
Este miércoles 18 de octubre, la Cámara de Representantes negó una propuesta que pretendía evitar la entrada en vigencia de los denominados impuestos saludables en nuestro país.
Esta negativa reafirma que desde el 1 de noviembre los bolsillos de los colombianos se verán afectados por la entrada en vigencia de los nuevos precios en los alimentos ultraprocesados, que son la consecuencia de esta nueva tributación.
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El primer impuesto que se incluyó en la también cuestionada reforma tributaria es el que se aplicará a las bebidas ultraprocesadas azucaradas, que son aquellas que no tienen un alto grado alcohólico volumétrico superior al 0.5% y a las cuales se les ha añadido un alto porcentaje de azúcar.
En esta definición se incluyen bebidas gaseosas y carbonatadas, bebidas a base de malta, bebidas de tipo té y café, bebidas a base frutas en cualquier tipo de concentración, refrescos, zumos y néctares de fruta, bebidas energizantes, bebidas deportivas, refrescos, aguas saborizadas y mezclas de las mismas en polvo.
La tarifa que se debe pagar por este impuesto a las bebidas ultraprocesadas azucaradas estará en en función del contenido de azúcar en gramos por cada cien mililitros de cada bebida, así que aquellas que contengan entre 6 gramos y 10 gramos de azúcar pagarán $18 pesos por cada 100 mililitros, y aquellas con más de 10 gramos de azúcares añadidos pagarán $35.
Por ejemplo, una bebida con un contenido de litro y medio, es decir, 1.500 mililitros y que contenga 7.4 gramos de azúcar añadida tendría un incremento de $270 por el nuevo impuesto.
Sin embargo, algunas de estas bebidas azucaradas seguirán exentas de este cobro. Entre estas se encuentran:
- Las fórmulas infantiles.
- Medicamentos con incorporación de azúcares adicionados.
- Los productos líquidos o polvos para reconstruir cuyo propósito sea brindar terapia nutricional para personas que no pueden digerir, absorber o metabolizar los nutrientes provenientes de la ingesta de alimentos.
- Alimentos líquidos y polvos para propósitos médicos especiales.
- Soluciones de electrolitos para consumo oral diseñados para prevenir la deshidratación producto de una enfermedad.
Así mismo, los que si tendrán un incremento en su precio el próximo 1 de noviembre estará dirigido a aquellos productos comestibles ultraprocesados industrialmente y con un alto contenido de azúcares añadidos, sodio y grasas saturadas.
Los productos ultraprocesados son formulaciones industriales, principalmente hechos a base de sustancias extraídas o derivadas de algunos alimentos, además que contengan aditivos y cosméticos que les den color, sabor o textura, que tengan la finalidad de imitar a otros productos.
Estos productos están dentro del grupo de alimentos con alto contenido de azúcares añadidos, grasa total, grasas saturadas y sodio, y un bajo contenido de proteínas, fibra alimentaria, minerales, vitaminas, entre otros nutrientes, según lo especifica la Ley 2277 de 2022.
Dentro de esta gama se encuentran productos como: los chocolates, las salchichas y las arepas, hacen parte del listado de los alimentos que también verán reflejado en el precio al consumidor el incremento por concepto de esta impuesto saludable.
Otros productos que también tendrán alzas serán: embutidos a excepción de el salchichón, la mortadela y la butifarra. También están productos de confitería, panadería, pastelería y galletería (excepto pan y obleas), helados, mermeladas, entre otras categorías de alimentos.
Según la Organización Panamericana de la Salud (OPS) la implementación de los impuestos saludables son una opción de política con “triple ganancias” para que los gobiernos afiancen sus políticas para el no consumo de productos que no son saludables, además, se generan ingresos fiscales adicionales de manera inmediata y también a largo plazo, y por último tienen el potencial de reducir los costos de atención médica y aumentar la productividad laboral.
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