
Con la llegada del fin de año, los empleados se preparan para recibir su prima de servicios o agregamiento navideño. La oportunidad de solicitar un adelanto de este beneficio varía en función de las políticas internas de cada empresa. Esta temporada es crucial para muchos, ya que les permite cubrir los gastos navideños.
Diversas compañías ofrecen la posibilidad de recibir un adelanto de la prima como un beneficio adicional, facilitando a sus trabajadores la gestión de sus finanzas durante la temporada festiva.
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No obstante, este no es un estándar adoptado por todas las entidades, y es imperativo que los empleados revisen el reglamento interno o se comuniquen con recursos humanos para conocer los detalles específicos de su lugar de trabajo.
”La norma que regula el reconocimiento de la prima legal de servicios (artículo 306 del Código Sustantivo de Trabajo) indica que el pago debe hacerse ‘máximo’ el 30 de junio y la de diciembre dentro de los primeros 20 días por lo cual, el empleador puede pagar la prima antes del 20 si así lo decide”, comentó Angélica Carrión, socia de López Asociados S.A.S. a El Colombiano.
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Al respecto de las políticas de adelanto de la prima, es tarea de cada trabajador informarse y acogerse a las disposiciones de la respectiva organización en donde se desempeña. Este año, tal como señala la legislación laboral colombiana, el límite legal para el pago de la prima de diciembre es hasta el 20 de diciembre, ofreciendo así margen para manejar estas retribuciones de manera anticipada dependiendo de la empresa.
Los trabajadores que deseen solicitar un adelanto de la prima navideña deben realizar un procedimiento establecido, presentando una petición escrita al departamento pertinente y justificando la cantidad y motivos de dicha solicitud. En caso de ser aprobada, las empresas definirán los términos para la devolución del adelanto, incluyendo plazos y métodos de reembolso.
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El abogado Camilo Cuervo Díaz, socio de Holland & Knight, le indicó al medio citado, que la ley estipula una fecha límite para el pago de la prima, pero no una fecha mínima, lo que implica que los adelantos son viables siempre y cuando no excedan el plazo máximo legal.
En tiempos de pandemia, algunas empresas adelantaron el pago que correspondía en junio para mayo, debido a suspensiones de empleo o reducciones de salario. Por su parte, la abogada María Ramírez enfatizó la importancia de documentar estos acuerdos para justificar las variaciones en el monto pagado.
Existen condiciones específicas que determinan la elegibilidad para recibir el pago de la prima de servicios. Todos los empleados con contrato de trabajo, ya sea a término fijo, indefinido o por obra, tienen derecho a dicha prima, a menos que tengan una incapacidad superior a 180 días.
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Además, Diana Zuleta Martínez, socia de DLA Piper Martínez Beltrán le dijo a El Colombiano, señaló que los trabajadores con salario integral no perciben prestaciones sociales, incluida la prima de servicios.
Cabe destacar que el proceso para la solicitud de adelantos y su aceptación depende íntegramente de la disposición de cada empresa, teniendo la facultad de aprobar o denegar dichas peticiones basándose en su política interna y situación financiera.
Qué es la prima de servicios
Pago de la prima de servicios en dos cuotas anuales
La prima de servicios, que corresponde a un mes de salario anual por cada año de labores, se abona al trabajador en dos pagos separados a lo largo del año. Esta compensación, que los empleadores deben a los empleados por sus aportes al éxito económico y social de la empresa, se proyecta de manera proporcional para aquellos que no hayan cumplido el año completo de servicio.
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La modalidad de desembolso se hace en dos semestres y permite a los trabajadores recibir esta bonificación de manera fraccionada, adaptándose a ciclos económicos y contribuyendo a una mejor planificación financiera tanto para el empleado como para el empleador.
Es fundamental para los trabajadores conocer sus derechos y para los empleadores su obligación de cumplir con estas normativas laborales. La prima de servicios actúa como un componente clave en la economía familiar de los trabajadores, siendo esperada con anticipación para la planificación de gastos, ahorro o inversión. Para su cálculo y pago correcto, se recomienda la asesoría legal o contable a fin de evitar errores que puedan resultar en sanciones o inconformidades.
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