiles escolares a lo largo del ciclo académico, evitando que las familias deban adquirir todos los materiales al inicio del año. Esta medida busca aliviar la carga económica y facilitar la organización de los padres de familia.

Canales habilitados para denuncias

Ante el escenario de posibles irregularidades, la entidad puso a disposición de la comunidad educativa varios canales para reportar las listas de útiles inútiles y anomalías sobre lo consagrado para la solicitud del uniforme escolar.

Entre ellos se encuentra el número de WhatsApp 3227311161, en el que los padres y acudientes pueden presentar sus denuncias indicando el nombre del establecimiento educativo y el motivo de la queja. Adicionalmente, las denuncias pueden ser realizadas en las Direcciones Locales de Educación (DILE), a través del Sistema Distrital para la Gestión de Peticiones Ciudadanas o mediante la Ventanilla de Radicación Virtual, dirigiéndose a la Dirección de Inspección y Vigilancia de la Secretaría.

Recomendaciones del Ministerio de Educación Nacional

Por su parte, el Ministerio Nacional de Educación emitió la Circular 001, en la que se detallan las recomendaciones sobre los materiales educativos que pueden solicitar los colegios privados. Según el documento, los incrementos en las tarifas de matrícula y pensión están regulados por la Resolución 16763 de 2024, que establece los topes máximos permitidos, considerando factores como el régimen del colegio y el escalafón docente.

La circular también enfatizó que las listas de útiles escolares, textos y uniformes deben ser entregadas a los padres al momento de la matrícula y previamente aprobadas por el Consejo Directivo de la institución. Los materiales incluidos en estas listas deben estar directamente relacionados con el proceso educativo y no representar una carga económica excesiva para las familias.

Los colegios no podrán imponer
Los colegios no podrán imponer marcas ni puntos exclusivos de venta en materiales requeridos - crédito Andina

Entre las disposiciones más destacadas, la cartera nacional prohíbe que los colegios exijan marcas específicas, proveedores determinados o mecanismos que limiten la participación de múltiples proveedores en la provisión de materiales.

Asimismo, las instituciones educativas deben cargar la lista completa de materiales en la aplicación EVI como parte de su autoevaluación institucional. Este requisito permite a las secretarías de educación realizar labores de inspección, vigilancia y control de manera más eficiente, asegurando el cumplimiento de las normativas establecidas.

Qué útiles pueden y que no solicitar las instituciones de educación

A partir de lo indicado por la Secretaría de Educación de Bogotá y el Ministerio Nacional de Educación, así como lo señalado por el Canal Institucional, estos son algunos de los útiles que podrán solicitar los centros de educación básica del país:

  • Cuadernos
  • Colores
  • Lápices
  • Pegantes (tipo pega - stick)
  • Elementos para geometría
  • Entre otros.

En cuanto a lo que no se debe solicitar, se indicó lo siguiente:

  • Papel higiénico
  • Cuadernos de marcas específicas
  • Jabones
  • Mochilas
  • Uniformes de una compañía exclusiva
  • Resmas de papel
  • Entre otros.

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