
A partir del 1 de enero de 2025, Colombia siguió con el aumento en el impuesto a los alimentos ultraprocesados, que ya alcanzó una tarifa del 20%. El ajuste forma parte de la Ley 2277 de 2022 (reforma tributaria del gobierno de Gustavo Petro), cuyo objetivo principal es desincentivar el consumo de productos con altos niveles de azúcar, grasas y sodio, considerados perjudiciales para la salud si se consumen en exceso.
Dicho impuesto se introdujo inicialmente en 2023 con una tarifa del 10%, que luego subió al 15 % en 2024, hasta llegar al porcentaje actual. El gravamen afecta a 21 productos específicos de los 443 que el Departamento Administrativo Nacional de Estadística (Dane) utiliza para calcular la inflación.
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Entre los alimentos gravados se encuentran las salchichas, el jamón, el chorizo, las galletas de sal y dulces, el chocolate instantáneo, las chocolatinas, la crema de leche, el yogur y el suero. Estos productos pueden identificarse con facilidad gracias a un etiquetado nutricional especial que incluye pegatinas de advertencia en forma octogonal y con fondo negro. Además, en el etiquetado se señala que el consumo excesivo de dichos alimentos podría representar riesgos para la salud.

Los responsables de asumir este impuesto son los productores, industriales e importadores de los alimentos que cumplen con los parámetros establecidos en la normativa. Esto significa que el gravamen no recae de manera directa sobre los consumidores, aunque es probable que el costo adicional se refleje en los precios finales de los productos.
Exenciones al impuesto: alimentos seminaturales y básicos quedan fuera
No todos los alimentos ultraprocesados están sujetos a este impuesto. Algunos productos que pasan por procesos considerados seminaturales quedaron exentos. Entre ellos se encuentran el arequipe, las obleas, el pan, los bocadillos y las frutas confitadas, que son comunes en la dieta de los colombianos y se comercializan de manera muy amplia en tiendas y supermercados colombianos.

Además, otros alimentos básicos como el salchichón, la mortadela, las frutas, las verduras, los tubérculos, la leche, la carne, los huevos, el pescado y los granos también están exentos del gravamen. La decisión está orientada a proteger el acceso de la población a productos esenciales y de menor procesamiento, que no representan los mismos riesgos para la salud que los alimentos ultraprocesados gravados.
Impacto inflacionario del impuesto
En octubre de 2023, previo a la entrada en vigor del impuesto a alimentos ultraprocesados, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público dio sus estimaciones sobre el efecto del impuesto a alimentos ultraprocesados. Según la cartera, el impacto será a la inflación total de 0,21 puntos porcentuales (p.p.) en 2023, de 0,11 p.p en 2024 y de 0,12 p.p. en 2025.
Al respecto, el ministerio aclaró que los efectos inflacionarios presentados tienen en cuenta el canal directo, asociado al encarecimiento de los bienes que hacen parte de la canasta de consumo del Índice de Precios del Consumidor (IPC). Asimismo, el canal indirecto, asociado al encarecimiento de los insumos, que podría traducirse en un aumento del precio final de los bienes.
“La nueva medida solo tiene efecto sobre 21 artículos de los 443 que componen la canasta básica del índice de precios del consumidor, con la cual el Dane mide la inflación”, precisó el entonces ministro de Hacienda, Ricardo Bonilla. De paso, confirmó la información dada por el entonces director general de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian), Luis Carlos Reyes, sobre el cobro del impuesto, que en este caso será monofásico.
Este efecto es de única vez y se materializaría con la entrada en vigor del impuesto, además es consistente con el escenario macroeconómico proyectado en el Marco Fiscal de Mediano Plazo de 2023″, informó la cartera.
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