
En un fallo, la Sala Octava de Revisión de la Corte Constitucional amparó los derechos fundamentales de una familia desplazada en Bogotá, a la que la Empresa de Acueducto de Alcantarillado de Bogotá (Eaab) había negado el líquido vital. Ahora será obligación de la Eaab prestar este servicio a dicha familia que ha sido víctima de la violencia por el conflicto armado en Colombia.
De esta forma, y después de dos fallos en su contra, la familia logró que se les respetaran sus derechos al agua potable, a la prestación de servicios públicos, a la vida de los niños y los derechos de las personas de la tercera edad.
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En el escenario de esta disputa legal, el accionante describió cómo la empresa demandada cerró las compuertas del servicio de acueducto en su hogar. La razón, según él, radica en una serie de requisitos inalcanzables entre los que se les exige, por ejemplo, la licencia de construcción del inmueble.
De acuerdo con el accionante, para poder conseguir tal requisito es necesario que primero se realice el proceso de legalización del barrio para que las curadurías aprueben dicha licencia, trámite que no se ha efectuado y que tampoco depende de él.
La situación por la que está pasando la familia se hizo más grande cuando en primera y segunda instancia se declaró improcedente el amparo. Sin embargo, la magistrada Cristina Pardo consideró como prioridad el hecho de que la empresa desconociera que en dicha vivienda habitaban personas vulnerables, como niños y personas de la tercera edad, quienes son sujetos de especial protección.
Según la Corte, “la entidad incurrió en una grave vulneración al líquido vital como lo son la disponibilidad y la accesibilidad al privar a la familia de dicho servicio. Además, señaló que faltó a su deber de garantizar el acceso a, por lo menos, un mínimo del líquido, con el fin de satisfacer sus necesidades básicas”.
Este acto judicial concluyó en una decisión de responsabilidad compartida: el accionante fue instado a continuar y finalizar con diligencia los trámites para la legalización del inmueble. Mientras que la Defensoría del Pueblo debe acompañar y asesorar al solicitante. El acueducto, por su parte, debe prestar el servicio sin impedimentos.
El barrio que no cuenta con agua en la capital de Colombia
Aunque pareciera evidente que al abrir el grifo saldrá agua, lo cierto es que esta familia no es la única en Bogotá que no cuenta con servicio de acueducto y alcantarillado. De hecho, son barrios enteros los que han durado hasta veinte días sin que el líquido vital llegue a sus casas. A pesar de las garantías legales y reconocimientos internacionales en materia de agua potable y saneamiento, aún persisten vulneraciones graves de este derecho humano fundamental en Bogotá.

Ese fue el caso del barrio La Esperanza, ubicado en la localidad de Chapinero. En octubre de 2023 se conoció que la crisis del acceso al agua potable alcanzó niveles alarmantes, dejando a más de setenta familias sin suministro durante más de tres semanas. A pesar de que el acceso al agua es un derecho humano fundamental reconocido internacionalmente, esta comunidad, que incluye a niños, niñas y personas mayores, pasó por dicha situación que impacta negativamente su salud y bienestar.
La situación se conoció después de que la concejala Ana Teresa Bernal emitiera un llamado urgente al Gobierno Distrital y a las entidades pertinentes, como la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá.
El barrio La Esperanza ha dependido históricamente de un acueducto comunitario abastecido mediante la conexión de mangueras. Pero ahora, factores atmosféricos y climáticos, incluyendo el fenómeno de El Niño, han afectado severamente su suministro de agua.
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