
El Consejo de Estado anunció una condena en contra la nación por interceptaciones ilegales (chuzadas) hechas por el antiguo Departamento Administrativo de Seguridad (DAS) sobre dos magistrados de la Corte Suprema de Justicia.
La Sección Tercera del alto tribunal tuvo en cuenta a las interceptaciones hechas por la extinta entidad a sesiones llevadas a cabo en la Sala Plena. En ese sentido, durante esas actividades recolectaron información de los togados María del Rosario González y Yesid Ramírez Bastidas. Por esto, ambos presentaron demandas que fueron resueltas en el fallo condenatorio contra el Estado.
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De un lado, la demanda presentada por González expuso que entre 2007 y 2009 fue amenazado, hostigado y chuzado por agentes del DAS. En primera instancia, el Tribunal de Cundinamarca negó las finalidades de la demanda bajo el argumento de que no fue comprobado el daño provocado por la antigua entidad.
Esa sentencia fue apelada y la Sección Tercera anunció que dos antiguos agentes recogieron datos relevantes de la vida personal y laboral del togado, así como de otros civiles.
Por su parte, la acción legal elevada por Ramírez, alegó que los funcionarios del DAS interceptaron conversaciones privadas, pidieron datos financieros y realizaron seguimientos con el único objetivo de “desprestigiar” a los funcionarios del órgano judicial y luego filtrar a medios de comunicación esa información recopilada.
“(...) Funcionarios del DAS, en ejercicio de sus funciones de inteligencia del Estado y en provecho de sus cargos y del acceso que tenían a todos los documentos y bases de datos de la Administración, interceptaron sesiones -que no eran públicas- de la Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia”, afirmó el Consejo de Estado.
En la decisión también detalló que con base en esas chuzadas a los magistrados obtuvieron información reservada de procesos penales de trascendencia nacional, recolectaron información de los magistrados de la Sala de Casación Penal y, de forma irregular, la dieron a conocer a los medios de comunicación”.
El fallo también condenó a los agentes Lagos León, Molina y Tabares, quienes aprovecharon su posición y obtuvieron información valiosa de bases de datos y documentos. También por violar el deber de reserva legal de la información y la prohibición de entregar o señalar públicamente la información recogida.
Los tres exfuncionarios “tenían la intención de generar daño a los magistrados de la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, pues no existía razón legal ni motivo de inteligencia para recolectar información de forma irregular y divulgarla a los medios de comunicación”. Además, se comprobó que tuvieron la intención de cometer perjuicios contra los magistrados según testimonios y otras sentencias condenatorias.
Así las cosas, el Consejo de Estado les ordenó pagar una parte de la sanción económica impuesta contra la nación. “Como la indemnización que debe pagar el Patrimonio Autónomo PAP Fiduprevisora SA Defensa Jurídica Departamento Administrativo DAS es imputable a la actuación dolosa de los llamados en garantía, se les condenará a restituir a dicho patrimonio autónomo el 50% de lo que este pague con ocasión a esta providencia” de acuerdo con el fallo citado en El Tiempo.
Tema aparte, el alto tribunal se pronunció sobre las demandas de nulidad presentadas contra las elecciones de los representantes a la Cámara Susana Gómez –Susana Boreal– y Miguel Polo Polo. Con respecto a la integrante del Pacto Histórico, la acción legal pedía la pérdida de investidura de la congresista por presuntas irregularidades en la conformación de su Unidad Legislativa de Trabajo.
Sobre la expuesta contra el congresista de las negritudes, la acción argumentaba que este había incurrido en doble militancia por buscar el aval del Centro Democrático, pero terminó avalado por el partido Colombia Justa y Libres.
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