
Varias han sido las alcaldías que recientemente han expedido decretos con los que prohíbe el porte y consumo de drogas en espacios públicos, ya sea de manera sectorizada o general. Las medidas tomadas se han hecho bajo la premisa de proteger a los habitantes de las consecuencias de los estupefacientes, sobre todo, a los niños, niñas y adolescentes.
Sin embargo, los decretos han evidenciado estar en contra de una normativa que está vigente en Colombia. La ONG Temblores analizó 31 decretos expedidos en 18 departamentos referentes al tema. De ellos, once son “abiertamente inconstitucionales”, porque sancionan el porte de sustancias psicoactivas de manera completa, es decir, incluyendo la dosis de uso personal y la dosis terapéutica, que están reguladas por la Ley 30 de 1986.
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“Estas normas desconocen el derecho a la libre circulación de las personas usuarias que se desplazan cotidianamente por el territorio nacional, pues las pone en un contexto de constante contravención de las normas, pese a que portar la dosis mínima no es un delito ni una conducta contraria a la convivencia ciudadana”, detalló la ONG en un comunicado.
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Además de eso, 10 decretos estudiados establecen restricciones al consumo de estas sustancias en todo momento, es decir, las 24 horas del día y los siete días de la semana. Esto, según explicó Temblores en el documento, ha sido contrariado por la misma Corte Constitucional.
Pues, el alto tribunal indicó que este tipo de prohibiciones absolutas son, más bien, desproporcionadas. Además, teniendo en cuenta que hay horarios en los que los menores de edad no están en las calles, no sería problemático permitir el consumo en los espacios públicos en todas las franjas de tiempo.
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¿Cómo saber dónde consumir de manera segura? No se sabe
De los 31 decretos expedidos, 16 no cuentan con apartados claros sobre cómo se informará a la ciudadanía sobre las nuevas implementaciones. Temblores aseguró que se requiere de una señalización específica en los espacios públicos para que las personas que portan y consumen estupefacientes tengan conocimiento sobre las normativas, aspecto que hace falta incluir en los 16 documentos en cuestión.
Mientras tanto, otros decretos, aunque sí incluyen puntos referentes a la señalización, indican que, mientras se materializa, igual se podrá imponer multas a los usuarios que sean atrapadas por las autoridades portando o consumiendo drogas en determinados espacios.
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Según la ONG, esto solo se presenta como una “carga desproporcionada” para los ciudadanos, puesto que deben informarse sobre las políticas antidrogas de cada municipio o ciudad a la que se desplacen. Pues, los decretos expedidos son diferentes entre sí.
Las carencias en materia de publicidad ponen en riesgo a la población consumidora colombiana, que, ante la amalgama de normativas y contradicciones, puede caer fácilmente en conflictos con las autoridades, encargadas que verificar el cumplimiento de las nuevas prohibiciones.
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Multas y segregación: las consecuencias de las nuevas normativas

“Los decretos que están siendo expedidos han creado una peligrosa contradicción normativa que dificulta su aplicación por parte de la Policía Nacional, lo que impulsa un escenario propicio para errores y arbitrariedades en la imposición de comparendos y procedimientos irregulares por parte de la Policía”, precisó Temblores en el comunicado.
Las consecuencias ya se están dejando ver: más de 500 personas han sido multadas en menos de un mes por no cumplir con la normativa de Floridablanca (Santander), cuyo decreto, en el que se establecen las restricciones al consumo de droga en espacios públicos, fue expedido hace apenas un mes. De hecho, este también es uno de los documentos que prohíbe el porte y consumo de la dosis personal, permitida por ley en todo el país.
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Es así como la población consumidora termina siendo segregada del espacio público, que es de todos y todas. Según la ONG, estas personas también son consideradas las más violentadas por las autoridades.
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