
Las cámaras de fotomultas son un dispositivo que funcionas las 24 horas del día en el tránsito de Bogotá, con el objetivo de fortalecer la seguridad vial y reducir la siniestralidad.
De acuerdo con la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV), hasta el 29 de febrero de 2024, existen 129 cámaras autorizadas que vigilan diferentes puntos en la capital, con la capacidad de identificar infracciones como: el exceso de velocidad, el paso de semáforos en rojo o circular sin la documentación vigente.
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Además, según lo dispuesto por el Decreto Distrital 073 del 16 de marzo de 2021, en Bogotá hay 14 corredores viales con el límite máximo de velocidad está establecido en 50 kilómetros por hora.

Estas son las avenidas que incluyen esta medida:
- Autopista Norte
- Autopista Sur
- NQS
- Avenida Boyacá
- Avenida Ciudad de Cali
- Avenida Primero de Mayo
- Avenida Caracas
- Avenida Las Américas
- Avenida Suba
- Calle 26 (Avenida El Dorado)
- Calle 80
- Carrera Séptima
- Carrera 68
- Avenida Centenario (Calle 13)
Una de las infracciones más comunes que cometen los conductores en Bogotá es el exceso de velocidad. Como factor de riesgo en la siniestralidad vial, la multa por exceder el límite de velocidad en el 2024 asciende a $650.000, que busca no solo sancionar, sino crear conciencia a los ciudadanos de respetar las normas de tránsito.
En respuesta a las numerosas críticas de los conductores frente a las cámaras de fotomultas, la Secretaría de Movilidad ha establecido que los afectados pueden impugnar y presentar pruebas para solicitar la exoneración de sanciones consideradas erróneas. Esta medida surge como una solución a los reclamos habituales que alegan un exceso en el uso de dichos dispositivos de control vehicular.
Frente a esta situación, Movilidad ha optado por permitir un proceso de defensa donde los infractores pueden presentar sus alegatos y evidencia que justifique la invalidez de la multa aplicada. Entre las quejas más frecuentes se encuentran :
- Cámaras no están calibradas adecuadamente.
- Cámaras están en zonas donde su único propósito es multar a los ciudadanos.
- Multas con costos muy elevados

Calles en Bogotá donde no se puede exceder los 30 km/h
En Bogotá, se ha establecido un límite de velocidad específico para vehículos en ciertas áreas, con multas significativas para quienes excedan esta normativa. Dependiendo del tipo de vía y el vehículo, la velocidad permitida varía, siendo especialmente restrictiva en zonas designadas donde no se permite superar los 30 kilómetros por hora, en zonas escolares, hospitales, terminales o zonas con escasa visibilidad.
En las siguientes vías:
- Carrera 33 calle 41 Sur.
- Avenida Carrera 10 Calle 13 Sur.
- Calle 139 Carrera 131.
- Avenida Ciudad de Cali con Calle 135 A.
- Calle 63 Sur Carrera 97 B.
Esta regulación se aplica a todos los automóviles, sin embargo, para patinetas y bicicletas eléctricas o a gasolina, el límite establecido es diferente, permitiéndose una velocidad máxima de hasta 40 kilómetros por hora en cualquier tipo de vía.
Estos límites buscan garantizar la seguridad de todos los usuarios de la vía, incluyendo peatones y ciclistas, optimizando así la convivencia entre diferentes medios de transporte. La medida busca reducir el número de accidentes y mejorar la fluidez del tráfico en la capital colombiana.

En su último reporte, la Agencia Nacional de Seguridad Vial, informó que existen 86 dispositivos de tipo Radar Doppler, que logran medir la velocidad de un carro por medio de una señal electromagnética. Del total, 37 cámaras Semi-automáticas, que se utilizan desde acción remota y permiten a los agentes de tránsito identificar infracciones; y una sola cámara clasificada como Video detección con analítica de video.
Estas son las cinco localidades en donde se focalizan, principalmente, las cámaras de ‘fotomultas’ en la capital:
- Chapinero: 19 dispositivos registrados.
- Suba: 19 dispositivos registrados.
- Kennedy: 18 dispositivos registrados.
- Usaquén: 15 dispositivos registrados.
- Engativá: 13 dispositivos registrados.
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