
En Colombia se viven discusiones constantes por el proyecto de reforma laboral del Gobierno de Gustavo Petro. Aunque este no se empezó a debatir en el Congreso de la República de manera formal, entre otras polémicas, hay estudios sobre lo que se establece en el documento y lo que se concluye es que destruirá, por lo menos, 450.000 empleos formales y no impactará la informalidad del país, que para marzo de 2024 se ubicó en 56,3%, lo que quiere decir que son más de 12 millones de empleados en el país los que no tienen un contrato formal y no cotizan pensión ni pagan seguridad social.
En medio de este contexto, lo que no tiene discusión es la reducción de la jornada laboral, decisión que se estableció desde 2021, bajo el gobierno de Iván Duque.
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Ya hay empresas que la ajustaron, pero esta comenzará a ser aplicada de manera formal a partir del 16 de julio de 2024, conforme a la Ley 2101 de 2021, con la que se busca establecer la duración máxima de la jornada laboral ordinaria en 42 horas semanales para 2026. Este cambio no afectará el salario mensual ni las prestaciones sociales de los empleados.

La implementación de esta medida implica la modificación del artículo 161 del Código Sustantivo del Trabajo (CST), que en la actualidad establece una jornada laboral de 47 horas semanales. A partir de la fecha estipulada, las empresas deberán reducir esta jornada a 46 horas semanales con miras a disminuirla de manera gradual hasta alcanzar las 42 horas en 2026.
Más tiempo para otras actividades
Este ajuste permitirá a los empleados disponer de más tiempo para actividades personales y de esparcimiento, como hacer deporte o asistir a citas médicas.
Al respecto, el viceministro de Relaciones Laborales e Inspección, Edwin Palma, explicó que la ley no se aplicará a trabajadores con jornadas laborales especiales ni a menores de edad con contrato laboral y permisos del Ministerio de Trabajo. Asimismo, no afectará a servidores públicos, excepto aquellos que laboren en empresas del Estado reguladas por el Código Sustantivo del Trabajo.
Además, la norma estipula que empleadores y empleados pueden acordar turnos de trabajo sucesivos, siempre que no se excedan de seis horas diarias y 36 horas semanales. En cualquier caso, no se permite hacer dos turnos en un solo día, salvo en actividades de supervisión, dirección, confianza o manejo.
La medida representa un esfuerzo por mejorar la calidad de vida de los trabajadores, al proporcionarles más tiempo libre sin disminuir sus ingresos. Palma subrayó: “Esta ley busca equilibrar la vida laboral y personal de los empleados”.
Empresas de todo el país tienen la opción de aplicar esta reducción de manera gradual. Algunas podrán ajustar de inmediato los horarios, al pasar de 48 horas a 42 horas semanales en 2024. Este proceso debe hacerse sin afectar la eficiencia y el cumplimiento de objetivos semanales por parte de los trabajadores.
Cambio es obligatorio
El Ministerio de Trabajo informó en varias oportunidades que el cambio es obligatorio y que las empresas deben cumplir con esta normativa para el beneficio de sus empleados. “Es crucial que las empresas adopten estos cambios de manera ordenada y responsable”, afirmó Palma.
Con miras a garantizar que este proceso de reducción no afecte de manera negativa la productividad, se hizo énfasis en la importancia de la planificación y la organización. Las empresas deben asegurar que los empleados puedan cumplir con sus responsabilidades y metas de manera eficiente, a pesar de la reducción del tiempo de trabajo.

La ley también presenta variaciones en casos específicos, debido a que permite ciertos ajustes según las necesidades y acuerdos entre empleadores y empleados. No obstante, la regla general es clara: la jornada laboral debe reducirse de manera progresiva hasta llegar a las 42 horas semanales en 2026.
Este cambio estructural en la jornada laboral de Colombia se alinea con tendencias internacionales que buscan mejorar las condiciones laborales y el bienestar de los trabajadores. Dichas medidas se implementarán bajo una estricta supervisión para asegurar su correcta ejecución y el cumplimiento de los objetivos propuestos.
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