Cómo calcular la prima de Navidad: se acaba el plazo para que empresas paguen la prestación

Las empresas en el país tienen como fecha límite para este pago el miércoles 20 de diciembre, o pueden ser sancionadas

Guardar
Según la ley en Colombia,
Según la ley en Colombia, los trabajadores que cuentan con un contrato laboral regular pueden acceder a la prima navideña que se entrega anualmente - crédito Jesús Aviles / Infobae

Faltan 17 días para que el calendario cambie del 2023 al 2024, la temporada navideña es una de las favoritas para los colombianos que celebran y festejan el mes más colorido, familiar y gastronómico. A las felicidades anteriores se le suma que los empleados en Colombia reciben la prima de fin de año, un dinero que beneficia el bolsillo de millones de personas en el país.

Muchos hogares colombianos usan este dinero para comprar obsequios, anchetas, ropa y otros elementos para recibir el año nuevo. Según la ley, a este tipo de prestaciones pueden acceder los trabajadores que cuentan con un contrato laboral regular. Este dinero es obligatorio, como indica el Código Sustantivo del Trabajo, dependiendo de los días que el trabajador haya laborado en el segundo semestre del año.

Ahora puede seguirnos en WhatsApp Channel y en Google News.

Los empleados deben recibir dos de estos pagos en el año, en los meses de junio y diciembre, que consisten en 30 días de salario adicional dividido en partes iguales o en medio salario. Este valor consignado varía del tiempo laborado en los seis meses anteriores a la fecha de corte.

Abecé del cálculo de la prima

Los colombianos pueden usar la
Los colombianos pueden usar la herramienta ‘Mi Calculadora’ para calcular la prima navideña - crédito Leonardo Muñoz / EFE

Este hace teniendo en cuenta: el salario base, multiplicarlo por el tiempo servido 180 (en número de días) y dividirlo en 360 (días del año, según la ley). Si el trabajador no cumple un semestre completo y fue contratado durante el último semestre, el cálculo se hace con la misma fórmula y se cambia el número de 180 días por la cantidad que laboró bajo este contrato.

Si quiere realizar los cálculos sin tener inconvenientes en el proceso, puede usar la herramienta ‘Mi Calculadora’ que destinó el Ministerio de Trabajo, contando los días trabajados y dinero del salario.

“El empleador está obligado a pagar a su empleado o empleados, la prestación social denominada prima de servicios, que corresponderá a 30 días de salario por año, el cual se reconocerá en dos pagos, así: la mitad máximo el 30 de junio y la otra mitad a más tardar los primeros veinte días de diciembre. Su reconocimiento se hará por todo el semestre trabajado o proporcionalmente al tiempo trabajado”, como menciona el Código Sustantivo del Trabajo.

Menciona también que a los “trabajadores del servicio doméstico, choferes de servicio familiar, trabajadores por días o trabajadores de fincas y en general, a los trabajadores contemplados en el Título III del presente código o quienes cumplan con las condiciones de empleado dependiente”.

Calendario para el pago de la prima

Según la Ley 1788 de
Según la Ley 1788 de 2016, el pago de la prima debe efectuarse a más tardar el 20 de diciembre - crédito iStock

Debe realizarse a más tardar el 20 de diciembre. Si no recibe el pago durante este tiempo, tiene derecho a presentar un derecho de petición ante la empresa para exigir el pago y los intereses moratorios correspondientes. Si después de 15 días, el empleador no ha pagado la prima, el trabajador puede presentar una queja ante el Ministerio de Trabajo, para realizar una investigación y, si se deduce que el empleador incumplió, deberá cumplir una sanción.

Para obtener más información podrá comunicarse desde su teléfono fijo al número gratuito 01 8000 513 100, o con la línea de atención del Ministerio de Trabajo, 120.

En caso de que se quiera intentar la conciliación y no hay inspector del trabajo, podrá acudir a la Defensoría del Pueblo, al personero municipal o a los consultorios jurídicos de su municipio o jurisdicción. Tenga en cuenta que el inspector de trabajo no puede ordenar el reconocimiento y pago de prestaciones sociales, para lo cual deberá presentar demanda ante el juez laboral, quien podrá decidir el conflicto.

¿Quiénes no reciben prima navideña?

Los trabajadores con contrato por
Los trabajadores con contrato por prestación de servicios no tienen acceso a la prima de fin de año - crédito Colprensa
  • Trabajadores con contrato por prestación de servicios.
  • Quienes perciben un salario integral (que compensa el valor de prestaciones sociales y extralegales).
  • Aprendices vinculados mediante contrato de aprendizaje.
  • Trabajadores temporales, transitorio o independientes.

Más Noticias

Petro anuncia fin de subsidios a la gasolina y limita exportación de carne para proteger la economía familiar

El presidente explicó que las medidas buscan sanear las finanzas públicas, garantizar la oferta interna de alimentos y evitar aumentos en los precios que afecten a los hogares

Petro anuncia fin de subsidios

“Hay riesgo de infiltración armada”: organizaciones alertan por elecciones comunales en Antioquia

Organizaciones sociales denunciaron posibles intentos de infiltración de grupos armados en las elecciones de Juntas de Acción Comunal en Antioquia, en medio de asesinatos de líderes sociales

“Hay riesgo de infiltración armada”:

Gobierno Petro liquidará EPS en quiebra y no asumirá deuda de $50 billones tras caída de reforma a la salud

El presidente recalcó que la decisión está relacionada con la suspensión del decreto que buscaba reorganizar territorialmente a los afiliados y optimizar la operación de las EPS. Además, anunció que el proyecto de reforma a la salud será presentado nuevamente en la próxima legislatura

Gobierno Petro liquidará EPS en

Remezón en el Ejército: tres generales son llamados a calificar servicios en medio de investigaciones

Para la comandancia de la IV División, se proyecta la llegada del general Yor William Cotua, luego de que Ricardo Roque deje su cargo junto a Luis Fernando Salgado y Jorge Ricardo Hernández

Remezón en el Ejército: tres

“Más de $282.000 millones para emprendedores”: SENA abre 12 convocatorias en Colombia con capital semilla

El SENA lanzó 12 convocatorias del Fondo Emprender con más de $282.000 millones para financiar negocios en Colombia, dirigidas a jóvenes, mujeres y comunidades vulnerables

“Más de $282.000 millones para
MÁS NOTICIAS