
Desde que empezó a regir el Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana en el país, han sido miles los colombianos que han infringido las medidas que se contemplan en el documento, obligando a las autoridades a imponer múltiples multas en el territorio nacional.
Y no es para menos. Cada vez son más frecuentes los episodios en los que ciudadanos se ven inmersos en situaciones como riñas, peleas y diferentes muestras de irrespeto hacia miembros de la fuerza pública, siendo “merecedores” de sanciones económicas por parte de las autoridades.
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No obstante, en la mañana del sábado 23 de marzo de 2024 se conoció que desde la alcaldía de uno de los municipios más importantes de Santander dieron la oportunidad a algunas personas que permanecían inmersas en dicha situación de solucionar sus “cuentas” con la justicia cumpliendo servicio social.
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Los hechos se registraron en Floridablanca, cerca de Bucaramanga, en donde un grupo de 17 personas accedieron a ser partícipes de una obra social. Esto, como un ofrecimiento por parte de las autoridades locales.
Así las cosas, los ciudadanos tuvieron que pintar un muro de la autopista que comunica a la capital santandereana con Floridablanca, el cual estaba lleno de diferentes anuncios publicitarios desde hacía meses.
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Además, quienes se cobijaron con la medida también tuvieron que cubrir la fachada de algunas viviendas en las que también había carteles, situación que no contó con el aval de la administración municipal en su debido momento.

“Habíamos evidenciado que existían un sinnúmero de avisos publicitarios, por eso organizamos una jornada con infractores que decidieron pagar su multa con un trabajo social”, señaló el alcalde de Floridablanca, José Fernando Sánchez.
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En total, fueron cerca de 500 metros, entre el muro y las viviendas aledañas, los que fueron pintados por los infractores, que lograron saldar sus multas participando de aquella jornada.
Cabe resaltar que los rodillos, brochas y pinturas con los que se llevó a cabo la actividad fueron donados por los establecimientos que colocaron aquellos carteles en el tramo vial. De hecho, teniendo en cuenta que los responsables procedieron con tal situación sin los permisos pertinentes, las autoridades locales abrieron un proceso sancionatorio contra ellos.
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El alcalde de Floridablanca, José Fernando Sánchez, aseguró que se continuarán llevando a cabo este tipo de controles en las diferentes vías del municipio con el fin de respetar el espacio público.
Es válido resaltar que la Policía Nacional define el Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana como “la primera herramienta con la que cuentan todos los habitantes del territorio y las autoridades para resolver los conflictos que afectan la convivencia y con la cual se puede evitar que las conductas y sus consecuencias trasciendan a un problema de carácter judicial e inclusive de carácter penal”.
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Es por ello por lo que el Código establece dos tipos de multas, las generales y las especiales.
Multas generales
Constan de cuatro tipos y el valor de cada una de estas depende de que la infracción que haya cometido el ciudadano:
- Multa tipo 1: Abarca una multa de cuatro salarios mínimos diarios legales vigentes.
- Multa tipo 2: Abarca una multa de ocho salarios mínimos diarios legales vigentes.
- Multa tipo 3: Abarca una multa de dieciséis salarios mínimos diarios legales vigentes.
- Multa tipo 4: Abarca una multa de treinta y dos salarios mínimos diarios legales vigentes.
Multas Especiales
Las multas especiales constan de tres tipos de sanciones:
- Multa por comportamientos de los organizadores de actividades que involucren aglomeraciones de público complejas: Implica el pago de cien a ochocientos salarios mínimos legales mensuales vigentes.
- Multa por infracción urbanística:
- Estratos 1 y 2: Implica el pago de cinco a doce salarios mínimos legales mensuales vigentes.
- Estratos 3 y 4: Implica el pago de ocho a veinte salarios mínimos legales mensuales vigentes.
- Estratos 5 y 6: Implica el pago de quince a veinticinco salarios mínimos legales mensuales vigentes.
- Multa por contaminación visual: Implica el pago de uno y medio a cuarenta salarios mínimos legales mensuales vigentes.
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