
En la mañana del martes 4 de junio, el Tribunal Superior de Bogotá anuló el fallo emitido a finales de abril del presente año y que ordenaba reintegrar a Ana María Castaño como secretaria general de la Unidad Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (Ungrd), por considerar que se vulneraron los derechos al debido proceso, defensa y contradicción.
Según informó la Sala de Decisión Penal del Tribunal, a Leónidas Name Gómez no se le permitió pronunciarse sobre una acción de tutela que podía afectar su vida laboral. Desde el 8 de abril de 2024, Name Gómez ha sido designado como secretario general de la entidad, cargo que anteriormente ocupaba Castaño y del cual fue declarada insubsistente.
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El fallo del tribunal concluyó que la nulidad se origina desde el auto que admitió la acción de tutela interpuesta por Castaño, quien alegó que sus derechos fundamentales a la estabilidad laboral reforzada por maternidad, seguridad social y salud fueron vulnerados al ser declarada insubsistente.
Además, el tribunal indicó que la juez 31 Penal del Circuito con Función de Conocimiento no resolvió el incidente de nulidad planteado por el abogado de la Ungrd, limitándose únicamente a corregir la fecha del fallo en la que se había cometido un error tipográfico.

“Se observa, pese a que la entidad accionada promovió un incidente de nulidad exponiendo las razones y fundamentos de tal solicitud, concretamente, la juez de instancia nada dijo al respecto, limitándose a corregir la fecha del fallo de tutela mediante auto de 30 de abril de 2024 y a señalar que no consideraba necesaria la aclaración del alcance del fallo o la orden impartida, deprecada por la UNGRD; empero, frente a la solicitud de nulidad señaló a la parte accionada que, para el efecto, debía hacer uso del recurso de impugnación, sin entrar a resolver de fondo tal petición, a efecto de establecer si ello resultaba o no procedente”, se lee en la decisión.
Asimismo, reconoció que hubo errores en las constancias secretariales y en la contabilización de los términos, lo que provocó que el incidente de nulidad fuera remitido al Tribunal mientras aún estaba vigente el plazo para que las partes apelaran la decisión.
Consecuentemente, el Tribunal Superior de Bogotá declaró la nulidad de todas las actuaciones desde la admisión de la tutela.
Funcionaria de la Ugrd despedida por el nuevo director Carlos Carrillo

Por órdenes de una jueza de la República, la Unidad para la Gestión del Riesgo de Desastres debía reintegrar a Ana María Castaño en su cargo de secretaria general en un plazo de 48 horas. Castaño había sido declarada insubsistente por el director de la entidad, Carlos Carrillo, lo que provocó su salida del cargo el pasado 1 de abril.
La solicitud de renuncia por parte de Carrillo, recientemente nombrado director, generó controversia y debates sobre ética laboral, acrecentados al saberse que Castaño estaba embarazada. La funcionaria, cercana al exdirector Olmedo López, investigado por un escándalo en la compra de carrotanques, reclamó su derecho al trabajo mediante una tutela, alegando actos de vulneración desde la llegada de Carrillo.
En la tutela, Castaño argumentó que no podía ser apartada de su cargo debido a su estado de embarazo, lo que le otorgaba el derecho a la estabilidad laboral reforzada por maternidad. Además, reclamó la falta de pago de seguridad social y salud desde su despido.
Carrillo, no obstante, oficializó la salida de Castaño con la resolución 0300 del 1 de abril, solicitando “renuncias protocolarias a todos los cargos directivos de libre nombramiento y remoción”, incluyendo la Secretaría General, para “garantizar la moralidad administrativa”. Además, justificó la medida afirmando que Castaño “tenía paralizada la entidad debido a sus funciones”.

La jueza, tras analizar la tutela presentada en el juzgado 31 de Bogotá, ordenó el reintegro inmediato de Castaño y el pago retroactivo de la seguridad social desde el 1 de abril.
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