
El 7 de noviembre será una fecha crucial para los senadores y representantes de Colombia que tienen intenciones de cambiarse de partido con miras a las elecciones legislativas de 2026.
Según informó El Nuevo Siglo, aquellos congresistas que aspiren a una curul bajo una colectividad diferente a la actual, deben tomar esta decisión antes de dicha fecha límite.
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En el primer semestre de este año se discutió el proyecto de acto legislativo de libertad política, también conocido como transfuguismo, el cual permitiría a los congresistas cambiar de partido sin perder su curul y sin incurrir en la prohibición de la doble militancia.
No obstante, esta iniciativa fue finalmente rechazada. El impulso inicial del proyecto fue importante, ya que contaba con la firma de más de cien congresistas de diferentes bancadas, pero no logró ser aprobado en su totalidad.

El Consejo Nacional Electoral sanciona con la revocatoria de la inscripción cuando detecta a tiempo la doble militancia. De no ser así, el Consejo de Estado podría declarar la nulidad de la elección ante las demandas presentadas. Esto sucedió durante el actual periodo con senadores como Roy Barreras y Alexander López del Pacto Histórico.
El proyecto de transfuguismo, promovido principalmente por la coalición del Pacto Histórico, recibió un primer visto bueno en la Comisión Primera de la Cámara. Sin embargo, no se presentó la ponencia para el segundo debate en la plenaria, posiblemente debido a la falta de tiempo para cumplir con las exigencias del primer periodo legislativo.
Este acto legislativo habría ofrecido a los congresistas la opción de cambiarse de partido un año antes de las elecciones de 2026, liberándolos del riesgo de doble militancia.
La doble militancia en Colombia
El marco jurídico colombiano sobre la doble militancia política ha evolucionado significativamente desde sus primeras regulaciones, ampliando la cobertura y las exigencias para los actores políticos. Esta figura normativa, que prohíbe a los ciudadanos pertenecer a más de un partido o movimiento político simultáneamente, se ha configurado con distintos ajustes y ampliaciones a través del tiempo.
Según el Consejo de Estado, el Acto Legislativo 01 de 2003 modificó el artículo 107 de la constitución, estableciendo que los ciudadanos no podrían ser miembros de más de una colectividad política con personería jurídica. Además, aquellos que participaran en consultas internas de un partido no podían inscribirse por otro en el mismo proceso electoral.

Con la promulgación del Acto Legislativo 01 de 2009, las restricciones se endurecieron: los miembros de corporaciones públicas debían renunciar a su curul al menos doce meses antes del primer día de inscripciones si decidían presentarse por un partido distinto. Este acto indicó que el legislador debía desarrollar normativas más precisas sobre esta prohibición mediante ley estatutaria.
Fue en ese entorno de requerimientos que se expidió la Ley 1475 de 2011. Esta ley amplió la prohibición de la doble militancia a partidos y movimientos sin personería jurídica, eliminando la restricción previa que solo afectaba a los grupos con dicha personería. El texto dispuesto por esta ley afirma que “en ningún caso se permitirá a los ciudadanos pertenecer simultáneamente a más de un partido o movimiento político”.
El gobernador de Nariño enfrenta acusaciones por presuntamente incumplir esta ley
Luis Alfonso Escobar, gobernador de Nariño, enfrenta una investigación por presunta doble militancia durante su campaña electoral, según reporta Diario del Sur.
De acuerdo a información del medio Diario del Sur, la demanda fue presentada por Yolanda Socorro Bolaños, quien alega que Escobar Jaramillo, candidato del Pacto Histórico, apoyó la candidatura de Nicolás Toro Muñoz a la Alcaldía de Pasto, respaldado por una coalición diferente, en lugar de Jimmy Pedreros, candidato de su propia coalición.

El Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Quinta, es la entidad encargada de llevar a cabo la investigación. Según el medio citado, Bolaños busca anular el acto de elección contenido en el formulario E-26GOB del 7 de noviembre de 2023, argumentando que Escobar incurrió en doble militancia política, lo que está tipificado como una infracción según el artículo 139 de la Ley 1437 de 2011.
De acuerdo con la demanda, la candidatura de Escobar a la gobernación fue inscrita el 29 de julio de 2023 mediante el formulario E-6, donde se especificó que su aspiración estaba siendo avalada por la coalición Pacto Histórico, integrada por partidos y movimientos políticos como Colombia Humana, Polo Democrático Alternativo, Mais, Comunes, Comunista Colombiano, Esperanza Democrática, Unión Patriótica, Partido del Trabajo de Colombia y Todos Somos Colombia.
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