
Luego de algo más de siete horas en la plenaria de la Cámara de Representantes se levantó la sesión en la que se votaba, en segundo debate, la reforma a la salud. Con el 49% del proyecto aprobado (70 artículos) la sesión se reprogramó para el 17 de octubre de 2023. La sesión se suspendió, nuevamente, por falta de cuórum.
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Hay que advertir que el 9 de octubre votó el primer tercio de la reforma, luego el debate se suspendió y se reprogramó para la mañana del 10 de octubre, que comenzó con el reconocimiento por parte de la viceministra de Hacienda, María Valdés, de que el ministerio no ha enviado el concepto fiscal sobre la reforma.
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Esto por exigencia de algunos representantes luego de que la representante Martha Alfonso de la Alianza Verde asegurara que no lo tenían porque “la reforma no tiene un concepto de viabilidad financiera del Ministerio de Hacienda porque no creemos que lo requiera”.
La representante después reculó y dijo: “Yo dije que no consideramos necesario poner ese concepto en este momento, me faltó completar la frase porque estaba contestando una aseveración de que no podía avanzar el trámite por la falta de ese concepto”
Desde la oposición, luego de que se aprobaran varios artículos en bloque pidieron que se voten artículo por artículo. Sin embargo, el presidente de la Cámara, el representante Andrés Calle la negó: “No quiero que se desinforme o quede en la sensación pública que no estamos dando el debate suficiente” y advirtió que según su interpretación de la Ley Quinta de 1992 y de sentencias de la Corte Constitucional, él tiene la potestad de acumular los artículos y votarlos en bloque, sin importar si esos artículos tratan temas muy diferentes entre sí.
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Entre lo que se aprobó el 10 de octubre está lo que tiene que ver con la administración de recursos que pasará a manos de la Adres que le girará directamente a los hospitales públicos y que estos recursos saldrán de las contribuciones que los ciudadanos hacen al Estado. Así mismo se aprobó el artículo que define las funciones y responsabilidades de los Consejos Territoriales en Salud, responsables de garantizar la aplicación del Plan Decenal de Salud Pública
También se aprobó la creación del Fondo Público Único en Salud con el que pagará, directamente la Adres, la atención mediana y de alta complejidad, las licencias de maternidad y paternidad, las incapacidades, los servicios especiales para las enfermedades raras y su prevención, el pago en atención en salud e indemnizaciones que se reconocen por el SOAT, según reseñaron en El Espectador.
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Desde la oposición y los congresistas independientes advirtieron si la Adres tiene la capacidad para asumir estos gastos y logística, a lo que la representante Alfonso dijo: “Ya la Adres ha manifestado la capacidad que tiene hoy para manejar millones de cuentas, es decir, ya tiene esa capacidad y necesitamos que administre los recursos del sistema. Buscamos que se fortalezca”.
Otro punto que se aprobó una política de formación para los profesionales de salud y la aplicación de un examen nacional de admisión a todos los médicos que busquen especializarse, las becas de matrícula para posgrados en áreas médico-quirúrgicas y de salud pública. También se aprobó el artículo que ordena que los hospitales públicos prioricen la contratación de los estudiantes de universidades públicas.
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Así mismo se aprobaron los Comités Médicos de Autorregulación Médica, que le pone un tatequieto a las Entidades Promotoras de Salud (EPS) a permitir o rechazar los procedimientos médicos como cirugías o medicamentos. Estos comités deberán analizar las políticas de utilización racional y eficiente de procedimientos, medicamentos, dispositivos médicos y demás tecnologías en salud, y será el Ministerio de Salud el que definirá cómo estarán conformados.
Facultades sancionatorias de la Superintendencia de Salud
Sobre el artículo 91 de la reforma, que le daría funciones sancionatorias y judiciales a la Superintendencia de Salud, hubo un fuerte debate en el que incluso el ministro del Interior, Luis Fernando Velasco, dijo que no estar muy convencido: “Yo entiendo la evolución que está teniendo la historia legislativa del país, que cada vez le damos más atribuciones jurisdiccionales a autoridades administrativas, pero les confieso, a mí no me termina de convencer”. Finalmente, este artículo no fue aprobado.
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Sin embargo, se aprobaron los artículos 85, 90, 92, 94 y 93 que le otorgan nuevas facultades al superintendente de salud, que no estuvo en el debate, como el fortalecimiento de inspección, vigilancia y control en el territorio, la creación de nuevas regionales y el fortalecimiento de la capacidad técnica, administrativa y financiera de las que ya existen.
Otro de estos artículos le da facultades a la Superintendencia para que inicie, prosiga o remita cualquier investigación de competencia de los demás órganos que ejercen inspección, vigilancia y control dentro del sistema de salud.
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